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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS


DO 1832489 2020

DO 2021-09-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA / DEPARTAMENTO PERSONAS JURIDICAS - UNIDAD ENTIDADES RELIGIOSAS

(CVE 2002933)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA COMUNITARIA SOCIAL CASA DE AVIVAMIENTO CHILE

(Extracto)

Hugo Monroy Foix, Notario Público de la ciudad de Quillota, con oficio en calle O'Higgins Nº 414, Quillota, certifica: Que por escritura pública de fecha 11 diciembre 2020, Repertorio 2825-2020, complementada por escritura pública de fecha 9 junio 2021, Repertorio 1449-2021, se redujo a escritura pública acta constitutiva y estatutos, entidad religiosa denominada “Iglesia Comunitaria Social Casa de Avivamiento Chile”. Dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el Nº 5.480, de fecha 9 de febrero de 2021. Para efectos de publicación en el Diario Oficial, según artículo 11 Reglamento, DS 303, año 2000, Ministerio de Justicia, se extracta lo siguiente: a) Nombre: Iglesia Comunitaria Social Casa de Avivamiento Chile; Domicilio: Calle Principal número 1341, Población Manuela Figueroa, comuna de Quillota; b) Registro Público de Inscripción Nº 5.480, de 9 febrero 2021; c) Nombre de los constituyentes: José Parra Muñoz, Priscila Jiménez Córdova, Claudio Parra Jiménez, Pamela Aguilera Tapia, Crístofer Luna Lizama, Eduardo Lobos Riquelme, Iris Vargas Morales, Johana Castro Rivera, Sebastián Fernández San Martín, Luis Véliz Cisternas, Luis Véliz González y Mayerlin Segovia Ramos; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Creemos que hay un solo Dios, infinitamente perfecto, que existe eternamente en tres personas: El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo; Creemos que Jesús es el Cristo, el Mesías esperado, verdadero Dios y verdadero Hombre. Fue concebido por el Espíritu Santo, nacido de María virgen, vivió, murió, resucitó, ascendió a los cielos, reina y regresará al final de los tiempos; Creemos en el Espíritu Santo, persona divina, eterno junto al Padre y al Hijo, enviado para dar testimonio de Cristo, convencer al mundo de pecado, de justicia y de juicio. Para morar en el creyente, con el fin guiarle, dotarle, enseñarle y darle poder para cumplir la misión de Dios; Creemos que las Sagradas Escrituras, Antiguo y Nuevo Testamento, son inspiradas por Dios, las cuales testifican del encuentro de Dios con el ser humano en la historia, fuente de la misión, fe y conducta; Creemos que el ser humano, hombre y mujer, fue creado por Dios a su imagen y semejanza, quien instituyó el matrimonio entre ambos; Creemos en la existencia del pecado como desobediencia y rebelión del ser humano al mandato divino, resultando esto en la ruptura de su relación con Dios, consigo mismo, de unos con otros, y con el resto de la creación; Creemos que la vida humana es un don de Dios que comienza con la concepción. Es responsabilidad de todos promoverla en cada una de sus etapas y dimensiones, bajo toda condición; Creemos que la salvación, obra de Gracia realizada por Jesucristo en la cruz para los seres humanos, es la restauración de las relaciones rotas por el pecado, para aquellos que creen en Él, reconociendo su señorío. Dicha restauración alcanza a toda la creación; Creemos que en la obra redentora del Señor Jesucristo se ha hecho provisión para la sanidad integral del ser humano, conforme a su voluntad; Creemos que la santidad es un estado adquirido en la conversión y, a su vez, una experiencia progresiva. Cada creyente debe ser enteramente santificado mediante la obra del Espíritu Santo, siendo por ella separado del poder del pecado y plenamente consagrado para una vida de servicio a Dios en el mundo; Creemos que la Iglesia, creación de Dios, formada por hombres y mujeres que creen en el Señor Jesucristo, redimidos por su sangre y nacidos de nuevo por el Espíritu Santo, tiene su expresión visible en la iglesia local; Creemos que la iglesia existe para la adoración a Dios, la edificación por medio de las Escrituras, la oración, la comunión, la proclamación del Evangelio, el cuidado de su testimonio y la celebración de las ordenanzas. Su misión es la urgente evangelización del mundo, entendida ésta como el anuncio del reinado de Cristo en la historia; Creemos que la Segunda Venida del Señor Jesucristo por su Iglesia es inminente, personal, visible y gloriosa. En esta venida consumará su reino eterno, acontecimiento que se convierte en esperanza del creyente y horizonte en el cual se ejecuta la misión; Creemos que habrá una resurrección corporal de los justos y de los injustos; los primeros, resucitados para la vida eterna y los segundos, para condenación eterna. Por tanto, es deber de todo creyente vivir una vida como la de Cristo: de fe, testimonio y sacrificio; entregarse al estudio de la Palabra, la oración e intercesión en favor de otros; Creemos en el poder e intervención sobrenatural del Espíritu Santo y sus multiformes manifestaciones, siendo guía y luz conforme a las escrituras en el libro de Hechos “y recibirás poder cuando haya venido sobre vosotros el Espíritu Santo”. e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Pastor presidente, Junta General, Directorio, Pastor Presidente es elegido por designación y durará en sus funciones de forma vitalicia y representará a la iglesia. Junta General, representa al conjunto de sus miembros. Son funciones de la Junta General: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos, Reglamentos, acuerdos de las Juntas Generales y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes de la Iglesia e invertir sus recursos; c) Citar a Juntas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y época que señalan estos Estatutos; d) Proponer la creación de las Personas Jurídicas Derivadas de derecho público y de derecho privado, Centros comunitarios y Fundaciones, respectivamente, para los trabajos sociales, de acuerdo al procedimiento que se establece en el Artículos anteriores de estos Estatutos, para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Iglesia; e) Crear los diversos Departamentos que sean necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia a nivel nacional y el cumplimiento de sus fines; f) Nombrar y remover los directivos y demás personal de estos Departamentos; g) Establecer las comisiones que sean necesarias para el funcionamiento de la Iglesia y avance de la obra, y designar y remover sus miembros; h) Rendir cuentas en la Junta General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia como del movimiento de sus fondos, mediante la presentación de estados financieros, que en esa ocasión se someterán a la aprobación de sus miembros; i) Redactar los Reglamentos que estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos Reglamentos a la aprobación de la Junta General. El Directorio, compuesto por 7 miembros, durará indefinidamente en sus funciones. Son funciones del directorio: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f ) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. Quillota, 13 de agosto de 2021.






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