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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-11-17 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2041719)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA CRISTIANA SHEKINÁH

(Extracto)

Jessica Lorena Aguilera Tapia, Abogada, Notario Público de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, con oficio ubicado en calle Caupolicán Nº 355, Los Ángeles, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 06 de mayo del año 2020, Rep. 1680-2020, otorgada ante don Juan Mauricio Araneda Medina, se redujo a escritura pública el acta de constitución y escritura aclaratoria, rectificatoria y complementaria de constitución de estatutos, respectivamente, de la organización religiosa de derecho privado denominada Iglesia Cristiana Shekináh, inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia Nº3540 del 01 de octubre de 2021. Constituyentes: Fernando Alexis Palmilla Díaz, cédula de identidad Nº 15.208.976-7, Carla Abigail Vásquez Suazo, cédula de identidad Nº 17.272.463-9, Juan Horacio Muñoz Pacheco, cédula de identidad Nº 17.272.405-1, Bernardo Enrique González Bascur, cédula de identidad Nº 10.718.021-4, Delia Ester Erices González, cédula de identidad Nº 11.558.475-8, Marcelina Eliana Alen Sepúlveda, cédula de identidad Nº 7.413.181-6, Magaly del Carmen Ramos Bastías, cédula de identidad Nº 14.477.680-1, Maria Jacqueline Fernández Soto, cédula de identidad Nº 14.303.227-2, Elías Elizafán Ramos Bastías, cédula de identidad Nº 11.959.710-2, Manuel Antonio Ruiz Parada, cédula de identidad Nº 9.170.582-6, Gastón Santos Delgado Contreras, cédula de identidad Nº 13.387.277-9, Alicia Peña Parra, cédula de identidad Nº 8.019.817-7, Víctor Fernando Gallardo Villegas, cédula de identidad Nº 11.242.339-7, María Felisa Aguayo Yáñez, cédula de identidad Nº 11.154.667-3, Raúl Alberto Herrera, cédula de identidad Nº 22.087.778-7. Domicilio: Pasaje "Los Quechuas" número setecientos noventa y nueve, población "Ampliación de las Américas", la que no forma en caso alguno parte del patrimonio de la Iglesia Cristiana "Shekináh", sino, sólo servirá de sede momentánea donde la congregación lleve a cabo sus reuniones. Elementos esenciales, fundamentos y principios: "Fundamentos y Principios de Fe": Uno: Creemos en un solo Dios y Padre de todos, Santo Infinito, Vivo, Justo Verdadero y Eterno; de infinito Poder y Sabiduría, lleno de bondad y misericordia, Omnisciente y Creador de todas las cosas visibles e invisibles. Dos: Creemos que Jesucristo es el Unigénito Hijo de Dios, fundamento de las iglesias, Verbo del Padre, Verdadero y Eterno Dios, Verdadero Hombre, concebido por el Espíritu Santo en el seno de la Virgen María, cuyo nombre es Jesucristo o Emanuel, y a quien según las Escrituras, le ha sido dada toda potestad y señorío, sobre todo nombre que se nombre, no sólo en este siglo sino en el venidero, todas las cosas están debajo de sus pies, Él es la cabeza de la Iglesia, nuestro Señor, Salvador, Redentor, Pastor y Obispo de nuestras almas, Abogado, Sumo Sacerdote, Mediador y Único Intercesor entre Dios y los hombres; que resucitó de entre los muertos, al tercer día subió al cielo y en el día postrero juzgará al mundo. Tres: Creemos que el Espíritu Santo, procede del Padre y del Hijo y, que éstos son de una misma sustancia verdadera y eterno Dios Omnisciente, Omnipresente, que consuela, enseña, santifica, edifica, capacita, purifica y sella. Es la Promesa cumplida para todos los creyentes en Cristo Jesús, de su manifestación conforme a la Palabra de Dios. El Espíritu Santo es el Único Consolador Vicario o representante de Cristo en la tierra. Cuatro: Creemos en la Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo; todos iguales en cuanto a su perfecta y suprema divinidad y, en sus relaciones para con la humanidad. El Padre se nos presenta como Creador, Preservador y Gobernador del Universo, el Hijo como el revelador de la Divinidad y Redentor. El Espíritu Santo como el que santifica y habita interiormente en el creyente. Cinco: Creemos en la inspiración Divina de las Santas Escrituras (La Biblia) como la infalible Palabra de Dios, que contiene todas las cosas necesarias para una Salvación, la cual está constituida por el Antiguo Testamento con treinta y nueve Libros y el Nuevo Testamento con veintisiete Libros. Los Libros comúnmente titulados de Apócrifos por no ser de inspiración divina no forman parte del canon de las Santas Escrituras, y por lo tanto no son de autoridad para la Iglesia de Dios ni deben aceptarse ni usarse sino de la misma manera que otros escritos humanos. Seis: Creemos que la Salvación es por gracia, por medio de la fe en el Señor Jesucristo y no por obras, para que nadie se gloríe; es un don de Dios. Todos los hombres y mujeres han pecado y están