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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-10-26 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2029673)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA AVIVAMIENTO APOSTÓLICO DE JESUCRISTO DE CHILE

(Extracto)

Nicolás Valenzuela González, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno, don Abdallah Fernández Atuez, con oficio en Avenida calle Nueva Mackenna número ochocientos setenta y uno, oficina ciento dos, de la ciudad de Osorno, certifica: Con fecha 30 de julio de 2021, otorgada ante el notario público Titular don Abdallah Fernández Atuez; se redujo a escritura pública el acta de constitución de la personalidad jurídica de derecho público denominada "Iglesia Avivamiento Apostólico de Jesucristo de Chile", inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 3544, de fecha 1 de octubre de 2021. Constituyentes: José Miguel Melillanca Barría, C.I. 10.039.286-0, pasaje Tegualda N° 1325, Osorno, casado, Pastor, comerciante; Óscar Magdiel Guzmán Yáñez, C.I. 10.126.910-8, pasaje Puerto Aguirre N° 1203, Puerto Montt, casado, obrero; Mireya del Carmen Lagos Vargas, C.I. 13.290.154-6, pasaje Puerto Aguirre N° 1203, Puerto Montt, casada, dueña de casa; Bernarda Mardones Vargas, C.I. 10.663.560-9, pasaje Tegualda N° 1325, Osorno, casada, dueña de casa; Carlos Javier Loncomilla Gómez, C.I. 17.357.345-6, pasaje Tegualda N° 1278, Osorno, soltero, obrero; Ninoska Anastasia Otárola Manríquez, C.I. 18.707.257-3, pasaje Tegualda N° 1278, Osorno, soltera, dueña de casa; Rosa Noemí Melillanca Mardones, C.I. 17.851.375-3, pasaje Juan Flores N° 1489, Osorno, soltera, asistente de párvulos; Cynthia Melillanca Melillanca, C.I. 17.658.628-1, Santa Bárbara N° 2345, Osorno, soltera, dueña de casa; Héctor Raúl Melillanca Barría, C.I. 11.708.077-3, Santa Bárbara N° 2345, Osorno, casado, obrero; María Elizabeth Melillanca Barría, C.I. 11.924.155-3, Santa Bárbara N° 2345, Osorno, soltera, dueña de casa; Paulina Constanza Huenchuan Cano, C.I. 19.208.097-5, Nueva Imperial N° 2303, Osorno, soltera, técnico en enfermería; Priscila Alejandra Pailanca Villarroel, C.I. 18.131.222-K, Ancud N° 1085, Osorno, soltera, dueña de casa; Vanessa Soledad Vegas Adriazola, C.I. 17.998.050-9, Real N° 2012, Osorno, soltera, asistente de párvulos; Carlos Andrés Pavés Barrera, C.I. 14.431.002-0, pasaje San Lucas N° 1770, Osorno, soltero, comerciante; María Angélica Ulloa Aros, C.I. 8.166.492.-7, La Candelaria N° 714, Osorno, soltera, dueña de casa; Joselyn Macarena Villanueva Ulloa, C.I. 17.126.235-6, La Candelaria N° 714, Osorno, soltera, dueña de casa; Humberto Calderón Flores, C.I. 14.452.989-8, Brasil N° 785, Osorno, soltero, comerciante; Carlos Fabián Huenupan Vivanche, C.I. 17.742.383-1, Popoén N° 2021, Osorno, Técnico en informática, soltero. Domicilio: Ciudad y comuna de Osorno, Villa Quilacahuin, calle Tegualda número mil trescientos veinticinco, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República y en el extranjero previo acuerdo de la Conferencia General. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios: Los elementos que caracterizan a la "Iglesia Avivamiento Apostólico de Jesucristo Chile": Es una iglesia Cristiana, edificada sobre el fundamento de Apóstoles y Profetas, cuya principal piedra angular es Jesucristo mismo, Efesios 2:20, por cuanto está centrada en la enseñanza del mensaje de reconciliación presentado por nuestro Señor y Dios Jesucristo y la Iglesia existe para servirle a Él y para su Gloria, anunciando la salvación, perdón de pecados y la santidad. Su tarea y su razón de ser es continuar con el legado apostólico según el libro de los Hechos, por cuanto la Iglesia nace el día de pentecostés llena del Espíritu Santo para su gran tarea de guiar y revelarles la verdad y entregarles las estrategias a los Apóstoles, para que se desarrollaran sus ministerios. Los fundamentos y principios se sustentan en las enseñanzas, principios y leyes espirituales contenidas en la Biblia. En particular, en virtud del derecho reconocido por Constitución Política de la República de Chile, de la ley 19.638, la Iglesia afirma su derecho irrenunciable de creer, profesar, proclamar públicamente, enseñar y publicar todo el contenido de la Biblia y las doctrinas cristianas que de ella se deriven,

