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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-01-12 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2069750)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA "TEMPLO PENTECOSTAL CRISTO VIVE Y REINA"

(Extracto)

Alberto Ortega Jirón, Notario Público Titular de la Primera Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán número seiscientos veinte, certifico: Con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintiuno, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Evangélica "Templo Pentecostal Cristo Vive y Reina", con domicilio principal en Jardines de Rucatalca, calle Interior número cero ciento cincuenta y tres, de la ciudad y comuna de San Fernando, Región de O'Higgins, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia Nº 7370 del 24 de diciembre de 2021. Concurrieron a la asamblea constituyente las siguientes personas: Marcelo Andrés Carriel Arenas; Fernando Segundo Becerra Penchulef; Cecilia del Carmen Arenas Rivas; Raúl del Carmen Arenas Córdova; Bastián Enrique Carriel Arenas; María Angélica Rivas Jara; Rodrigo Javier Burgos Arenas; Margarita del Carmen Varas González; Mauricio Fernando Becerra Varas; Francesca Antonia Tapia Zavala; Gloria Brígida Ávila Valdés; Solange Alejandra Valenzuela Bustamante; Rodrigo Antonio Burgos Duarte; Nayareth Anastasia del Pilar Pino Varas; Yohanna Deyanira Acosta Cuevas; Felipe Eduardo Tapia Cruces; Cecilia del Carmen Arenas Rivas. Los fundamentos y principios en que se sustenta la Fe que la Congregación Cristo Vive y Reina profesa son: 1) Cree en la manifestación de Dios, a través de la persona del Padre, la persona del Hijo y la persona del Espíritu Santo. 2) Cree en el Señor Jesucristo como único mediador entre Dios y los hombres. 3) Cree en el bautismo en aguas, voluntario y por inmersión para todo aquel que ha creído y se ha arrepentido de sus pecados. 4) Cree en el bautismo del Espíritu Santo, con todas sus manifestaciones de llenura y dones. 5) Cree en la vigencia de los cinco ministerios expresados por medio de Apóstoles, Profetas, Evangelistas, Pastores y Maestros; siendo el principal fundamento Jesucristo mismo, y 6) Cree en la Biblia como inspiración de Dios, que ha sido revelada al hombre para salvación de su alma, y que es útil para enseñar, corregir, redargüir e instruir en justicia. 7) Cree en el matrimonio único de carácter permanente con fines procreativos, convivenciales y de auxilio mutuo y como pilar fundamental de la familia y esta a su vez de la sociedad, en los términos establecidos por Dios en su Palabra, considerando al hombre como padre y a la mujer como madre, los que al unirse forman una sola carne, estableciendo que no existe un tercer sexo, por esta razón no celebra uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo. Administración será ejercida por un Directorio, al que le corresponde la administración y dirección superior de la Congregación Cristo Vive y Reina en conformidad a los Estatutos y a los acuerdos de las Asambleas Generales de Miembros. Los cargos que desempeñarán los miembros del Directorio serán: Presidente o Pastor Presidente, Vicepresidente o Administrador General; Tesorero o Encargado de Administración y Finanzas; Secretario y Consejero. Serán deberes y atribuciones del Directorio: a) Dirigir la Congregación Cristo Vive y Reina y velar por el cumplimiento de sus Estatutos, Reglamentos y finalidades perseguidas por ellos. b) Administrar los bienes e invertir sus recursos. Aprobar los proyectos y programas que se encuentren ajustados a los objetivos de la Congregación Cristo Vive y Reina. c) Aprobar los fondos económicos con los que se sostendrán a los Ministros de Culto que sirven a tiempo completo, con cargo a los diezmos, ofrendas, pactos, siembras, primicias u otras donaciones percibidas. c) Citar a Asamblea General de Miembros sean estas Ordinarias como Extraordinarias, en la forma y épocas que señalen estos Estatutos y Reglamentos. d) Crear toda clase de ramas, sucursales, filiales, anexos, oficinas y departamentos que se estime necesario para el mejor funcionamiento de la Congregación Cristo Vive y Reina. e) Crear y organizar ministerios y comisiones tales como ministerios primarios (apostólico, profético, evangelístico, pastoral y magisterial), comisiones de apoyo (artes, jóvenes, mujeres, varones, escuela dominical, diaconado, intercesores, filonexia, profesionales y empresarios). f) Redactar los Reglamentos necesarios para la Congregación Cristo Vive y Reina y las ramas y organismos que se creen, para el cumplimiento de sus fines, y someter dichos reglamentos a la aprobación del Pastor