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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-06-12 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 1959062)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA COLUMNA DE HIERRO

(Extracto)

Boris Alejandro Aravena Estobar, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Coronel con oficio calle Sotomayor 520, Coronel, certifica: Entidad religiosa denominada "Iglesia Evangélica Columna de Hierro" domicilio Pasaje Río Cochrane N° 1040, población Nuevo Horizonte 2, Coronel, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría del Estado bajo el N°5444 de fecha 29 de diciembre de 2020. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Iglesia Evangélica Columna de Hierro; Domicilio: Pasaje Río Cochrane N° 1040, población Nuevo Horizonte 2, Coronel; b) Registro Público de Inscripción N° 5444 de 29 diciembre 2020; c) Nombre de los constituyentes: Aladino Alfonso Fierro Lefno, Marcela Alejandra Fuente Alba Avilés, Gerardo Henríquez Ribera, María Angélica Guarda Inalef, Juan Carlos Urrea Cartes y Flor Alicia Araya Cortés. Todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa los siguientes: Su doctrina se basa principalmente en las enseñanzas entregadas por su Señor Jesucristo y sus Apóstoles por medio de las sagradas escrituras, esto es la Santa Biblia las cuales se fundamentan en la existencia de un único y verdadero Dios, que subsiste en una personalidad que es triple: Padre, Hijo y Espíritu Santo, en las manifestaciones de los dones espirituales, en la imposición de manos, en el bautismo por inmersión en agua, en la resurrección de los muertos y en el juicio y castigo eterno de los pecadores. Esta Entidad tendrá como fines: Ayudar a las personas necesitadas y de alto riesgo social, pudiendo crear para ello instituciones de beneficencias, tales como: Asilo de Ancianos, Hogares de Menores, Casa de Acogida para jóvenes drogadictos y alcohólicos, Comedores para niños y adultos; Realizar todo tipo de eventos que vayan en beneficio de la comunidad, tales como: Campañas evangelísticas, Seminario bíblicos; y no realizar ningún tipo de acto discriminatorio que vaya en desmedro de alguna persona. Para atender a sus fines, la Iglesia dispondrá de las rentas que produzca los bienes que posea, y además de las ofrendas ordinarias y extraordinarias que entreguen sus miembros y de las donaciones, herencias y subvenciones que obtengan de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades, del Estado, del Extranjero y demás bienes que adquiera a cualquier título; e) Los órganos de administración que regulan el actuar de esta entidad religiosa, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son dos: El Directorio General y el Directorio Local. El Directorio General estará compuesto por: Obispo o Presidente General, Secretario General, Tesorero General, Primer y Segundo director y Cuerpo de Diáconos: Son atribuciones del Directorio General: Velar por el fiel cumplimiento de los fines y objetivos de la Entidad; Recibir legado, donación y herencia en dinero, bienes muebles e inmuebles y cumplir y hacer cumplir los estatutos jurídicos, reglamentos internos y acuerdos de las Asambleas y las leyes, como también cuidará de los beneficios espirituales sociales y materiales de sus miembros. El Directorio General estará compuesto de 17 miembros. El Obispo o Presidente General es elegido con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Directorio General, su cargo es vitalicio y representará a la iglesia judicial y extrajudicialmente, el Secretario y Tesorero General, Primer y Segundo director serán elegidos por el Obispo General en conjunto con el Directorio General y durarán en su cargo 4 años, pudiendo ser reelegidos. Los miembros del cuerpo de Diáconos, serán elegidos por el Obispo General en conjunto con el Directorio General, no podrán ser más de 12 y su duración será de carácter indefinido. Sus funciones serán: Ayudar al Obispo o Presidente General en la administración, organización y toma de decisiones, en cuanto a la disciplina, trabajos espirituales y materiales a desarrollarse en dicha Entidad Religiosa; Velar por el crecimiento espiritual de los miembros de esta Entidad Religiosa; Reemplazar al Obispo o Presidente General cuando éste no pueda cumplir con sus funciones; Serán los encargados de vigilar las conductas de los Pastores de las Iglesias Locales, para lo cual serán miembros del Comité Disciplinario; Los miembros que compongan este cuerpo, podrán ser nominados como "Pastor probando" y llevar a su cargo la dirección de una iglesia afiliada a esta entidad. El Directorio Local estará supeditado al Directorio General, y sus miembros serán elegidos por el Directorio general y estará compuesto por un Pastor Local, cuya duración es indefinida, un Secretario local, un Tesorero local, un Cuerpo de diáconos de a lo menos dos miembros y un cuerpo de oficiales de a lo menos 4 miembros, cuyas duraciones en esos cargos serán de un año pudiendo ser reelegidos. El Directorio Local tiene como función principal velar por el funcionamiento de las Iglesias Locales; f) Fecha escritura Pública 03 diciembre 2020, Repertorio N° 1136-202,0 Acta constitutiva y estatutos día 13 noviembre 2020, Escritura Pública Complementaria 24 abril 2021, Repertorio N° 820-2021, ambas ante Notario Público Interino de la Primera Notaría de Coronel, Ingrid Ríos Fuentes, calle Sotomayor 520, Coronel. Coronel, 7 de Junio de 2021.






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