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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-12-21 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2058477)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL ALBORADA DE YAQUIL

(Extracto)

Alberto Ortega Jirón, Notario Público Primera Notaría San Fernando, Chillán 620, certifica: que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2018, ante Carla Salazar Meza, Notario Público Interino de la Primera Notaría de San Fernando, doña Lizette del Pilar Díaz Cáceres, chilena, soltera, abogada, C.N.I. N° 17.747.190-9, domiciliada en Villa La Merced, Pasaje Salto de Agua N° 551, comuna de Nancagua, redujo a escritura pública Acta de constitución y aprobación de los estatutos de la personalidad jurídica de derecho público "Iglesia Evangélica Pentecostal Alborada de Yaquil", de fecha 11 de septiembre de 2018, inscrita en el Registro Público de la Unidad de Entidades Religiosas del Departamento de Personas Jurídicas, del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, bajo el N° 4775, de fecha 26 de diciembre de 2018. Los contituyentes fueron: 1. Juan Antonio Parraguez González, C.I. 4.829.231-3, domicilio: Yaquil sin número, Nancagua. 2.- Nombre: Luis Humberto Vallejos Chacón, C.I. 5.100.639-9, domicilio: Cunaquito s, Nancagua. 3.- Nombre: María Sandra Padilla Cornejo, C.I. 10.240.374-6, domicilio: Callejón Millán s, Nancagua. 4.- Nombre: Ángel Gabriel Rodríguez Ramírez, C.I. 11.531.202-2, domicilio: Villa Salvador Allende, Pasaje Víctor Jara N° 20, Nancagua. 5.- Nombre: María Teresa Hidalgo Padilla, C.I. 13.202.105-8, domicilio: Villa Salvador Allende, Pasaje Víctor Jara N° 20, Nancagua. 6.- Nombre: Eva del Carmen Donoso Duque, C.I. 10.838.147-7, domicilio: Villa Andrés Bello, Pasaje Eduardo Barrios N° 260, Nancagua. 7.- Nombre: Héctor Galiano Padilla Cornejo, C.I. N° 9.175.024-4, domicilio: Callejón Millán s, Nancagua. 8.- Nombre: Rosa Grimilda Escobar Iluffi, C.I. 5.324.996-5, domicilio: Yaquil s, Nancagua. 9.- Nombre: Luz Mabel Padilla Cornejo, C.I. 10.842.632-2, Callejón Millán s, Nancagua. 10. Rosa Cornejo Reyes, C.I. 5.910.013-0, domicilio en Callejón Millán s, Nancagua. La Iglesia Evangélica Pentecostal Alborada de Yaquil tendrá por objetivo predicar la palabra de Dios y dar a conocer el Evangelio en todo el país, fundamentándose en el Antiguo y Nuevo Testamento, la Biblia, y teniendo como sus principios los que aparecen en ella. Por lo tanto, la declaración de fe de la Iglesia Evangélica Pentecostal Alborada de Yaquil está basada en los principios de la Biblia, algunos de ellos son el Amor al prójimo, la Compasión, la Fe y el Testimonio. Sin perseguir fines de lucro para sus asociados, la Iglesia Evangélica Pentecostal Alborada de Yaquil tiene por objeto: a) Practicar, comunicar y difundir la doctrina cristiana de la palabra, por escrito o por cualquier medio, ateniéndose estrictamente a las Sagradas Escrituras materializadas en la Santa Biblia, aceptándola en su totalidad como la divina inspiración de Dios, su influencia para la salvación. b) Velar por el perfeccionamiento espiritual de sus fieles e instruirlos en la Palabra de Dios. c) Auxiliar a sus miembros en caso de sobrevenir algún estado de necesidad, de acuerdo con los recursos que se dispongan. d) Promover y cuidar la Santa Comunión entre la hermandad de la Iglesia y de ésta con las demás iglesias cristianas que acepten estos mismos principios. e) Administrar las iglesias y bienes que adquieran a cualquier título. No podrán enajenar bienes raíces, ni grabarlos con hipotecas, usufructos, servidumbres, censos, ni entregarlos en arrendamientos por periodos superior a tres años, sin el acuerdo del directorio, el Pastor y los Ancianos que constituyen el Gobierno interno de cada iglesia local. f) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para estos fines. g) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines. h) Las demás que determine la Asamblea General. La Iglesia está compuesta por los siguientes órganos: La Conferencia Anual: La Conferencia Anual o Asamblea General, representa al conjunto de los integrantes de la iglesia y se compone por la totalidad de miembros de la iglesia. Tiene como objeto principal impartir programas generales de la doctrina del evangelio. La legislación eclesiástica de fe y orden es función privativa de la Conferencia y a ella corresponde resolver los artículos de fe y doctrina. Habrá Conferencias Anuales Ordinarias y Extraordinarias. La conferencia será presidida por el Pastor Presidente y actuará como secretario el que sea del Directorio. Habrá Conferencias Anuales Ordinarias y Extraordinarias. El Directorio. Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la iglesia. Será presidido por el Pastor Presidente. La Conferencia Anual Ordinaria elegirá al Directorio de la Iglesia, que estará compuesto de cinco miembros. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por el cumplimiento de los Estatutos y finalidades. b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos. c) Citar a la Conferencia Anual y a las Extraordinarias cuando sean necesario o lo soliciten por escrito la tercera parte de los miembros de la iglesia, indicando el objeto. d) Redactar y someter a la aprobación de la Conferencia Anual los reglamentos que sean necesarios dictar para el funcionamiento de la iglesia y todos los asuntos que estimen necesarios. e) Cumplir los acuerdos de la Conferencia Anual. f) Rendir cuenta por escrito ante la Conferencia Anual correspondiente de la inversión de los fondos y de la marcha de la iglesia, durante el periodo en que ejerza sus funciones. g) Presidirán y organizarán los equipos de trabajo, que podrán ser creados y dirigidos conforme a los acuerdos que fijen las Asambleas Generales. Son atribuciones del Directorio. a) Colaborar con el Pastor Presidente en la dirección superior de la Iglesia Evangélica Pentecostal Alborada de Yaquil, velando por su afianzamiento, desarrollo y perfeccionamiento ajustándose a las normas que fije al respecto la Conferencia Anual. b) Someter los problemas graves que afecten a un Pastor Gobernante a la Conferencia Anual, considerando el veredicto de la mayoría de la Iglesia local y el informe de la Comisión de Orden, Ascenso y Disciplina, si ésta existiere cuando sea requerida. c) Organizar todos los asuntos relacionados con la situación económica y financiera de la iglesia. d) Aceptar donaciones de entidades públicas y privadas. e) Exigir al tesorero o al protesorero, siempre que los intereses de la iglesia lo hagan necesario, un informe documentado de la tesorería o situación de caja y además antecedentes que se estimen necesarios. Los acuerdos del Directorio se tomarán por mayoría absoluta de sus miembros presentes.- Para que el Directorio pueda sesionar, se necesita un quórum de la mitad más uno de sus miembros. En la votación del Directorio, cada Director de la iglesia tendrá derecho a un solo voto. Corresponde al Secretario/a participar en todas las reuniones del directorio y sus funciones serán las siguientes: a) Redactar las actas. b) Mantener bajo su custodia los libros de actas y comunicar los acuerdos a cada Director. c) Recibir y despachar la correspondencia del Directorio y enviar las citaciones que le encomendare el Directorio. d) Ejecutar todo lo que el Directorio le encomiende. e) Cualquiera que sea de la naturaleza de sus funciones. El tesorero tendrá las siguientes funciones: a) Llevar un libro general de caja, que refleje entradas y salidas de dinero de la iglesia. b) Recibir y depositar los dineros de la iglesia en una institución bancaria. c) Organizar, vigilar y responder de la contabilidad de la tesorería. d) Firmar junto con el Pastor Presidente, los giros. e) Presentar a la Conferencia Anual todo el movimiento financiero de la iglesia por escrito con la aprobación del Directorio. f) Cumplir las tareas que el Directorio le encomiende. La Comisión Revisora de Cuentas, compuesta de tres miembros, la que deberá, cuando lo estime conveniente, revisar los libros de tesorería y presentar un informe a la Conferencia cada año. Corresponde al Pastor Presidente, la supervigilancia y dirección superior de todo lo relacionado con la iglesia, ateniéndose para ello, a la Conferencia Anual y receso de ésta a los del Directorio. Son atribuciones y deberes del Pastor Presidente. a) Nombrar a los pastores, de los diferentes distritos, suspenderlos, removerlos de su cargo, o trasladarlos, dándoles a conocer el motivo de su suspensión a traslado. b) Presidir la Conferencia Anual y el Directorio de la iglesia. c) Citar a la Conferencia Anual, al Directorio y a la Junta General Extraordinaria. d) Formar la tabla de materias que deben tratarse en