Presidente. g) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales de Miembros. h) Rendir cuenta en la Asamblea General Ordinaria de Miembros del año, tanto de la marcha de la Congregación Cristo Vive y Reina como de la inversión de sus fondos mediante una Memoria, Balance e Inventario. i) Asociar o federar la Congregación Cristo Vive y Reina con otras instituciones similares. k) Las demás atribuciones que señalen estos Estatutos y la legislación vigente. Corresponde especialmente al Pastor Presidente de la Congregación Cristo Vive y Reina: a) Representar extrajudicialmente y judicialmente a la Congregación Cristo Vive y Reina. b) Designar a los miembros del Directorio, en los términos indicados en la letra c del artículo sexto del decreto número trescientos tres del Ministerio de Justicia. c) Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de Miembros. d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden al Vicepresidente, Secretario, Tesorero y a otros miembros que el Directorio designe. e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la Congregación Cristo Vive y Reina, estando facultado para establecer prioridades en su ejecución. f) Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes. g) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella que deba representar a la Congregación Cristo Vive y Reina. Firmar conjuntamente con el Tesorero o con otro miembro del Directorio que haya designado el Directorio, los cheques, giros de dinero, letras de cambio, balances, inventario, memoria y, en general, todos los documentos relacionados con materias de administración financiera de la Congregación Cristo Vive y Reina. h) Resolver cualquier asunto urgente que se presente, y solicitar en la sesión de Directorio más próxima, su ratificación. i) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los Reglamentos. Los deberes del Secretario serán los siguientes: a) Cumplir los acuerdos del Directorio. b) Llevar el Libro de Actas del Directorio, el Libro de Asamblea General de Miembros y el Libro de Registro de Miembros. c) Despachar las citaciones a Asambleas Generales de Miembros Ordinarias y Extraordinarias, y colocar los carteles de citación de las mismas. d) Formar la tabla de sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales de Miembros, de acuerdo con el Pastor Presidente. e) Redactar y despachar con su firma y la del Pastor Presidente la correspondencia y documentación de la Congregación Cristo Vive y Reina con excepción de aquella que corresponde exclusivamente al Pastor Presidente, y recibir y despachar la correspondencia en general. Contestar personalmente la correspondencia de mero trámite. f) Vigilar y coordinar que tanto los Directores como los miembros cumplan con las funciones y comisiones que les corresponden conforme a los Estatutos y Reglamentos, o les sean encomendadas, para el mejor funcionamiento de la Congregación Cristo Vive y Reina. g) Firmar las actas en calidad de Ministro de Fe de la Congregación Cristo Vive y Reina, y otorgar copia de ellas debidamente autorizadas con su firma, cuando se lo solicite algún miembro y lo autorice el Directorio. h) En general, cumplir todas las tareas que se le encomienden. Las funciones del Tesorero o Encargo de la Administración y Finanzas serán las siguientes: a) Recibir los diezmos, ofrendas, pactos, siembras, primicias u otras donaciones, emitiendo un reporte con las cantidades recibidas, clasificadas según su tipo, y fechadas con el día en que se produjo su recepción. b) Llevar un registro de los aportes y gastos de la Congregación Cristo Vive y Reina. c) Depositar los fondos de la Congregación Cristo Vive y Reina en las cuentas corrientes o de ahorro que ésta abra o mantenga. d) Mantener al día la documentación contable de la Congregación Cristo Vive y Reina, especialmente el archivo de facturas, recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos, y dar cuenta de ellos al Directorio. e) Preparar el Balance que el Directorio deberá proponer anualmente a la Asamblea General de Miembros. f) Mantener al día el Inventario de todos los bienes de la Congregación Cristo Vive y Reina. g) Dar cuenta anualmente en la Asamblea General Ordinaria de Miembros, en nombre del Directorio, de la situación financiera de la Congregación Cristo Vive y Reina. h) En general, cumplir con todas las tareas que le encomienden. Además del Directorio presidido por el Pastor Presidente, el cual está encargado de la administración y conducción de la Congregación Cristo Vive y Reina, existirán los siguientes órganos internos: Consejo de Ética y Asamblea General de Miembros. San Fernando, 7 de diciembre de 2022.






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