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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1782650 2020


(CVE 1782650)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
COMUNIDAD CRISTIANA APOSTÓLICA CIUDAD DE LUZ
(Extracto)

Octavio Francisco Gutiérrez López, Notario Público Titular 30° Notaría Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Of. 134-135, certifica: por escrituras públicas de constitución del 30 de diciembre de 2019 y modificación del 11 de marzo de 2020, ante mí, Javier Alejandro Isaías Castro Arcos, cédula de identidad N° 16.082.401-8; Débora Raquel Medina Lillo, cédula de identidad N°16.014.109-3; Jordán Alexander Solís Silva, cédula de identidad N°17.674.222-4; Valery Patricia Ortiz Medina, cédula de identidad N° 17.278.021-0; Gabriel Jesús Contreras Quijada, cédula de identidad N°10.487.910-1; Lorena Andrea Pino Césped, cédula de identidad N° 11.628.208-9; José Miguel Cuevas Cortés, cédula de identidad N°
17.598.424-0; Macarenna Cristina Arcos Puelles, cédula de identidad N°17.484.763-0; Denis Fabián Quezada Lemus, cédula de identidad N° 13.498.948-3; Jessica Genoveva Lizama González, cédula de identidad N° 13.291.045-6; Rodrigo Javier Parra Castro, cédula de identidad N° 13.667.702-0; Andrea del Carmen Madrid Vega, cédula de identidad N° 15.588.471-1; Catalina Inés Jaramillo Egaña, cédula de identidad N°19.279.267-3; Gabriel José Muñoz Salgado, cédula de identidad N° 17.248.996-6; Marta Yael Vásquez Plaza, cédula de identidad N° 17.225.332-6; Pablo José Maira Marchesse, cédula de identidad N° 13.545.646-2; Tamara Esther Leal Vargas, cédula de identidad N° 15.071.137-1; Jennifer Andrea Castro Arcos, cédula de identidad N°16.088.964-0; Francisco Javier Castro Rubilar, cédula de identidad N°9.035.802-2; Isis del Carmen Arcos Lizama, cédula de identidad N° 8.966.919-7; y, Loreto Paz Contreras Pino, cédula de identidad N°19.362.100-7, todos domiciliados en calle Victoria N°
151, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron entidad religiosa "Comunidad Cristiana Apostólica Ciudad de Luz", domiciliada en calle Victoria N°151, comuna de Santiago, Región Metropolitana, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia con el N° 5213, del 3 de enero de 2020. La declaración de fe está basada en los siguientes principios: tenemos la firme convicción de que las Escrituras han sido inspiradas por Dios para instruirnos como regla de fe y norma de vida en cada uno de los ámbitos de la creación, con el propósito de exhortarnos a vivir bajo el gobierno y el reflejo de la imagen de nuestro Señor Jesucristo (2 Timoteo 3:16); Creemos que hay un Dios que ama a la humanidad, que existe eternamente en Tres Personas que son Una: el Padre, el Hijo y El Espíritu Santo (1 Juan 5:7; Juan 3:16); Creemos que a la salvación se accede a través de la fe, por medio de Jesucristo y su sacrificio en la cruz. Somos salvos por gracia, no por obras humanas (Efesios 2:8-9); Somos una comunidad de hijos de Dios, enfocados en entrenar a nuestras generaciones en la manifestación del Reino de los Cielos en Chile y en las naciones de la tierra, basándonos en el modelo familiar que proponen las Sagradas Escrituras (Juan 1:12-13; Juan 5:19); Somos una Casa Profética, cuyo anhelo es oír y hacer lo que el Espíritu de Dios dice a la Iglesia (Apocalipsis 2:11; Santiago 1:22). A fin de que así como es en los Cielos, sea hecha la voluntad del Padre en nuestras vidas, familias, ciudades y naciones de la tierra; Creemos que la adoración e intercesión son pilares fundamentales que se asientan en la roca que es Cristo, para el desarrollo funcional de los ministerios, dones y operaciones (Juan 4:24; Salmo 95:6; Ezequiel 22:30; Marcos 11:17); Nuestra visión se enmarca en ser una comunidad que busca transformar e impactar todos los ámbitos y lugares de la tierra con el objetivo de manifestar el gobierno y la cultura del Reino de Dios con sus principios y diseños eternos, influenciando positiva y espiritualmente a la sociedad chilena (Efesios 1:22-23; Mateo 6:10). Los órganos de administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son: el Directorio, que le corresponderá ser el principal y superior órgano de decisión, administración y dirección de la Iglesia, debiendo administrar los bienes, citar a asambleas, debiendo deliberar y tomar acuerdos si hubiere necesidad de ello, y estará compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia Demás estipulaciones, constan escritura extractada. Santiago, 3O de junio de 20 20.




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