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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-05-29 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 1952125)

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

“IGLESIA MISIÓN Y RESTAURACIÓN LA GRAN COMISIÓN, UNIDOS POR UN PROPÓSITO”

(Extracto)

Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Suplente de la Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante mí de Acta de Constitución de fecha 20/11/2020 de Repertorio Nº 11.100/2020 y ante la Notario Titular María Soledad Santos Muñoz escritura de Rectificación de Acta de fecha 20/01/2021 de Repertorio Nº 688/2021.- Entidad religiosa denominada “Iglesia Misión y restauración la gran comisión, unidos por un propósito”, domicilio pasaje el virrey número 11017, La Pintana, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 5424 de fecha 4 de diciembre de 2020. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) nombre: Misión y restauración la gran comisión, unidos por un propósito, que podrá usar indistintamente misión y restauración la gran comisión, domicilio: pasaje el virrey número 11017, La Pintana, Santiago; b) Registro Público de Inscripción Nº 5424 de 4 de diciembre de 2020; c) nombre de los constituyentes: Jorge Salazar Araya, Catalina González Bravo, Jordán Palma Avilés, Silvia Sepúlveda Sepúlveda, Antonio Vedia Aravena, Ana Araya Maldonado, Vania Alarcón Espinoza, Cynthia Vega Miranda. Todos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, contenidos en el artículo segundo, compuesto de veintidós puentos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: creemos que la biblia es la palabra de dios inspirada divinamente; creemos que dios es trino: padre, hijo y espíritu santo; creemos que el hombre fue creado a la imagen de dios, pero por desobediencia voluntaria cayó de la perfección, creemos que, siendo aún pecadores, Cristo murió por nosotros, dando el perdón a todos los que creen en él; Creemos que no tenemos ninguna justificación y que tenemos que venir a Dios tomando la justicia de Cristo; Creemos en un arrepentimiento sincero, y que al aceptar Cristo de todo corazón somos justificados delante de Dios; Creemos que el cambio que toma lugar en el corazón y la vida en la conversión es real; Creemos que es la voluntad de Dios que seamos santificados diariamente creciendo constantemente en la Fe; Creemos que el bautismo por inmersión es una señal exterior de una obra interior. Creemos en la conmemoración de la cena del señor por el uso simbólico del pan y del jugo de la vid en memoria de nuestro Señor Jesucristo; Creemos que el bautismo del Espíritu Santo es el de investir al creyente con poder y que su manifestación es la misma que en los días de la biblia; Creemos que es la voluntad de Dios que andemos en el espíritu diariamente; Creemos que el Espíritu santo tiene dones para dar al cristiano; y que debemos mostrar frutos Espirituales como evidencia de una vida llena del Espíritu; Creemos que la experiencia y el diario vivir del creyente nunca deberá dirigirlo a exageraciones o fanatismo; Creemos que la sanidad Divina es el Poder de Cristo en sanar a enfermos en respuesta a la oración de Fe; Creemos que es personal e inminente; Creemos que es nuestro deber sagrado identificarnos con la iglesia visible de Cristo; Creemos que los gobernantes deberán ser apoyados en todo su tiempo, excepto en las cosas opuesta a la voluntad de Dios; Creemos que todos nos enfrentaremos delante de Dios en el día del juicio; y allí entraremos a la vida Eterna o Muerte Eterna; Creemos que el cielo es la gloriosa morada eterna de los creyentes renacidos; Creemos que el infierno es un lugar de tormento para todos aquellos que rehúsan a Cristo como su Salvador; Creemos que el ganar almas es el asunto más importante de la iglesia aquí en la tierra; Creemos que es el método ordenado de Dios para el mantenimiento de la obra. Y del pastor: cuando este lo requiera, siendo su vida dedicada a la obra a tiempo completo. Esto es a través de los Diezmos y Ofrendas; e) el órgano de administración que regula su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: directorio, presidente de directorio, su cargo es vitalicio y representara a la iglesia. El directorio está compuesto por 6 miembros, duran 1 año en el cargo y podrán ser reelegidos 1 año más sin límite de reelección, son atribuciones del directorio convocar a convención; licenciar u ordenar ministros de acuerdo con el reglamento; crear posiciones, departamentos y distritos para cumplir con los objetivos y propósitos de la iglesia y dirigir sus actividades, acordar la adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento, o gravámenes de bienes raíces o muebles y celebrar cualquier acto o contrato que estime necesario o conveniente para los fines de la iglesia; aceptar donaciones que se hagan a la iglesia y abrir suscripciones, entre otras que el estatuto contempla. Santiago, 7 de mayo de 2021.






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