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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-12-20 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2058020)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO DE CAPELLANÍA EVANGÉLICA NACIONAL

(Extracto)

Humberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Público Titular, de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, segundo piso, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 21-05-2021, Rep. Nº 4.698/2021, rectificada mediante escritura pública de fecha 30-06-2021, se constituyó entidad religiosa: "Ministerio de Capellanía Evangélica Nacional", Registro Público Nº 5626 del 19-08-2021. Domicilio: En la calle El Rosal Número 520 con El Roble, Villa El Rosal, Comuna de María Pinto, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener a lo largo del país y en el extranjero. Constituyentes: Marcelino Miguel Hazard Avila. René Marcelo Muñoz Díaz, Richard Juan Guillaume Concha, Juan Carlos Correa Pizarro, Oscar Enrique Neira Benavente. Principios de Fe: I. Creemos en un solo Dios Trino Divino y Eterno en el Padre Creador, Hijo Redentor y Espíritu Santo Guiado. II. Creemos en la Biblia como libro Sagrado que contiene la Palabra inspirada de Dios, aceptándola como regla infalible de fe y conducta moral para el hombre ya que ésta contiene los principios que conforman el pensamiento Cristiano. III. Creemos en la Divinidad de Nuestro Señor Jesucristo en su nacimiento virginal, en su vida inmaculada, en sus milagros en su muerte expiatoria, en su resurrección y ascensión al cielo y en su retorno futuro a buscar a su Iglesia. IV. Creemos en la Iglesia como medio de anunciación de los planes redentores y salvíficos de Nuestro Señor Jesucristo. Elementos esenciales: A) Practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Señor Jesucristo. B) Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socio-económica proporcionando ayuda a personas necesitadas tales como huérfanos y viudas, rehabilitando a personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y ex convictos. C) Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo para ello Institutos Bíblicos, Jardines Infantiles, Colegios de Enseñanza Básica, Media y Superior. D) Efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos de conformidad con las normas legales sobre uso de tales bienes nacionales u ordenanzas vigentes, en establecimientos de salud, de reclusión, de protección de menores o indigentes, llevando el mensaje de nuestro Señor y Salvador Jesucristo y la ayuda al prójimo. E) Promover y practicar la fraternidad y la comunión entre los miembros del Ministerio y de las demás Iglesias evangélicas. F) Adquirir y administrar los bienes inmuebles que fueren indispensables para el desempeño de sus actividades. Administración: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 5 personas. Directorio: Obispo Presidente Vitalicio: Marcelino Miguel Hazard Avila. Secretario: Richard Juan Guillaume Concha. Vicepresidente: René Marcelo Muñoz Díaz. Tesorero: Juan Carlos Correa Pizarro. Director: Oscar Enrique Neira Benavente. Demás estipulaciones escritura extractada. Atribuciones y Deberes. Directorio: a) Dirigir a Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar reglamentos que estimen necesarios para mejor funcionamiento de Iglesia y lo someta a la aprobación de asamblea general. d) Citar asambleas generales o extraordinarias cuando estime necesarias o a petición escrita por un tercio de miembros de la Iglesia. e) Someter a consideración y aprobación de asamblea los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para adecuado funcionamiento y cumplimiento de fines de Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante asamblea general ordinaria correspondiente a inversiones de fondos de la Iglesia y de su marcha en período que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender, para esto estará facultado el Presidente y el Tesorera de la Iglesia. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, Región Metropolitana, día jueves 2 de diciembre de 2021.






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