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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-04-16 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA - DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 1926819)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELÍSTICO MOVIMIENTO FUNDAMENTALISTA DE SANA DOCTRINA

(Extracto)

El 17.08.2020, ante Notario de Santiago Mauricio Bertolino Rendic, Avda. Américo Vespucio 1737, Local BP 164, Huechuraba, se redujo a escritura pública -complementada por la otorgada el 24.02.2021 ante mismo Notario- Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de Persona Jurídica Derecho Público Ley 19.638. Nombre y Domicilio: Ministerio Evangelístico Movimiento Fundamentalista de Sana Doctrina. Sin fines de lucro, ubicada en Santiago, República de Sierra Leona 5609, comuna de Huechuraba. Fecha y Número Registro: 21 de enero de 2021, Nº 5466. Nombre de los constituyentes: Pablo Iván Flores Baeza, Walter Eduardo Miranda Vargas y José Elías Ancán Cuminao. Los elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe que profesa: se caracteriza por dinfundir el mensaje de la Santa Biblia, a través de medios legales necesarios para alcanzar mayor número de personas, llevándoles esperanza de renovación y salvación, de manera que se contribuya al bienestar personal y social, según la Santa Biblia Libro de Marcos, Mateo, Timoteo. Nuestro fundamento es la fe cristiana evangélica, Cristocéntrica, Bibliocéntrica, Apologista y Escatológica. No mezclada con tradiciones y enseñanzas humanas, sino fundamentada en las enseñanzas más puras de La Biblia, que constan de 66 libros inspirados por Espíritu Santo, Creemos en un Dios manifestado en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; también que la salvación del hombre únicamente por la fe en Jesucristo y su sacrificio expiatorio, en el bautismo en agua y en el bautismo del Espíritu Santo, en los dones que este le da a su iglesia, en la santificación del creyente, en la sanidad divina, en el arrebatamiento de la iglesia, en la segunda venida de Cristo, en el infierno, en el reino teocrático de Cristo de mil años, en la evangelización local y mundial, en la obra misionera, en el casamiento bíblico de un hombre y una mujer, en Israel como pueblo elegido por Dios, y en la Iglesia como novia del cordero. Nuestros principios se ejecutan por medio del desarrollo programas de ayuda biopsicosocial, espiritual y cultural. (Asilos de ancianos, Centros de rehabilitación, Ayuda psicosocial canalizada a familias multiproblemáticas, y a niños en riesgo social, también por medio de la habilitación de Comedores abiertos, Centros de salud, Escuelas de arte, Viviendas de interés social, etc.), también nuestro principio es promover la educación por medio de (Institutos teológicos, Guarderías infantiles, de Colegios y Universidades Cristianas, etc.); por medio de estos principios promover una acción evangelizadora que ayude de manera integral a los ciudadanos y extranjeros de nuestro país. Órganos de administración, atribuciones y Nº de miembros: A la directiva le corresponde: aprobar reforma de estatutos. En caso de renuncia, desaparición o destitución de miembros, la junta directiva elegirá nuevos dignatarios. Repasar, reafirmar o ratificar los asuntos de la Doctrina del Ministerio. Aprobar la disolución de la entidad. La junta directiva conformada por sus antiguos fundadores, y se compone de los siguientes dignatarios: Presidente Representante Legal, Secretario y Tesorero. Le corresponde: nombrar dignatarios. Aprobar estados financieros que anualmente presente el Tesorero. Aprobar o desaprobar informe de actividades de presbiterios. Aprobar o desaprobar ingreso o egreso de bienes muebles o inmuebles o constitución de gravámenes. Expedir su reglamento o aprobar modificaciones. Velar por adecuada administración, buena conducta y testimonio cristiano de miembros. Aprobar el presupuesto de entidad. Nombrar miembros de comités especiales. Crear cargos que requieran remuneración y determinar funciones. Fijar salario de los empleados. Las funciones no específicamente atribuidas y que señalen disposiciones legales. Determinar inversión de los fondos de la Iglesia para el cumplimiento de sus fines. Huechuraba, 10 de abril de 2021.






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