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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1877578 2021


(CVE 1877578)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO VIDA FAMILIAR EN CRISTO
(Extracto)
Susana Belmonte Aguirre, Abogado, Notario Público Titular Undécima Notaría Santiago, oficio Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 07-02-2019, Rep. N° 4559-19, rectificada por escrituras públicas de fecha 27-06-2019, Rep. N° 19172-19 y de fecha 21-09-2020, Rep. N° 20274-20, todas ante mí, se constituyó entidad religiosa Ministerio Vida Familiar en Cristo, Registro Público N° 4825 del 14/02/2019. Domicilio: Avenida Salvador Allende número cero veintiséis esquina Eyzaguirre, Puente Alto Centro, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener a lo largo del país y en el extranjero. Constituyentes: Claudio Andrés Fuenzalida Romero, Marcela Yannett Romero Morales, Ivonne Francis Carrasco Barrueto, Giovanny Andrés Fuenzalida Mira, Josué Carrasco Briones, Angelina Fernanda Fuenzalida Mira, Luis Fernando Fuenzalida Cerda. Principios de Fe: A) Creemos que la Biblia a saber es Antiguo Testamento y Nuevo Testamento, fueron plenamente inspirados por Dios, es la infalible y autorizada palabra de Dios y son la única regla de fe, conducta, doctrina de todo miembro de la iglesia de Cristo. B) Creemos que hay un solo Dios eternamente existente en tres personas, El Padre, El Hijo y el Espíritu Santo, son en esencia y tienen funciones distintas. Dios es Amor Luz eterno, inmutable, todo poderoso, omnipotente, Omnisciente, omnipresente, justo, santo misericordioso. C) Creemos en el nacimiento virginal de nuestro Señor Jesucristo, su indiscutible deidad, su naturaleza humana sin pecado y perfecta vida, el eterno designio con su muerte, su corporal resurrección, su ascensión milagrosa al padre, su personal segunda venida para arrebatar a su iglesia. D) Creemos en la personalidad y divinidad plena del espíritu santo como la tercera persona de la deidad. La obra del Espíritu Santo en la salvación, santificación y la administración de los dones espirituales en la iglesia de Cristo. E) Creemos que la creación natural, animal y humana son obra de Dios siendo el hombre la corona de la creación quien lleva la imagen y semejanza de Dios, la inocencia original del ser humano que se mantuvo hasta el momento de la caída. El niño nace en pecado y es libre de culpa solo hasta su completo discernimiento. F) Creemos en la culpabilidad del hombre quien en su estado natural ha cargado sobre sí, las consecuencias de vivir alejado de la gracia de Dios, hasta el día de su conversión por medio de la fe en su hijo Jesucristo. G) Creemos es un acto de gracia de Dios obrada en los creyentes por los méritos de Cristo, y que el nuevo nacimiento por la virtud del Espíritu Santo es absolutamente esencial para ser salvo. La fe y el arrepentimiento de parte del pecador y la regeneración obrada por el espíritu santo en él, son indispensable para la salvación. H) El Ministerio cree firmemente según la escritura que es una abominación ante Dios el casar parejas del mismo sexo. Considerando que es un hecho vergonzoso ante los ojos de Dios (Romanos capítulo uno versículo veintiséis al veintiocho). El casar parejas del mismo sexo está en contra los principios doctrinales del ministerio y es una conducta anti-bíblica. Por tanto, nosotros repudiamos cualquier acto matrimonial que tenga que ver con personas del mismo sexo. Elementos Esenciales: Para lograr sus fines la iglesia podrá constituir, establecer y mantener en todo el país y en el extranjero, Templos, Institutos bíblicos, hogares de ancianos, y de menores, centros de rehabilitación, radioemisoras y locales de distribución de literatura cristiana, música, mensajes de predicación en audio y en video, abrir sus propios medios de comunicación y crear otras corporaciones y fundaciones de acuerdo al artículo octavo de la ley diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, difundir las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo contenidas en las sagradas escrituras a través de todos los medios legalmente permitidos con la finalidad de llevar un mensaje de salvación, ayuda espiritual, social, y material a quienes lo necesiten y/o lo requieran. Administración: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Director. Directorio: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 5 personas. Deberes y Atribuciones. a) Dirigir a la Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y lo someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a las asambleas generales o extraordinarias cuando las estime necesarias o a petición escrita por un tercio de los miembros de la Iglesia. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante la asamblea general ordinaria correspondiente a las inversiones de los fondos de la Iglesia y de su marcha en el periodo en que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar los bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender, para esto estará facultado el Presidente y el Tesorero de la Iglesia. j) Es el Directorio que tendrá las facultades que le otorgue la ley para la adquisición y enajenación de los bienes corporales e incorporales, sean raíces o muebles de nuestra Iglesia delegando en el Presidente y Tesorero las facultades económicas y administrativas de la Iglesia, para dichos efectos y además conferir y revocar poderes especiales y en general realizar todo acto y convención que sea necesaria para el buen funcionamiento de la iglesia sin limitación. En lo judicial: Sin perjuicio de la representación del Presidente, el directorio dispondrá de todas las facultades ordinarias y especiales que le otorgue la ley. Comisión Revisadora de Cuentas, Compuesta por tres miembros designados por la asamblea general, mediante una votación cerrada y única quedando las tres primeras mayorías y cumpliendo con los requisitos establecidos por los estatutos para ser elegido director. Serán atribuciones de la comisión revisadora de cuentas las siguientes: a) Revisar mensualmente los libros de contabilidad, de ingresos y egresos que deberá exhibirle el tesorero de la Iglesia. b) Informar al directorio y a las asambleas generales del resultado de su labor, en especial de las irregularidades que pudieren existir o notaren en el manejo de los fondos de la Iglesia, poniendo las medidas correctivas necesarias. c) Requerir al directorio, a la asamblea para que determine el ejercicio de auditoría interna si la estimaren indispensable. Directorio: Presidente: Claudio Andrés Fuenzalida Romero. Secretaria: Marcela Yannett Romero Morales. Tesorera: Ivonne Francis Carrasco Barrueto. Primer Director: Giovanny Andrés Fuenzalida Mira. Segundo Director: Josué Carrasco Briones. Tercera Directora: Angelina Fernanda Fuenzalida Mira. Cuarto Director: Luis Fernando Fuenzalida Cerda. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18/12/2020.




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