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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1853249 2020


(CVE 1853249)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA BAUTISTA VIVIENDO POR GRACIA
(Extracto)

Francisco Javier Leiva Carvajal, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui N° 73, comuna y ciudad de Santiago, certifica que con fecha 26 de agosto del año 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Bautista Viviendo Por Gracia, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos número cinco mil ciento ocho del cuatro de octubre del año dos mil diecinueve. Constituyentes: Iván Vladimir Suazo Taicer, chileno, casado, ministro de culto, cédula de identidad número doce millones quinientos veintinueve mil seiscientos ochenta y uno guion cinco; doña Fabiola del Carmen Fuentes Soza, chilena, casada, asesora del hogar, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y siete mil setecientos noventa y cinco guion K; don Carlos Alberto Soto Cáceres, chileno, casado, constructor, cédula de identidad número doce millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos cincuenta y cinco guion ocho; doña Myriam Ruth Cabrera Candia, chilena, casada, secretaria, cédula de identidad número once millones setecientos cincuenta mil ciento noventa y ocho guion uno; don Guillermo Ulises Abarca Gallardo, chileno, casado, enfierrador, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos veintiséis mil quinientos sesenta y tres guion cero; doña Paola Beatriz Guzmán Salinas, chilena, casada, técnico en nutrición, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos ochenta mil ciento cuarenta y ocho guion ocho; doña Marlene Beatriz Arancibia Parra, chilena, casada, secretaria, cédula de identidad número trece millones doscientos treinta y nueve mil trescientos dieciséis guion ocho. Todos quienes participaron en la constitución de la iglesia. Domicilio: Calle Bravo Luco número mil doscientos setenta y seis, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Uno: La unidad del Padre, Hijo y Espíritu Santo en la Divinidad; Dos: Soberanía de Dios en la creación, redención y juicio final; Tres: Inspiración Divina y entera confiabilidad de la Santa Biblia, tal como fueron dadas originalmente y su autoridad suprema en todo asunto de fe y conducta; Cuatro: El pecado y culpa de toda la humanidad desde la caída, que la sujeta a la ira y condenación de Dios; Quinto: La redención de la culpa, pena y dominio del pecado sólo mediante la muerte expiatoria del Señor Jesucristo; Sexto: La resurrección corporal del Señor Jesucristo de entre los muertos y su ascenso a la derecha del Padre; Séptimo: La presencia y poder del Espíritu Santo en la obra de la regeneración y perfeccionamiento del creyente; Octavo: La justificación del pecador por el amor de Dios a los hombres y sólo mediante la fe en la muerte, resurrección y mensaje del Señor Jesús; Noveno: La Iglesia universal que es el cuerpo de Cristo y a la cual pertenecen todos los creyentes verdaderos; Décimo: El retorno personal del Señor Jesucristo; Décimo Primero: El matrimonio como un vínculo espiritual e indisoluble sólo entre un hombre y una mujer; Décimo Segundo: La existencia del varón y la mujer como creación de Dios, no pudiendo para efectos doctrinales de fe, existir más sexos ni géneros que estos dos, esto es, masculino y femenino. Órganos de Administración: El Pastor, El Consejo de Administración y La Asamblea de Miembros. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia con las más amplias facultades; b) Presidir las reuniones del Consejo de Administración; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Comité de Administración; e) Recibir una remuneración mensual, por sus servicios, cuyo monto será determinado por el Consejo de Administración; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Consejo de Administración es un órgano colegiado integrado por tres miembros activos y será presidido por el Pastor Principal. El Consejo de Administración tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Administrar el patrimonio de la iglesia, llevar la contabilidad de la misma e invertir sus recursos; b) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales; d) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias; e) Celebrar todo tipo de actos jurídicos, contratos, convenciones u otras operaciones necesarias para el desarrollo de sus fines. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas de Miembros Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea de Miembros Ordinaria se celebrará una vez por año y se presentará memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente al Consejo de Administración y al Pastor Principal. Corresponde exclusivamente a la Asamblea de Miembros: a).- Pronunciarse sobre la modificación o reforma de los estatutos o la disolución de la Iglesia de conformidad a lo señalado por el presente estatuto; c).- Tomar conocimiento de los asuntos relativos a la conducta de los miembros de la Iglesia de conformidad con el procedimiento señalado en el presente estatuto; d).- Emitir opinión en todos aquellos temas propuestos por el Consejo de Administración y que hayan sido especialmente citados para ello. e).- Participar de los referéndum que sean especialmente convocados por el Pastor Principal o por el Consejo de Administración. Santiago, 17 noviembre 2020.




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