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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-08-03 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 1987167)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL DE CARTAGENA DEL NUEVO PACTO

(Extracto)

Certifico que con fecha 26 de abril de 2021, ante mí, Cristóbal Díaz Acevedo, Notario Público Interino de la 13ª Notaría de Santiago, con oficio en Compañía 1312, comuna de Santiago, se redujo a escritura pública bajo el repertorio 1932-21, asamblea constitutiva y estatuto de la entidad religiosa de derecho público Iglesia Metodista Pentecostal de Cartagena del Nuevo Pacto, domicilio calle San Antonio cuatrocientos treinta y siete, comuna de Cartagena, Región de Valparaíso. Inscrita Registro público del Ministerio de Justicia N° 5548 de fecha 4 mayo de 2021. Constituyentes: Fernando Antonio Troncoso Palma, Enrique Armando Morales Figueroa, Felipe Ignacio Troncoso Martínez, Ximena Evelyn Martínez Monardes, Margarita Saavedra Rodríguez, Patricia Magaly Cariaga Reinoso, Rosa Irene Maldonado Araya. Principios: La iglesia, una familia en la fe, la comunión entre los hermanos, el respeto a la dignidad de todo ser humano, sin hacer distinción por su condición social, raza o etnia, el amor y el perdón como Cristo lo instituyó. Fundamentos o artículos de Fe: El único y Verdadero Dios. La Deidad del Señor Jesucristo. La Biblia es palabra de Dios. El matrimonio, institución creada por Dios. La salvación del hombre y vida eterna. Las ordenanzas de la iglesia. El bautismo en el Espíritu Santo. La gran comisión. La segunda venida de Cristo. El juicio Final. Órganos de administración: Directorio integrado por siete personas: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y cuatro directores. El Presidente del Directorio será el Pastor Presidente de la iglesia, quien es representante legal, representará judicial y extrajudicialmente, tendrá demás atribuciones que el estatuto le encomiende. Atribuciones: Dirigir y velar para que se cumplan y acaten principios, objetivos y estatutos; Administrar los bienes e invertir sus recursos. Citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias; Redactar los reglamentos. Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; Rendir cuenta en la asamblea general ordinaria. Entregar, al término de su período, una cuenta de gestión al Directorio. Además, colaborar con el Pastor Presidente en la dirección superior de la Iglesia. Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los reglamentos. Someter los problemas cuya gravedad afecte a pastor o líder activo al Comité de Ética. Exigir a los pastores nacional e internacional que tuviesen a su cargo bienes pertenecientes a la Iglesia, un inventario de ellos. Nombrar al Secretario y Tesorero, dentro de los miembros del Directorio; Todo lo relacionado con la situación económica y financiera de la Iglesia. Aceptar donaciones, comodatos, herencias de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales e internacionales. Nombrar al personal para el cumplimiento de la finalidad de la Iglesia, fijarle sueldo, si procede. Acordar erogaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros y hacer depósitos de los mismos en cuentas bancarias, girar y endosar y cancelar cheques, acordar la compra de bienes muebles e inmuebles a nombre de la iglesia. Propiciar o redactar el Reglamento Interno y manuales de procedimiento disciplinario que regule régimen interno, financiero y administrativo de la Iglesia. Asamblea Anual, autoridad máxima de organización, la que se reunirá una vez al año en lugar y fecha que el Pastor Presidente junto al directorio lo determinen. Secretario. Son deberes del secretario Llevar los libros de actas del Directorio, de las asambleas generales. Despachar las citaciones a las asambleas generales. Elaborar la tabla de sesiones del Directorio, de las asambleas generales y extraordinarias. Autorizar con su firma la correspondencia y documentación de la Iglesia, con excepción de aquellas que correspondan al Presidente y recibir y despachar la correspondencia en general; Autorizar con su firma las copias de las actas que solicite algún delegado; y emitir cartas de presentación o recomendación cuando sea requerido por algún miembro de la iglesia. En general, cumplir con todas las tareas que le encomienden el Directorio, el Presidente, los estatutos y los reglamentos, relacionados con sus funciones. El tesorero tendrá las siguientes funciones: participar de todas las reuniones de administración de la Iglesia, con las siguientes funciones: Uno: Llevar un libro de contabilidad de entradas y salidas de dinero. Dos: Presentar al directorio Balances mensuales y preparar anualmente el Balance General y Cuentas de Gastos y Recursos e inventarios correspondientes, que previa aprobación del Directorio serán sometidos a la Asamblea Ordinaria. Tres: Organizar, vigilar y responder de la contabilidad general de la entidad religiosa. Cuatro: Dar cuenta del estado económico de la Iglesia al Pastor Presidente toda vez que se le exija. Cinco: Cumplir la misión que la Iglesia le encomiende relacionado con la tesorería de la Iglesia; Seis: las demás funciones señaladas en el Artículo Décimo Noveno del Estatuto. La iglesia tendrá una asamblea Anual, con la dirección del Pastor Presidente y el directorio, además con la participación de todos los pastores de las Iglesias que posea en el país y extranjero. Tendrá las funciones espirituales y administrativas siguientes: Impartirá las normas de doctrina, trabajos religiosos, culturales y normas generales. Aceptar donaciones que sean donadas a la iglesia. Reglamentar las actividades y funciones de los pastores, y miembros en plena comunión en general. Dictar y sancionar los reglamentos necesarios que deben regir las actividades de la Iglesia, modificarlos o derogarlos, siempre que estos no se refieran a normas estatutarias. Designará y confirmará a los líderes, demás autoridades y miembros en plena comunión. Designará y confirmará a los líderes probados y aptos para el pastorado y a todo lo relacionado con la administración y dirección general de la Iglesia. También podrá tratarse en ella cualquier asunto de orden temporal y que tenga relación con los intereses de la Iglesia. Revisar los informes emitidos por el Comité de Ética. Asambleas Extraordinarias: se celebrarán cuando el Pastor presidente o el Directorio acuerden convocarlas, por estimarlas necesarias. Sólo podrán tratar los siguientes temas: Modificación o cambios de los estatutos. Aprobar o modificar el reglamento interno, manual de procedimiento. Acordar la adquisición, enajenación, traspaso, permuta, arrendamiento o gravámenes de los bienes raíces o muebles y celebrar cualesquier acto o contrato que se estipule necesario o conveniente, disolución o cambio de nombre de la iglesia. Escritura de modificación de fecha 22 junio de 2021, repertorio 21, ante Notario Público Interino Cristóbal Díaz Acevedo, 13° Notaría de Santiago, Compañía 1312. Santiago, 27 de julio de 2021.






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