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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-08-27 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 1999926)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELÍSTICO PENTECOSTAL TIEMPO DE RESTAURACIÓN SALMO 80:3

(Extracto)

Nombre: Ministerio Evangelístico Pentecostal Tiempo de Restauración Salmo 80:3 con domicilio en Pasaje Santa Verónica N° 14329, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, República de Chile, con Registro Público N° 5577, de fecha 10 de junio 2021. Constituyentes: Víctor Omar Parada Gacitúa, Jocelyn Gabriela Almendra Ubilla, Mónica de las Mercedes Quintanilla Sánchez, Nathaly Andrea Placencia Parra, Fabián Andrés Valdés Soto. Fundamentos: Los elementos esenciales que caracterizan al Ministerio Evangelístico Pentecostal Tiempo de Restauración Salmo 80:3, son principios de la iglesia: uno) La Biblia, inspirada por Dios, como única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, corrección y guía de salvación, dos) Dios. Creemos que hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, perfecto en justicia, de infinito poder, sabiduría y bondad el cual es el hacedor y sustentador de todo cuanto existe; tres) Jesucristo: Creemos que el Dios Hijo se manifestó en carne sin dejar de ser Dios y que en Él habitan dos naturalezas. La divina. Con todos sus atributos, y la humana en absoluta perfección, constituyendo una persona indivisible. Creemos en su nacimiento virginal, su vida sin pecado, sus milagros, su muerte y resurrección y su segunda venida en gloria y majestad. Órgano de Administración: La dirección superior de la iglesia estará a cargo de un directorio de cinco personas, presidente: Víctor Omar Parada Gacitúa, secretario: Jocelyn Gabriela Almendra Ubilla, tesorero: Mónica de las Mercedes Quintanilla Sánchez, subsecretario: Nathaly Andrea Placencia Parra, Primer director: Fabián Andrés Valdés Soto. La Asamblea General es la reunión de todos los miembros en plena comunión de la iglesia y son representados por sus respectivos pastores; estará presidida por un directorio elegido por ella misma, el que llevará la dirección superior de la iglesia para todos los efectos legales. Sus acuerdos adoptados, en la forma y con los quórums establecidos por los estatutos, obligan a todos sus miembros presentes y ausentes. Las Asambleas generales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán una vez al año en el mes de abril. En las asambleas generales ordinarias podrán tratarse todos los asuntos relacionados con los intereses de la iglesia, con excepción de aquellos que correspondan exclusivamente a las asambleas generales extraordinarias. Corresponderá especialmente a las asambleas generales la rendición de cuentas del directorio, aprobación o rechazo de ellas, la elección del nuevo directorio, la fijación de cuotas ordinarias y , extraordinarias y la aprobación de los presupuestos de administración y de inversión de los fondos presentados por el directorio. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir a la iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos de que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la iglesia y los someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a la asamblea general ordinaria y extraordinaria cuando las estimen necesarias o a petición escrita de un tercio de los miembros de la misión. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la misión. f) Rendir Cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria correspondiente de las inversiones de los fondos de la iglesia y de su marcha durante el periodo en que se ejerza sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la iglesia especialmente las religiosas. Escrituras Pública: contiene los estatutos del día 7 de junio, del año dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Titular de San Miguel con asiento en la Cisterna, Evelyn Carolina Sánchez Tapia, en Avenida Goycolea número doscientos sesenta. La Cisterna.






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