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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1846039 2020


(CVE 1846039)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CENTRO FAMILIAR DE ADORACIÓN CASA DE PAN
(Extracto)
Susana Belmonte Aguirre, Abogado, Notario Público Titular Undécima Notaría Santiago, oficio Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 07/02/2019, Rep. N° 4542-19 y rectificada por escritura pública de fecha 24/08/2020, Rep. N° 17320-20, ambas ante mí, se constituyó entidad religiosa: Centro Familiar de Adoración Casa de Pan, Registro Público N° 4826 del 14/02/2019. Domicilio: Pasaje Presidente Carlos Ibáñez del Campo N° 2161, DP 11, población Centenario II, Colina, Santiago, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener en el País y Extranjero. Constituyentes: Luis Alberto Riadi Araya; Evelyn del Carmen Vargas Riveros; Adela del Carmen Vilches Pino; Eliana del Carmen Riveras Núñez. Principios de Fe: 1) Creemos en la inspiración verbal plenaria del canon aceptado de la Biblia dados como originales Primera de Timoteo versículos 3 al 16; 2) Creemos en la deidad eterna, que se ha revelado como un Dios existiendo en 3 personas El Padre, Hijo y el Espíritu Santo, Mateo capítulo 29 versículo 19, Segunda de Corintios versículos 13 y 14; 3) Creemos en la creación, prueba y caída del ser humano como es registrada en Génesis, su depravación espiritual total y su inhabilidad de alcanzar a la rectitud divina, Romanos capítulo 5 versículos 12 al 18; 4) Cree en el Señor Jesucristo el Salvador del ser humano, concebido de la Virgen María muy Dios y Muy Hombre, Lucas capítulo 1 versículos 16 y 35; 5) del Espíritu Santo: El Espíritu Santo que procede del padre y del hijo es una misma sustancia, majestad y gloria con el padre y con el hijo, siendo un verdadero y eterno Dios en el ejército de su divina majestad bautiza y obra con poder en los creyentes, sellándolos para la promesa del día de la redención; 6) Las Sagradas Escrituras (La Biblia), tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento, son la palabra de Dios. Ellos fueron escritos por la inspiración de Dios, contiene toda la revelación de Dios dada a los hombres, y son la única base de nuestra fe y práctica. (Juan capítulo cinco versículo treinta y nueve; Segunda de Pedro capítulo 1 versículos 19 al 21; Segunda de Timoteo capítulo 3 versículos 15 al 17; Lucas capítulo 11 versículo 28; capítulo 16 versículos 29 y 31; Mateo capítulo 22 versículo 29 y Juan capítulo 10 versículo 35; 7) Creemos que existe un solo Dios que es Supremo, Creador, Eterno, todo lo conoce, todo lo puede, que nos hizo y nos ama inefablemente. (Éxodo capítulo 20 versículos 2 y 3; Isaías capítulo 45 versículos 5 al 12 y capítulo 18 versículos 20 al 22; Juan capítulo 4 versículo 24; Salmos 139 versículos 1 al 12; 8) La Iglesia cree firmemente según la escritura que es una abominación ante Dios el casar parejas del mismo sexo. Considerando que es un hecho vergonzoso ante los ojos de Dios (Romanos capítulo 1 versículos 26 al 28). El casar parejas del mismo sexo está en contra los principios doctrinales del ministerio y es una conducta antibíblica. Por tanto, nosotros repudiamos cualquier acto matrimonial que tenga que ver con personas del mismo sexo; 9) Las Sagradas Escrituras (La Biblia), tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento, son la palabra de Dios. Ellos fueron escritos por la inspiración de Dios, contiene toda la revelación de Dios dada a los hombres, y son la única base de nuestra fe y práctica. (Juan capítulo 5 versículo 39; Segunda de Pedro capítulo 1 versículos 19 al 21; Segunda de Timoteo capítulo 3 versículos 15 al 17; Lucas capítulo 11 versículo 28; capítulo 16 versículos 29 y 31; Mateo capítulo 22 versículo 29 y Juan capítulo 10 versículo 35. Elementos Esenciales: a) Practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Señor Jesucristo. b) Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socioeconómica proporcionando ayuda a personas necesitadas tales como huérfanos y viudas, rehabilitando a personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y ex convictos. c) Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo para ello Institutos Bíblicos, Seminarios, e Institutos Teológicos y de Formación Cristiana. d) Efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos de conformidad con las normas legales sobre uso de tales bienes nacionales u ordenanzas vigentes, en establecimientos de salud, de reclusión, de protección de menores o indigentes llevando el mensaje de nuestro Señor y Salvador Jesucristo y la ayuda al prójimo. e) Promover y practicar la fraternidad y la comunión entre los miembros del Ministerio y de las demás Iglesias evangélicas. f) Adquirir y administrar los bienes inmuebles que fueren indispensables para el desempeño de sus actividades. Administración: Presidente; Vicepresidente; Secretario; Tesorero; Director. Directorio: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 5 personas. Deberes y Atribuciones. a) Dirigir a la Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y lo someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a las asambleas generales o extraordinarias cuando las estime necesarias o a petición escrita por un tercio de los miembros de la Iglesia. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante la asamblea general ordinaria correspondiente a las inversiones de los fondos de la Iglesia y de su marcha en el periodo en que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar los bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender, para esto estará facultado el Presidente y el Tesorero de la Iglesia. j) Es el Directorio el que tendrá las facultades que le otorgue la ley para la adquisición y enajenación de los bienes corporales e incorporales, sean raíces o muebles de nuestra Iglesia delegando en el Presidente y Tesorero las facultades económicas y administrativas de la Iglesia, para dichos efectos y además conferir y revocar poderes especiales y en general realizar todo acto y convención que sea necesaria para el buen funcionamiento de la iglesia sin limitación. En lo judicial: Sin perjuicio de la representación del Presidente, el directorio dispondrá de todas las facultades ordinarias y especiales que le otorgue la ley. Comisión Revisadora de Cuentas, compuesta por tres miembros, los cuales se constituirán con un presidente, un secretario y un Director. Serán atribuciones de la comisión revisadora de cuentas las siguientes: a) Revisar a lo mínimo semestralmente los libros de contabilidad, de ingresos y egresos que deberá exhibirle el tesorero de la Iglesia. b) Informar al directorio y a las asambleas generales del resultado de su labor, en especial de las irregularidades que pudieren existir o notaren en el manejo de los fondos de la Iglesia, poniendo las medidas correctivas necesarias. c) Requerir al directorio o a la asamblea para que determine el ejercicio de auditoría interna si la estimaren indispensable. Directorio: Presidente: Luis Alberto Riadi Araya. Vicepresidenta: Evelyn del Carmen Vargas Riveros; Secretaria: Adela del Carmen Vilches Pino; Tesorero: Eliana del Carmen Riveras Núñez. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16/10/2020.




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