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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1871531 2020


(CVE 1871531)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA LA FUENTE DE AGUA VIVA
(Extracto)
Zunilda Vitalia Suazo Castillo, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, certifica: Por escritura pública de 2 de julio de 2020, complementada con escritura de 10 de noviembre de 2020, ambas ante mí, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la Ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303, del Ministerio de Justicia, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia Evangélica la Fuente de Agua Viva, Local Teniente Merino II. Domicilio principal: Avenida Andalién 219, población Teniente Merino II, Barrio Norte, Concepción, Región del Biobío. Registro Público: Inscrita bajo el N° 5331, de fecha 17 de agosto de 2020. Constituyentes Madeleine Andrea Pinto Arriagada, Ana Luz Castillo Soto, Luis Humberto Pérez Soto, Erna Eloísa Soto Cea y Julio Segundo Ortiz Badilia. Elementos esenciales: a) Esta entidad religiosa es apolítica; b) no persigue fines de lucro; no existirá diferencia o discriminación entre hombres y mujeres, tanto hombre como mujer podrán acceder en igualdad de condiciones a los cargos indicados en estos estatutos; c) sólo reconoce como matrimonio a la unión legal y religiosa de un hombre con una mujer, y no casará ni bendecirá a parejas del mismo sexo, por ser una práctica contraria a las doctrinas cristiana, y a las Sagradas Escrituras; d) es pentecostal y carismática, acepta las manifestaciones espirituales dentro del culto, en orden y bajo las instrucciones de la autoridad eclesiástica. Principios de fe: Cree en: La Trinidad: El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo, todos formando un solo Dios; en Cristo Unigénito del Padre, verdadero Dios. En su obra Redentora: en la manifestación del Espíritu Santo, en forma sobrenatural; en la autoridad de la Biblia, en su antiguo y nuevo Testamento; en la iglesia como cuerpo visible de Cristo en la tierra; en el sacerdocio universal; obra regeneradora del Espíritu Santo, impartiendo dones y ministerios a los miembros de la iglesia, en que la Salvación es por gracia y no por obras; en el fruto del Espíritu Santo, manifestándose en las buenas obras que el creyente debe demostrar luego de la salvación: en la Segunda venida de Cristo en forma literal y personal a la tierra; en el Cielo e infierno eternos, cuyas existencias son literales; en el Bautismo de arrepentimiento en aguas, por inmersión; en la Santa Cena, como institución sagrada y de observancia periódica. Órganos de administración: Asambleas Generales, la constituyen los miembros activos, y que no estuvieren sancionados. Serán ordinarias y extraordinarias. Las Ordinarias una vez al año en la fecha que determinare el Directorio. En ellas podrá tratarse cualquier asunto administrativo relacionado con los intereses de la entidad, y sus atribuciones son: 1. Ser informada de todas las actividades y decisiones del Directorio. 2. Hacer todo tipo de peticiones al Directorio, el que podrá aceptarlas o rechazarlas, pero siempre fundadamente. 3. Presentar cualquier tipo de proyectos al Directorio para su aprobación. 4. Elegir los miembros del directorio, cuando procediera. 5. Elegir anualmente a los revisores de cuentas. Las Extraordinarias cada vez que lo exijan las necesidades de la entidad, a requerimiento del Directorio o de, a lo menos, un tercio de los miembros. En ellas sólo podrán adoptarse acuerdos relacionados con los asuntos indicados en la citación. Reunión de Líderes. Constituida por el pastor, el directorio, presidente, secretario y tesorero de dorcas, de coro, encargada de Escuela Dominical, Cuerpo de Oficiales. Sesionará en forma semestral, o cuando sea citado por el Presidente. Sus atribuciones: a) Dar su opinión a la Asamblea General en toda acusación en contra de miembros de esta entidad religiosa; b) Conocer todos los asuntos de relevancia ética y moral que se relacione con algún miembro de la entidad y de la entidad religiosa como tal; c) Efectuar la programación de las actividades de la entidad religiosa, tanto a nivel general como particular de cada grupo. Directorio. Constituido por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y un Director. Elegidos por la Asamblea General. Sus atribuciones: a) Dirigir administrativamente a la iglesia, y velar por que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos. b) Administrar los bienes de la Iglesia e invertir sus recursos. c) Citar a Asambleas Generales Ordinarias, extraordinarias y anual de miembros, en la forma y época que señalan los estatutos. d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de éste. e) Cumplir los acuerdos de las Asambleas generales. f) Rendir cuenta en la asamblea general anual, tanto de la marcha de la entidad como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterá a la aprobación de los miembros. Revisores de cuentas. Serán dos, que deberán fiscalizar la tesorería de la Iglesia e informar acerca de sus actividades a la Asamblea General. Serán propuestos y elegidos por la Asamblea General. Concepción, diciembre 15 de 2020.- Doy fe.




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