proclamando que: A) Creemos en Dios, como la Biblia lo revela, único, verdadero y eterno, santo, justo, todopoderoso, creador de la vida y de todo lo que existe, lleno de amor y misericordia, dispuesto a perdonar y recibir a quienes en verdad lo buscan. B) Aceptamos como válida y verdadera la Biblia, consistente en el antiguo testamento de 39 libros, provenientes del canon Hebreo y el nuevo testamento de 27 libros. Por lo que reconocemos como útiles las distintas versiones y traducciones del texto bíblico. C) Creemos que Dios en la dispensación del cumplimiento de los tiempos, se hizo hombre y en esa condición hizo el sacrificio perfecto, entregando su vida para pagar el precio de nuestra condenación y darnos salvación y vida eterna, como dicen las escrituras de Judas 1:24 y 25, 1° Juan 5.20 y que hoy está presente en la Iglesia bajo las promesas del Espíritu Santo que nos guía, nos enseña, nos capacita, nos perfecciona, para su gloria y nos da poder para ser testigos de él. D) Creemos que por causa de la desobediencia del hombre y de la mujer se rompió la comunión perfecta entre Dios y el género humano (Génesis 3:1-24), pero que Dios, a través de las dispensaciones del tiempo ha buscado restaurar esa relación, solo por amor, hasta el punto de ser capaz de humillarse a sí mismo y participar de carne y sangre como sacrificio perfecto, para que todas las personas que en Él crean, puedan recibir el perdón y salvación (Filipenses 2:6 al 7) volviendo a estar así reconciliados con Dios (Efesios 2:2 al 16). E) Creemos que el Señor Jesús instituyó la Iglesia al llamar y formar discípulos y comisionarios para que se predicase en su Nombre el arrepentimiento y el perdón de los pecados en todas las naciones, comenzando desde Jerusalén según (Lucas 24:43 al 49 y Hechos 2:38). F) Creemos en el sacerdocio universal de los creyentes, esto es, que cada persona que ha recibido a Jesucristo, es llamado para ser su discípulo y participar de la gran tarea dada por Jesucristo a la Iglesia, de "Id por todo el mundo y predicad su evangelio a toda criatura". De modo que reconocemos la diferencia entre hombres y mujeres para participar de la tarea de la iglesia en la proclamación del Evangelio. G) Creemos en el bautismo, que consiste en ser sumergido completamente en el agua, en el nombre de Jesucristo para perdón de los pecados y presentando con esto que el creyente participa de la muerte y la resurrección de Jesús (Romanos 6:3 al 11). H) Creemos en la recepción del Espíritu Santo de la promesa con la evidencia de hablar en otras lenguas como sucedió en el día de pentecostés según (Hechos 2:4). I) Creemos en la santa cena, participando con ello en un sentido espiritual, del cuerpo y la sangre de Cristo (Mateo 26:26-29, 1° Corintios 11:23-26). J) Creemos en el arrebatamiento de la Iglesia y que ocurrirá antes de la Gran Tribulación según (1° Tesalonicenses 4:16-17 y 1° Corintios 15:51 y 2° de Pedro 3:13-15). K) Creemos que la Gran Tribulación será un acontecimiento real en la tierra (Mateo 024:1-33). L) Creemos en el Reinado Milenial de Jesucristo según (Apocalipsis 1:7, Hechos 1:7, 1° Corintios 15:24-25, Zacarías 14:4-6). M) Creemos en el Gran Trono Blanco como dicen las escrituras en (Apocalipsis 20:11-12, Romanos 2:16, 2° Pedro 3:13, 2° Tesalonicenses 1:8, Isaías 51:6, Apocalipsis 22:1-5). Órganos de Administración: El Obispo, Directorio Nacional y Conferencia General. El obispo es la autoridad máxima de la iglesia, quien la conducirá de manera indefinida tanto en lo espiritual como en lo administrativo, tendrá las siguientes atribuciones: A) Representar judicial y extrajudicialmente a la iglesia. B) Administrar los bienes de la iglesia. C) Convocar y presidir las sesiones y reuniones de las conferencias generales ordinarias y extraordinarias cuando corresponda, de acuerdo con los presentes estatutos. D) Ejecutar los acuerdos de la conferencia, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden al secretario, tesorero y otros funcionarios que se designen en las conferencias. E) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la Iglesia. F) Designar y remover a los miembros del directorio y a las comisiones de trabajo que estime conveniente. G) Firmar la documentación propia del cargo y aquella en que debe representar a la Iglesia. H) Dar cuenta anualmente en la Conferencia General a nombre y con acuerdo del Directorio de la marcha de la institución y del estado financiero de la misma. Sin perjuicio de todas las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos presentes y futuros. Directorio Nacional estará constituido por seis miembros, que desempeñarán los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Directores, quienes ejercerán sus funciones gratuitamente y por un periodo de un año, con excepción del Presidente, quien permanecerá en el cargo de manera "indefinida". El Directorio Nacional tendrá las siguientes atribuciones: 1.- Colaborar con el presidente en la dirección de la Iglesia y velar por el cumplimiento de sus Estatutos y finalidades. 2.- Asistir al presidente en la administración de los bienes sociales e inversión de sus recursos. 3.- Citar a Conferencia General, en la forma y tiempo señalados en estos Estatutos. 4.- Redactar los reglamentos que estimen necesarios para el correcto funcionamiento de la Iglesia y de los diversos departamentos que se constituyan para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Conferencia General. 5.- Cumplir con los acuerdos de la Conferencia General. 6.- Rendir cuentas en la Conferencia General, en relación a la marcha de la Iglesia como también de la inversión de sus fondos, ya sea mediante una memoria, balance e inventario, circunstancia en la cual se pondrá en

