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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-02-25 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2092045)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELISTA PENTECOSTAL NACIDOS DEL ESPÍRITU SANTO

(Extracto)

Francisca Salas Medina, Suplente del titular 2ª Notaría Rancagua, domiciliado en calle Bueras 359, Of. 102, certifico: Que por instrumento privado del 15 de enero de 2021, reducido a escritura pública ante mí, notario suplente, el 27 de septiembre de 2021, los siguientes mencionados, Raúl Ernesto Pezoa Vásquez, Rodrigo Alejandro Caniullán Lemúl, Verónica Paola Silva Aliaga, Ingrid del Carmen Cornejo Díaz, Sandro Andrés Urra Hidalgo, constituyeron Entidad Religiosa de Derecho Público denominada Ministerio Evangelista Pentecostal Nacidos del Espíritu Santo, registro número 5708 de 28 de octubre de 2021, domiciliada en Avenida Santa Ana, Lote veintiuno, sector El Carmen, comuna de Las Cabras, Región de O'Higgins. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Somos una Organización Cristiana Evangélica de Derecho Público y autónoma. Nuestra Fe y doctrina, se funda en la palabra de Dios, contenida en la Santa Biblia, en virtud de la cual creemos: En un solo Dios, padre de todos, vivo, verdadero y eterno, de infinito poder, sabiduría y misericordia, omnisciente y omnipotente, perfecto y justo; En la Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo; En la Salvación por Gracia; En el arrepentimiento y Nuevo Nacimiento; En los dones del Espíritu Santo; En el Bautismo; En las sanidades obradas por Dios; En el Arrebatamiento y Segunda Venida de Jesucristo; En cielos y tierra nueva; En el juicio final; En el Pacto Matrimonial entre un hombre y una mujer. La administración del Ministerio, será ejercida por un directorio de cinco miembros designados por el presidente, con las siguientes Atribuciones: Velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Citar a Conferencias Ordinarias y Extraordinarias; Redactar los reglamentos; Rendir cuentas de la marcha de la Iglesia e inversión de sus fondos, sin perjuicio de las demás atribuciones conferidas en estos estatutos. Rancagua, 16 de febrero de 2022.






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