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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1786710 2020


(CVE 1786710)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO EVANGELÍSTICO EL PODER DE LA CRUZ
(Extracto)

Carla Alejandra Hadi Manríquez, Notario Público, Suplente de don José Humberto Miguel Salazar Rivera, Notario Interino, de la Cuarta Notaría Concepción, Barros Arana 971 L24, certifico: Por escritura pública repertorio N° 3209-2018 de fecha 21 de junio 2018, otorgada ante Notario Público don Ernesto Valenzuela Norambuena de la comuna de Concepción y complementada por escritura pública Repertorio N° 660-2020 de fecha 27 de enero de 2020, ante doña Zunilda Vitalia Suazo Castillo se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la Ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Ministerio Evangelístico el Poder de la Cruz. Domicilio: El domicilio principal de esta Entidad es Pasaje A casa doscientos cincuenta y nueve, sector Boca Sur, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Biobío. Registro: N° 4615, de 4 de julio de 2018. Directorio: Presidente don Héctor Facundo Contreras Durán; Secretaria Marcela Pilar Rubilar Salazar; Tesorera María Ester Porma Paredes. Constituyentes: Héctor Facundo Contreras Durán, Marcela Pilar Rubilar Salazar, María Ester Porma Paredes, Angélica del Rosario Porma Paredes, Roxana Maribel Contreras González, Luis Frederick Vargas Porma, Leonardo Richard Kurt López, Leslie Karen Pizarro Sepúlveda, Joselin Natalia Ramos Candia, Lidia Flor Candia Soto, Guillermo Enrique Vargas Porma, Arni Paola Moya Cárcamo, Jacqueline Soledad Jara Contreras, Luis Iván Mena Ormeño, Silvia Elizabeth Aros Garrido, José Hermógenes Vergara Araya, Marcela Fernanda Opazo Villena, Nanci Marisol Ortega Villalobos; Elementos Esenciales: Es un Ministerio Evangelístico; es absolutamente apolítica, sin perjuicio de la observancia particular de cada uno de sus miembros; propiciará la fraternidad entre iglesias e instituciones evangélicas hermanas, tanto a nivel nacional como internacional; es un Ministerio Cristocéntrico, Cristo es el único Salvador de la humanidad; es Bibliocéntrica. Sólo la Biblia es fuente doctrinaria; siendo la principal base Jesucristo mismo. Principios: La base doctrinaria profesada por el presente Ministerio está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (Biblia, en su Antiguo y Nuevo Testamentos), interpretada y aplicada sobre la base de los principios teológicos evangélicos. Se excluye cualquiera otra fuente doctrinaria. Su credo: 1.- Un solo Dios manifestado en tres personas, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; 2. Cristo Unigénito del Padre, verdadero Dios. En su obra Redentora; 3.- La autoridad de la Biblia, en su antiguo y nuevo Testamento; 4.- La Iglesia cuerpo visible de Cristo en la tierra; 5.- El sacerdocio universal; 6.- La autoridad eclesiástica y magisterio provienen de Dios; 7.- La Obra regeneradora del Espíritu Santo, impartiendo dones y ministerios a los miembros de la Iglesia; 8.- La Salvación es por gracia y no por obras; 9.- El fruto del Espíritu Santo, manifestándose en las buenas obras que el creyente debe demostrar luego de la salvación; 10.- La Segunda venida de Cristo en forma literal y personal a la tierra; 11.- El Cielo e infierno eternos, cuyas existencias son literales; 12.- El Bautismo de arrepentimiento en aguas por inmersión; 13.- La Santa Cena, como institución sagrada y de observancia periódica. Órganos de administración: Miembros. Los miembros son activos y pasivos. Asamblea General: Está constituida por todos los miembros activos de la entidad, será presidida por el Presidente de la entidad. Se constituyen con la asistencia de los miembros en ejercicio que asistan a ella. Las Asambleas generales ordinarias deberán celebrarse una vez al año, y le corresponde: a) La elección de los Revisores de cuentas; b) Ser informada de todas los acuerdos y decisiones adoptadas por el Directorio; c) Hacer todo tipo de peticiones al Directorio o a su Presidente, pudiendo éstos aceptarlas o rechazarlas, pero siempre fundadamente; d) Presentar proyectos y propuestas al Directorio, sobre cualquier tipo de materias; e) Aprobar el acuerdo de creación de personas jurídicas, y f) Aprobar las enajenaciones misma Se compondrá de 3 miembros: presidente, secretario y tesorero. Durarán un año en sus funciones, con excepción del presidente que será permanente; celebrará 4 sesiones al año; sus atribuciones son, en general, dirigir administrativamente 1a Iglesia en general, pro curando por todos 1os medi os el cumplimiento de 1os objetivos de la entidad y velar por!a recta observancia de la creencia que sus miembros profesan.- Concepción, 3 de junio de 2020.




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