conocimiento de todos los asistentes a la conferencia. Conferencia General, existirán conferencias ordinarias y extraordinarias, las que deberán celebrarse con el quórum, periodicidad, en relación a las causales que los estatutos establezcan. La conferencia ordinaria se celebrará una vez al año de preferencia en Semana Santa y en ella podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses y la situación o marcha normal de la Iglesia. Corresponde exclusivamente a la conferencia extraordinaria las siguientes materias: 1.- De la reforma de los Estatutos de la Iglesia. 2.- De la disolución de la Iglesia. 3.- De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros en las conferencias para hacer efectivas las responsabilidades que por ley o los Estatutos les correspondan. 4.- Aquellas otras materias que sin decir relación con la marcha normal de la iglesia, se señalan en estos estatutos o en acuerdo de la conferencia. Los acuerdos a que se refieren las letras a) y b) deberán reducirse a escritura pública, que se suscribirá en representación de la "Iglesia Avivamiento Apostólico de Jesucristo Chile", sea el presidente o la(s) persona(s) que este designe. Conducirá la Conferencia General el presidente de la iglesia, actuando como secretario, el ocupante de dicho cargo o las personas que corresponda en conformidad con los estatutos. Los acuerdos en las conferencias se tomarán por mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo en aquellos casos en que los estatutos o leyes especiales hayan fijado un quórum distinto. Las conferencias se realizarán con la asistencia del obispo, los miembros del directorio, los pastores probando y en ejercicio, evangelistas, maestros y diáconos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 15 de octubre de 2021.






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