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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-02-16 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2086682)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA PENTECOSTAL MISIONERA PENIEL CHILE

(Extracto)

María Soledad Santos Muñoz, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago. Certifica por escritura pública del 06.12.2021, ante mí, se constituyó la entidad religiosa, según ley 19.638 denominada "Iglesia Pentecostal Misionera Peniel Chile", con domicilio, calle Romeral Nº 7115, Pobl. Diego Portales comuna Talcahuano, Región del Biobío. Registro Público Nº5758 del 08.12.2021. Constituyentes: Marcelo Barriga Paredes, Verónica Tapia O., Francisco Cortés M., Jocelyn Carvajal D., Diógenes Vergara G. y Juan Vega P. Los elementos en que basa su fe son: La creencia en un solo Dios trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo, en la Biblia, en el bautismo por inmersión, en la Cena del Señor, en el casamiento Bíblico entre hombre y mujer en su forma natural desde su nacimiento y en la Venida de Cristo a la tierra con poder y gloria. Los objetivos principales son: La predicación del evangelio, la doctrina, la capacitación, la ayuda social a sus miembros, y la obra misionera para fundar nuevas congregaciones. Los órganos de administración con sus atribuciones son: La Conferencia anual que se reúne una vez al año para recibir el informe y balance anual. El Presbiterio nacional está integrado por 5 personas, con los cargos de Obispo Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un Director, con el deber de administrar, custodiar el patrimonio de la Iglesia y realizar las actividades encomendadas por la conferencia anual; y el Tribunal de ética y protocolo que administra el orden y asesora al Presbiterio nacional, integrado por tres personas. El pastor Ricardo Cabrera debidamente facultado redacta este extracto. Las demás disposiciones se encuentran contenidas referida escritura pública.- Santiago, 10 de febrero de 2022.






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