ellas. e) Nombrar reemplazantes a los Directores que falten a sesión por más de dos meses sin previa justificación de su impasibilidad. f) Presentar a la Conferencia Anual, una iniciaría explicativa de la marcha de la iglesia, la cual dará cuenta de la situación administrativa financiera de ella. g) Proponer a la Conferencia Anual los nombres de los candidatos a Directores. h) En general representar a la Iglesia en todas sus relaciones internas y externas. Los miembros que tienen a su cargo una iglesia local, se llamarán Pastores. Toda Iglesia local estará bajo la dirección y gobierno de un Pastor, el cual predica, enseña, exhorta, corrige, de conformidad con las enseñanzas de la Santa Biblia, buscando en perfeccionamiento espiritual de sus feligreses. Corresponde especialmente al Pastor de la iglesia: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la iglesia. b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros cuando corresponda. c) Convocar a Asambleas cuando le corresponda, por cualquier impedimento del Pastor Presidente. d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la iglesia. f) Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes. g) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la iglesia. h) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la iglesia y del estado financiero. i) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. Las iglesias locales se estructurarán en la forma que a continuación se indica: a) Un Pastor. El Pastor es la más alta autoridad de la iglesia, la dirige espiritualmente y administra sus bienes y los sacramentos. Los Pastores están bajo la orden y dirección espiritual del Pastor Presidente, les cabe la función de predicar la Palabra de Dios, buscando el perfeccionamiento de sus feligreses y las demás que se señalan en el Artículo trigésimo tercero de estos Estatutos.- Para investir esta dignidad, el miembro deberá primero tener la calidad de Pastor Probando. b) Ayudante de Pastor, denominado Guía, es designado por el Pastor de la iglesia y cumple la tarea de guía en el aspecto espiritual. c) Pastor Probando, deberá ser designado también por el Pastor Presidente y previamente presentado a la Conferencia Anual por un Pastor Gobernante o Jefe de una iglesia constituida, previa autorización del Directorio. El Pastor Probando deberá tener la calidad de miembro en plena comunión, esto es, haber hecho promesa como miembro probando y haber cumplido un tiempo mínimo de un año de permanencia en la iglesia, al cabo del cual, se le administra el sacramento del bautismo. d) Una Junta de Ancianos. e) Miembros en plena comunión. f) Miembros probando. El conjunto de todos ellos forman la iglesia local. Son deberes y atribuciones de los miembros de esta iglesia. a) Respetar y hacer respetar estos Estatutos y especialmente el objeto y fines de esta iglesia. b) Asistir a Conferencias Anuales Generales Ordinarias y Extraordinarias a que sean convocados. c) Aceptar y cumplir los cargos y comisiones que se reciban del Directorio, de la Conferencia Anual, de Pastores. La Junta de Ancianos la formarán un grupo de personas elegidas libremente por el Pastor, de los miembros en plena comunión de la iglesia local. Toda Junta de Ancianos será colaboradora del Pastor en la dirección y administración de la iglesia y de la obra que ésta realiza. El Pastor que desee constituir una Junta de Ancianos, deberá tener más de treinta miembros de su iglesia. Toda nueva Junta de Ancianos deberá ser confirmada por el Pastor Presidente. Son miembros probando quienes después de haber permanecido un tiempo mínimo de seis meses en la iglesia, de haber hecho una declaración pública ante la congregación de que buscan la salvación de su alma, hacer una promesa formal de abstenerse de todas las cosas contrarias a la enseñanza de la palabra de Dios y de asistir con fidelidad a la iglesia. Los miembros en plena comunión, sin limitación de sexo, que sean mayores de dieciocho años, son los que bajo la vigilancia del Pastor y de la Junta de Ancianos han cumplido debidamente un tiempo mínimo de un año de permanencia en la iglesia y que han hecho su promesa como miembros probando, que se encuentren inscritos y firmando en el respectivo libro de miembros.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Fernando, 02/12/2021.






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