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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-11-03 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2034714)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO PENTECOSTAL UNIDA POR CRISTO

(Extracto)

Claudio Alfonso Ortiz Cerda, chileno, casado, Abogado y Notario Público de la Tercera Notaría de San Bernardo, con oficio en esta ciudad, calle O'Higgins N° 460, cédula de identidad y rol único tributario número 6.204.166-8, Certifica: Que por escritura pública de fecha 25 de julio de 2019, ante mí, Repertorio N° 1058, se redujo a escritura pública los Estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Pentecostal Unida por Cristo. Luego, con fecha 19 de noviembre de 2019, ante mí, Repertorio N° 1588, se redujo a escritura pública acta de modificación de los estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Pentecostal Unida por Cristo. Finalmente por escritura pública de fecha doce de agosto de dos mil veintiuno, también ante mí, Repertorio N° 989, se redujo a escritura pública acta de modificación de los estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Ministerio Pentecostal Unida por Cristo, que fue inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 2.960 de 18 agosto de 2021. Constituyentes: Alberto Lizandro Valdivieso Díaz; Margarita Isabel Reyes Toledo, Leonel Fernando Orellana Rivera; Héctor David Orellana Díaz; Miriam Elizabeth Olivero Marchena; José Wilfredo Valdivieso Díaz; Charles Alain Orías Jara; Ana Patricia Almuna Valenzuela; Ester Mariana Quiroz Vega. Domicilio: San Gumersindo N° 12, comuna Estación, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer templos filiales dentro o fuera del territorio de la República. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Realizar entre sus miembros la práctica y propagación de la palabra de Dios trazada por la Santa Biblia; promover la sana doctrina del señor Jesucristo; alcanzar con sus predicaciones al necesitado de espíritu, acercándolo a Dios, tanto en las cárceles, hospitales y toda institución en que se encuentren; fundar, mantener y dirigir institutos de formación y estudios teológicos, doctrinales, educacionales, rehabilitación, humanitaria y beneficencia; difundir la doctrina evangelizadora del unigénito Hijo de Dios y la enseñanza de la doctrina apostólica revelada a los apóstoles de Jesucristo, practicar y fomentar la palabra de Jesucristo, en todo lugar de reunión y coordinación establecido para ello, promoviendo los postulados y principios del evangelio de Jesucristo, con la difusión del Evangelio, el bautismo por inversión, el llamado a la salvación y redención, enseñando nuestra fe en el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Administración: Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias y Directorio. Establece Comité Revisador de Cuentas, Comité Electoral y Comité de Disciplina para velar por el correcto desempeño de los miembros activos de la misión, conforme a estatuto y reglamento interno. Asamblea General constituye la reunión de los miembros de la Iglesia, con convocatoria y resoluciones conforme a los estatutos. Mandato: Elegir miembros del Directorio; aprobar rendición de cuenta; pronunciarse sobre las materias que el Directorio someta a su consideración; constituir comisiones específicas para supervisar la marcha de la Iglesia; reformar los estatutos. Directorio integrado por cinco miembros, entre ellos un Presidente, Vice Presidente, Secretario y Tesorero. Atribuciones y Deberes: Dirigir la Iglesia y velar que se cumplan sus Estatutos; fijar cuotas; administrar bienes sociales e invertir sus recursos; citar Asambleas Ordinarias y Extraordinarias; aprobar ingresos de postulantes; elaborar plan de acción; cumplir los acuerdos adoptado por las Asambleas; rendir cuenta ante la Asamblea Ordinaria; comprar y enajenar bienes muebles e inmuebles o hipotecarlos; desarrollar acciones necesarias para la correcta administración de los bienes de la Iglesia.- Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas.- San Bernardo, 28 de octubre de 2021.






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