GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1844365 2020


(CVE 1844365)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA BOLA DE NIEVE
(Extracto)
Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, Certifica: Por escritura de fecha 16 de agosto de 2019, ante mí se redujo a Escritura Pública acta de constitución y aprobación de estatutos de entidad religiosa denominada Iglesia Evangélica Bola de Nieve, pudiendo usar indistintamente el nombre Iglesia Evangélica Bola de Nieve-Chile. La entidad tiene domicilio en Avenida Macul número tres mil setecientos, Dpto. mil ciento cinco B, comuna de Macul, Santiago, Región Metropolitana. Registro N° 5052, de 2 de septiembre de 2019. Constituyentes: Efraim Pacheco Barbosa Feres, Jeesiel Tamara Ponce Chacón, Aryane Cristina Leite Dias, Peterson Dias, Milditri Martins de Campos Bicudo, Juliana Ferreira Cardoso, Myriam del Rosario Urra Alegría, Pablo Andrés Hidalgo Guzmán. La entidad nace para predicar el Evangelio, por todos los medios bíblicamente otorgados a la Iglesia. Tiene al Señor Jesús como suprema autoridad y jefe de la Iglesia y a la Santa Biblia como única regla de conducta y fe para el cristiano. Nuestro Señor y Salvador Jesús Cristo, por medio de la Unción del Espíritu Santo, constituye el pastor líder, que tiene el compromiso de seguir las enseñanzas de la Palabra de Dios contenidas en la Biblia y transmitirlos a los miembros, frecuentadores y visitantes. En obediencia a la Palabra, la iglesia tiene como finalidad alcanzar personas para que conozcan y se conviertan a nuestro Señor y Salvador Jesucristo, en comunión le adoren y sean discipulados por la Palabra de Dios, difundiendo el Santo Evangelio de nuestro Señor y Salvador Jesús Cristo, conforme la enseñanza de la Biblia. La predicación y propagación del Evangelio se realiza además de la reunión de personas en cultos, por medio de otras formas de evangelismo y adoración a Dios, tales como: producción y distribución de material evangélico (revistas, folletos, panfletos, libros, etc…), conciertos y eventos musicales o deportivos evangelísticos, congresos, conferencias, retiros, ministraciones y otros eventos y medios de evangelismo que se presenten necesarios en el curso de sus actividades. Artículos de fe: La iglesia se rige en su doctrina y fe, estructura, conducta de sus miembros y pastores y funcionamiento en general, por la Sagrada Biblia, como única norma de conducta y fe para el creyente. Esto, conforme al principio de autonomía que confiere la libertad religiosa garantizada en los tratados internacionales que han sido ratificados por Chile y que desarrolla la ley 19.638 y garantiza el artículo 19 numeral 6 de la Constitución Política de Chile, que asegura a todas las personas el libre ejercicio de todos los cultos, sin más limitación que la moral, el orden público y las buenas costumbres. Los miembros, frecuentadores y visitantes son libres para adherir o no adherir al ideario confesional de la iglesia y su declaración de fe contenida en este estatuto, en reglamentos, órdenes normativas y ejecutivas. Las personas al adherir a la declaración de fe y doctrina de la iglesia, se someten voluntariamente a las normas que la iglesia se ha dado, por medio de este estatuto, sus reglamentos, órdenes normativas y ejecutivas y a la autoridad de sus pastores, conservando su libertad para dejar de pertenecer a la iglesia y dejar de estar regidos por sus normas, creencias y autoridad pastoral. La iglesia será conducida y administrada por: i. un Directorio Administrativo, integrado por un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero; sus acuerdos obligan a toda la entidad, salvo norma expresa de procedimiento establecida en este estatuto; su principal función será colaborar con el presidente en la administración de la iglesia. El presidente del Directorio será siempre el pastor titular/Apóstol, es el líder espiritual de la iglesia y de sus miembros y será investido y podrá ser destituido por el Apóstol Sr. Rinaldo Luiz de Seixas Pereira, quien es presidente de la Iglesia matriz, Bola de Neve, con sede en Brasil, o por quien ocupe dicho cargo. Podrá contar con un cuerpo de apoyo administrativo, en cuanto sea necesario; ii. el Directorio Pastoral estará integrado por pastores y misioneros investidos. El llamado pastoral es una ordenación divina. La función ejercida por el pastor en la Iglesia no puede ser caracterizada como relación de empleo, sino que, antes de cualquier compromiso obligatorio, el pastor firmó un compromiso con Dios. En este sentido, la subordinación entre la Iglesia y el Pastor es Ministerial. Los requisitos de investidura, funciones y pérdida de la calidad de pastor se regirán por el Reglamento Interno de la Iglesia Bola de Nieve; iii. y un Consejo Deliberativo, que estará compuesto por a lo menos dos integrantes, elegidos a propuesta del presidente, por aclamación del directorio administrativo, podrán tomar parte en las decisiones a las cuales sean invitados a participar, con derecho a ser oídos, sin derecho a voto. Los integrantes del Consejo deliberativo podrán también integrar la directiva pastoral. Le corresponde velar por el cumplimiento del estatuto social.




VolverTamaño de Fuente