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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1785230 2020


(CVE 1785230)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EXPANSIÓN DEL REINO (EDR)
(Extracto)

Juan Armando Bustos Bonniard, abogado y Notario Público de la Tercera Notaría de Chillán, con oficio en paseo Arauco número seiscientos veinte, Chillán, certifico: Con fecha 3 de diciembre de 2019, repertorio N° 6693, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Expansión del Reino (EDR), domicilio en Independencia 837 oficina N° 3 de la ciudad de Chillán, Región de Ñuble, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 5198 del 17 de diciembre de 2019. Concurrieron a la Asamblea Constituyente las siguientes personas: Álvaro Roberto Ogalde Norambuena; Jonathan Valenzuela Luengo; Jonathan Israel Albornoz Aedo; Lorena Abigail San Martín Almonacid; Lucila Peralta Contreras; Brayan del Valle Aedo; Camila Ferrada Fuentes; Leslie Aedo Mardones; José Antonio Norambuena Norambuena; Natalia Andres Arreagada Torres; Carmen Torres Norambuena; Jacqueline Rogel Rivadeneira; Sergio Fernández Villagrán; Agne Arias Röling; Samuel Pavés Merino; Edgardo Villavicencio Ayala; Leticia San Martín Labra; Leonardo San Martín Labra; Karina Rojas Figueroa. Elementos esenciales, fundamentos y principios, están reproducidos en el artículo quinto de los estatutos: Creemos: 1.- En el único Dios, que existe eternamente en tres personas, es decir: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo; 2.- Declaramos que la Biblia es la Palabra de Dios verbalmente inspirada y Registrada en los 66 libros que componen el Antiguo Testamento y el Nuevo Testamento, completamente autoritativa y preservada sin error en sus escritos originales; completos en la revelación de la voluntad de Dios para salvación; suficientes para nuestra madurez; y final en su autoridad; 3.- Que Jesucristo es el unigénito del Padre, concebido del Espíritu Santo y nacido de la Virgen María. Que fue crucificado, sepultado y resucitó de entre los muertos. Que ascendió al cielo y está hoy a la diestra del Padre como nuestro Intercesor; 4.- Que todos han pecado y han sido destituidos de la gloria de Dios, y que el arrepentimiento es ordenado por Dios para todos y necesario para el perdón de los pecados; 5.- Que la justificación, la regeneración y el nuevo nacimiento se efectúan por fe en la sangre de Jesucristo; 6.- En la santificación, siguiente al nuevo nacimiento, por fe en la sangre de Jesucristo, por medio de la Palabra y por el Espíritu Santo; 7.- Que la santidad es la norma de vida, de Dios, para su pueblo; 8.- En el bautismo en agua por inmersión, y que todos los que se arrepienten deben ser bautizados en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; 9.- En el bautismo del Espíritu Santo; 10.- En la vigencia de los dones del Espíritu Santo: exhortar, presidir, misericordia, sanidad, profecía, servicio, administración, hablar en nuevas lenguas, interpretación de lenguas, ciencia, milagros, y todos aquellos que la escritura defina. Los cuales tienen como finalidad la edificación de la Iglesia en amor y orden; 11.- En la cena del Señor y el lavatorio de los pies de los santos; 12.- En la segunda venida de Jesús antes del milenio. Primero, a resucitar a los justos muertos y arrebatar a los santos vivos hacia Él en el aire. Segundo, a reinar en la tierra por mil años; 13.- En la resurrección corporal; vida eterna para los justos y castigo eterno para los inicuos; 14.- Creemos en la Familia como la base institucional de la sociedad, la cual se manifiesta en el Matrimonio entre un Hombre y una Mujer para la complementariedad, disfrute y reproducción de la vida. Órganos de Administración a nivel nacional será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de: Un Pastor Presidente, un Pastor Vicepresidente Ejecutivo, un Diácono secretario(a) Nacional, un Diácono tesorero(a) Nacional, Consejeros, Supervisores Zonales, y los Pastores Locales, la cual dará origen a la asamblea nacional, todos estos deben ser parte de la membresía de la Iglesia Expansión del Reino. La Iglesia Expansión del Reino a Nivel local, será dirigida por el Pastor Local, Ayudante Pastoral, diácono secretario(a), diácono