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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1791474 2020


(CVE 1791474)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA INTERNACIONAL JESUCRISTO ROCA DE ESPERANZA
(Extracto)

Francisca Salas Medina, Notario Suplente del titular de la 2ª Notaría Rancagua, Jaime Bernales Valenzuela, domiciliada en calle Bueras 359, of. 102, certifico: Que por instrumento privado de 18 de marzo de 2019, reducido a escritura pública el 28 de junio de 2019, ante Francisca Salas Medina, notario suplente y rectificada por escritura otorgada ante mí el 25 de noviembre de 2019, los siguientes mencionados, Irma de la Cruz Pérez Coloma, Priscilla Andrea Brisso Pérez y Franco Esteban Arteaga Pérez, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada Iglesia Evangélica Internacional Jesucristo Roca de Esperanza, registro número 5015 del 31 de julio de 2019, domiciliada en pasaje San Pablo 346, Población Libertador II, Rancagua, Región del Libertador Bernardo O‘Higgins. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Nuestro Ministerio, es una Organización Cristiana Evangélica, de Derecho Público y autónoma, cuya Fe y doctrina, se funda en la palabra de Dios, contenida en la Biblia, en virtud de la cual creemos: En un solo Dios, Padre de todos, santo, vivo, verdadero y eterno, lleno de bondad y misericordia, omnisciente, omnipresente y omnipotente e inmutable, perfecto y justo, creador de todas las cosas; en la Trinidad de Dios; en la Salvación por Gracia; en el Arrepentimiento; en el Bautismo por inmersión en aguas; en los dones del Espíritu Santo; en las sanidades divinas; en el Arrebatamiento y Segunda Venida de Cristo; en cielos y tierra nuevas; en el Pacto Matrimonial entre un hombre y una mujer. La administración del Ministerio corresponderá a su Presidenta, con las siguientes Atribuciones: Representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio; Presidir, convocar y Ejecutar los acuerdos de las conferencias ordinarias y extraordinarias; Velar por el cumplimiento de los estatutos; Dar cuenta de la marcha de la entidad, y las demás que determinen estos Estatutos.- Rancagua, 2 de julio de 2020.




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