destituidos de la Gloria de Dios. El único medio y camino para alcanzar la reconciliación y paz con Dios, es a través de Jesucristo. Siete: Creemos en el cielo como un lugar de bienaventuranza para los fieles, gozo y perfección, donde Dios enjugará toda lágrima y habrá eterna felicidad. Ocho: Creemos en la Iglesia Universal, militante y triunfante, compuesta por todos los creyentes en Cristo Jesús, en la tierra y en los cielos. Creemos en la Iglesia en su aspecto local como el reflejo de la Iglesia universal, que da testimonio efectivo ante el mundo de las verdades fundamentales de la Iglesia que es el Cuerpo de Cristo. Algunas de estas verdades fundamentales son: Somos un solo Cuerpo, todos los creyentes son miembros del Cuerpo de Cristo, la Iglesia es Santa, todos los creyentes deben ser sacerdotes activos para Dios, la Iglesia es autónoma y no está subordinada a otra Iglesia, Cristo es el Señor y su cabeza; la Iglesia la componen personas creyentes reunidas en el nombre del Señor Jesucristo a quien adoran en verdad y obedecen con prontitud, son una hermandad, una comunión de Santos, firmes en la libertad del Espíritu, practicando todo aquello que Dios les ha revelado y ordenado en las Sagradas Escrituras. La iglesia comienza el día de Pentecostés. No es una organización, sino una unidad viviente. Nueve: Creemos en el Bautismo Bíblico Apostólico que, debe ser en agua y por inmersión. Es mandato del Señor, es literal y de corazón, el cual se debe hacer conciente y en voluntad propia después de haber recibido a nuestro Señor Jesucristo. El bautismo nos salva; al bautizarse un creyente se incorpora al Cuerpo de Cristo (iglesia) y puede participar de la Cena del Señor y tener plena participación en la comunión con los hermanos. Diez: Creemos que la Santa Cena fue instituida por nuestro Señor Jesucristo para hacer memoria de Él -cada primer día de la semana- de su muerte y resurrección, en la cual todos los creyentes de la fe en el Señor Jesucristo participan del pan y del vino. Once: Creemos que los dones espirituales dados por el Espíritu Santo a cada creyente son para la edificación del Cuerpo de Cristo (iglesia). Los dones de apóstoles y profetas son dones de fundamento, sus enseñanzas están en las Santas Escrituras. No hay sucesión apostólica. Los dones de evangelistas, pastores y maestros están en ejercicio en la actualidad, son dones y no cargos. El don de lenguas es hablar en otras lenguas, idiomas, dialectos extranjeros reales y concretos que nunca se han estudiado. Las profecías son manifestaciones del poder de Dios. Creemos en el don de sanidad para sanar enfermedades físicas y espirituales obradas por Dios nuestro Padre a través de su Iglesia. Doce: Creemos en la provisión divina para el gobierno de la Iglesia del Señor. La labor de apacentar, cuidar y vigilar a la iglesia, la cual Cristo ganó con su sangre, está en manos de los pastores. Los vocablos bíblicos de "ministro", "obispo", "presbítero" y "pastor" son sinónimos y describen a la misma persona. El Nuevo Testamento nunca habla de un solo pastor en una iglesia ni de un obispo en una religión. Sólo el Espíritu Santo hace un hombre apto para ministrar como pastor. Los miembros de la Iglesia reconocen y confirman a sus pastores ordenados por Dios. Antes que se tuviera escrito el Nuevo Testamento, el apóstol Pablo los reconocía e instruía. El servicio a los santos está en manos de los diáconos y diaconisas. Trece: Creemos que las ofrendas y los diezmos son el medio voluntario de amor establecido por Dios para financiar las necesidades materiales de la Iglesia aquí en la tierra. Es un acto de adoración, por lo tanto, queda limitada sólo a los que han sido redimidos por la sangre de Cristo. Se deben recoger las ofrendas según cada creyente pudiere en amor. Éstas deben ser para evangelizar por hermanos dedicados a la obra, ayudar a los santos pobres, a las viudas y demás necesidades de la comunión. Catorce: Creemos en la Segunda Venida de Cristo y, que cuando regrese a la tierra habrá resurrección de muertos, vida eterna para todos los salvados y eterno castigo a los perdidos. Quince: Creemos en la existencia de Satanás y de los demonios, los que provocan el mal a los hombres y luchan contra la obra de Dios. Satanás es engañador, mentiroso y padre de mentira. Dieciséis: Creemos en el castigo final y el lugar de tormento, donde serán arrojados Satanás, los demonios y los incrédulos. Órganos de Administración: El órgano de administración o directorio se compone de tres personas a saber: 1) un Pastor Presidente, 2) un Secretario(a) y 3) un Tesorero(a). El Directorio se reunirá cada seis meses o cuando lo solicite el Pastor Presidente. Al Pastor Presidente se le atribuye la representación judicial y extrajudicial de la "Iglesia Cristiana Shekináh". El Pastor Presidente tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la "Iglesia Cristiana Shekináh" y administrar sus bienes; b) Citar a Reuniones; c) Cumplir los acuerdos que se tomen en las Reuniones; d) Comprar, permutar, vender, tomar en arrendamiento, ceder y transferir toda clase de bienes sean muebles o inmuebles; e) Aceptar cauciones prendarias o hipotecarias y alzar dichas cauciones hipotecarias; f) Celebrar contratos de mutuos y cuentas corrientes bancarias, de leasing, de depósitos, de ahorros y créditos, girar sobre ellas, percibir, retirar talonarios y aprobar saldos, sobregirar, prorrogar y protestar cheques. Dichas operaciones se podrán realizar con la firma del Pastor Presidente; g) Delegar facultades que tengan relación con la administración económica de la "Iglesia Cristiana Shekináh", revocar poderes y transigir, aceptar toda clase de herencias, legados, donaciones, subvenciones fiscales o municipales; h) Contratar seguros, pagar las primas, aprobar las liquidaciones de los siniestros y percibir o valor de la póliza, firmar, endosar y cancelar pólizas; i) Estipular en cada contrato que se celebre los precios, plazos y condiciones que juzgue conveniente, anular, rescindir, resolver y terminar dichos contratos, desahucios o cualquier otra forma. j) Presidir las sesiones del Directorio; k) Dirigir los debates haciendo observar en ellas el orden debido; l) Velar por el estricto cumplimiento de los estatutos de la "Iglesia Cristiana Shekináh"; m) Citar al Directorio a Reuniones indicando el motivo de ella; n) Firmar las actas y comunicaciones de la "Iglesia Cristiana Shekináh"; ñ) Resolver los casos urgentes que se presenten, debiendo dar cuenta de ellas al Directorio; o) Tomar las medidas pertinentes sobre el régimen interno de las dependencias; p) Ejercer la supervisión de los servicios de la "Iglesia Cristiana Shekináh"; q) Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes y necesarias; r) Ordenar y ungir nuevos ministros; s) Convenir y ejecutar cualquier acto, negocio o asunto que le encomiende o encarguen los estatutos; t) Abrir en las instituciones bancarias cuentas corrientes de depósitos a nombre de la Iglesia Cristiana Shekináh y girar sobre ellas; u) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia Cristiana Shekináh para cuyo efecto se le confieren las facultades de los incisos primero y segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y artículo octavo del mismo Código, las que, se dan reproducidas expresamente. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Los deberes y obligaciones del Secretario son: a) Llevar un libro de actas al día, empastado y foliado, en el cual dejará constancia de las fechas y contenido de las reuniones y demás hechos que sean necesarios para la buena marcha de la Iglesia Cristiana Shekináh. Los errores en que incurrieren en la leyenda que deberá ser manuscrita, se salvarán al final del acta respectiva, prohibiéndose estrictamente las raspaduras y extrarenglones. b) Redactar toda correspondencia de acuerdo con el Pastor Presidente o quien haga las veces y firmar conjuntamente con él. c) Recibir y despachar la correspondencia oficial de la Iglesia Cristiana Shekináh, pudiendo hacerlo bajo su sola firma cuando se trate de materias de mero trámite. d) Dar cuenta de la correspondencia al Pastor Presidente. e) Firmar las actas de las sesiones, aunque no haya concurrencia a éstas. f) Hacer cumplir los acuerdos que adopte el Pastor Presidente, comunicándolas a los hermanos, otra iglesia u organismo mediante cartas circulares. g) Llevar un listado de Registro de los hermanos en plena comunión y hermanos "probando". h) Ejecutar los asuntos y demás tareas que le encomienden los estatutos y disposiciones internas de la Iglesia Cristiana Shekináh. i) Llevar un libro de entrada y salida de la documentación y notificar en forma personal a los hermanos sobre las resoluciones tomadas por el Directorio. j) Custodiar toda la documentación y libros de la Iglesia Cristiana Shekináh. Los deberes y obligaciones del Tesorero son: a) Percibir, custodiar e invertir los fondos de la Iglesia Cristiana Pentecostés. b) Llevar contabilidad detallada en conformidad a las disposiciones vigentes sobre la materia y, mantener los libros de contabilidad al día. c) Exigir los comprobantes de pago de los egresos y extender los recibos correspondientes con su firma. d) Llevar y mantener un libro para el registro del inventario de todos los bienes de la Iglesia Cristiana Pentecostés. e) Presentar mensualmente un balance general del movimiento de tesorería al Pastor Presidente. f) Pagar las obligaciones que contraiga la iglesia. g) Depositar los fondos de la Iglesia, en la institución bancaria que determine el Pastor Presidente. Los Ángeles, 8 de noviembre de 2021.






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