tesorero(a), Misioneros, Líderes de Departamentos, consejeros y en directa armonía con la asamblea local, es decir los miembros. Todos los integrantes del directorio local deben ser parte de la membresía de la Iglesia Expansión del Reino en plena comunión. Serán funciones del Pastor Presidente Nacional, las siguientes: a) Supervisión de la Iglesia a Nivel Nacional, congregaciones locales y sus pastores; b) Implementar la visión y principios doctrinales; c) Promover la Apertura de nuevas Iglesias de forma responsable; d) Administrar los fondos Nacionales con la aprobación del directorio; e) Mantener los documentos legales en orden institucionales; f) Producir un Programa de Liderazgo para la formación de nuevos pastores; g) Velar por el cuidado integral de los Pastores y sus familias. Serán funciones del Pastor Vicepresidente Nacional, las siguientes: a) Desarrollar Proyectos para el Avance de la institución; b) Impulsar los procesos formales corporativos de la Iglesia; c) Promover la Capacitación del Liderazgo; d) Supervisar el desarrollo de las Iglesias locales; e) Auditar los procesos financieros de la institución; f) Actuar como relacionador público ante entidades externas; g) Subrogar al Pastor Presidente en casos de imprevistos. Serán funciones del Secretario Nacional, las siguientes: a) Llevar al día el Libro de Actas y el de Acuerdos del directorio y la asamblea a nivel nacional; b) Llevar al día el Registro de miembros de la Iglesia a nivel Nacional; c) Efectuar por escrito las citaciones a las asambleas ordinarias o extraordinarias del directorio; d) Extender, a nombre de la Iglesia, la certificación de la calidad de ministro de culto; e) Recibir, guardar y despachar la correspondencia; f) Las demás que le encomiende el directorio. Serán funciones del Tesorero o Pro-Tesorero (quien es llamado en reemplazo del Tesorero), las siguientes: a) Llevar y mantener al día y conforme a la legislación vigente, la contabilidad de la Iglesia; b) Recaudar los diezmos y aportes en dinero; c) Registrar fielmente los ingresos en dinero o especie; d) Depositar en cuenta bancaria los dineros de la iglesia y realizar, conjuntamente con el Pro-Tesorero, los egresos de dichas cuentas; e) Presentar a la membresía los informes semestrales del estado de cuenta de la iglesia; f) Disponer de una suma de dinero en efectivo de hasta $100.000 para cubrir los gastos menores que demande la Iglesia; g) Todas las demás que en el área financiera le encomiende el Cuerpo de Líderes. Será responsabilidad del supervisor Zonal, lo siguiente: a) Supervisar las iglesias en las zonas asignadas; b) Colaborar en la buena administración de las Iglesias de la zona asignada como apoyo para los Pastores locales; c) Revisar los libros de secretaría y tesorería de las distintas Iglesias Asignadas; d) Ayudar a los pastores locales en sus primeras ceremonias de Santa Cena, Casamientos, presentaciones y bautismos en agua; e) Reportar el avance de la Iglesia al directorio a Nivel Nacional. Será responsabilidad del Pastor Local, lo siguiente: a) Administrar de buena forma la Iglesia Local; b) Velar por el bienestar espiritual y material de la congregación; c) Entregar la Palabra de Dios a la Iglesia; d) Conducir a la Iglesia a una vida de Oración y devoción a Dios; e) Ejercer los actos espirituales a sus miembros tales como matrimonios, dedicaciones de niños, servicios fúnebres, santa cena, bautismo, lavatorios de pies, visitaciones a enfermos etc.; f) Elegir dentro de la membresía, ayudantes pastorales, diáconos secretarios y tesoreros, misioneros y encargados de departamentos; g) Reportar al encargado Zonal el avance de la Iglesia a su cargo; h) Administrar los recursos de la Iglesia junto a su directorio local; i) Disciplinar a los miembros que están deshonrando el evangelio de Jesucristo; j) Asignar aportes pastorales para quienes le ayuden en el trabajo pastoral. Para dichos fines de Gobierno y administración se establecerá un reglamento Interno institucional la cual deberá ser revisada anualmente por el directorio nacional. Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los asambleas Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General.
Chillán, 8 de julio de 2020.




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