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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-10-08 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2021954)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELÍSTICO PENTECOSTAL VIENTO Y FUEGO A LAS NACIONES

(Extracto)

Luis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de mayo de 2021, repertorio número 1021-2021, Víctor Alfonso Leiva Fuentes, Nataly Muñoz López, Carlos Francisco Muñoz Calderón y Génesis Raquel Corona Medina, todos domiciliados en Pasaje H número 4488, Pedro Aguirre Cerda, constituyeron una Persona Jurídica de Derecho Público, cuyas principales cláusulas extracto: a) Nombre: Ministerio Evangelístico Pentecostal Viento y Fuego a las Naciones; Domicilio: Pasaje H N°4488, Pedro Aguirre Cerda, Santiago; b) Registro Público de Inscripción Nº 5589 de 24 junio 2021; c) Nombre de los constituyentes: Víctor Alfonso Leiva Fuentes, Nataly Muñoz López, Carlos Francisco Muñoz Calderón, Génesis Raquel Corona Medina. Todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de cincuenta artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Creemos en un solo Dios y Padre de todos; Creemos que Jesucristo es el unigénito hijo de Dios; Creemos que el Espíritu Santo; Creemos que la trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo; Creemos en la inspiración divina de las sagradas escrituras (La Biblia), la cual está constituida por el Antiguo Testamento con treinta y nueve libros y el Nuevo Testamento con veintisiete libros; Creemos que la salvación es por gracia y por medio de la Fe en el Señor Jesucristo y no por obras para que nadie se gloríe; Creemos en el cielo; Creemos en el infierno; Creemos en el Bautismo Bíblico Apostólico que debe ser en agua y por inmersión; Creemos en la Santa Cena que fue instituida por nuestro Señor Jesucristo para hacer memoria de su muerte y resurrección; Creemos que los Dones Espirituales dados por el Espíritu Santo; Creemos que las ofrendas y diezmos son el medio voluntario de amor establecido por Dios; Creemos en la inminente segunda venida de Cristo; Creemos en la existencia de Satanás y de los Demonios; Proclamar el evangelio eterno de nuestro Señor Jesucristo para transformación y salvación de las almas; Contribuir a la salvación espiritual y ética de hombres y mujeres; Velar por el perfeccionamiento espiritual de sus fieles; Difundir las enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo; Realizar labores de educación, enseñanza y seminarios ya sea a través de las escuelas, colegios, institutos y universidades existentes, como así mismo crear y sostener sus propias escuelas, colegios, institutos y universidades; Realizar actividades evangelizadoras en hospitales, cárceles e instituciones de las Fuerzas Armadas y Orden; Realizar actividades de ayuda, asistencia social y rehabilitación; Crear y establecer dispensarios, policlínicos y hospitales; Celebrar matrimonios como dice en Génesis Capítulo uno Versículo veintisiete, entre un hombre y una mujer, que es la única base para la familia cristiana. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá: Realizar, conformidad con los artículos octavo y noveno de la ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, entidades derivadas bajo las normas que establece el título quinto de estos estatutos; administrar sus bienes, Citar a reuniones, Cumplir los acuerdos, Comprar, permutar, vender, tomar en arrendamiento, ceder y transferir toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, Aceptar cauciones prendarias o hipotecarias y alzar dichas cauciones e hipotecas, Celebrar contratos de mutuos y cuentas corrientes bancarias, de leasing, de depósitos, de ahorros y créditos, girar sobre ellas, percibir, retirar talonarios y aprobar saldos, sobregirar, prorrogar y protestar cheques. Dichas operaciones se realizarán con la firma del presidente o vicepresidente, Delegar facultades que tengan relación con la administración

económica del Ministerio, Contratar seguros, pagar las primas, aprobar las liquidaciones de los siniestros y percibir el valor de la póliza, firmar, endosar y cancelar pólizas, Estipular en cada contrato que se celebre los precios, plazos y condiciones que juzgue convenientes, anular, rescindir, resolver y terminar dichos contratos, desahucios o cualquier otra forma; e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Presidente Pastor Víctor Leiva Fuentes, Vicepresidente Carlos Muñoz Calderón, Secretaria Génesis Corona Medina, Tesorero Pastora Nataly Muñoz López, el cargo de presidente y vicepresidente durarán en sus funciones en forma indefinida y representará a la iglesia. El secretario y el tesorero durarán en sus funciones un año. Las cuales son: secretario, Llevar un libro de actas, Redactar toda correspondencia, Recibir y despachar la correspondencia, Dar cuenta de correspondencia, Firmar las actas de las sesiones, Hacer cumplir los acuerdos, Llevar un listado de registro de hermanos, Ejecutar los asuntos y además tareas que le encomienden, Llevar un libro de entrada y salida, Notificar en forma personal, Custodiar toda la documentación y libros; tesorero, Percibir, custodiar los fondos, Llevar la contabilidad, Exigir los comprobantes, Llevar y mantener un libro para el registro de inventario, Presentar cada tres meses un balance, Pagar las obligaciones, Depositar los fondos. f) Fecha escritura pública 27 mayo 2021 ante Notario Público San Miguel Luis Alberto Maldonado Concha, con domicilio en Ramón Subercaseaux N°1244, comuna de San Miguel. San Miguel, 30 de septiembre de 2021.






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