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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-03-17 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2099975)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

COMUNIDAD ESPIRITUAL ANDINA DE WIRACOCHA (NAVEGANTES DEL GRAN ESPÍRITU)

(Extracto)

Iván Rodrigo Ramos Godoy, abogado, Notario Público Suplente del titular Carlos Ernesto Vila Molina, de la 4ta Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº525, ciudad y comuna de Iquique, Región de Tarapacá, Certifico: Que, por escrituras públicas otorgadas ante mí, el 14 de octubre de 2021, Repertorio Nº3121-2021, complementada por escritura pública de 29 de diciembre de 2021, Repertorio Nº3882-2021, se constituyó una entidad religiosa de Derecho Público, de acuerdo a la ley Nº19.638, y decreto supremo Nº303 del año 2000, del Ministerio de Justicia y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: "Comunidad Espiritual Andina de Wiracocha (Navegantes del Gran Espíritu)". La iglesia utilizará completo su nombre, pudiendo también ocupar el nombre de Fantasía "Navegantes del Gran Espíritu"; Domicilio: calle Filomena Valenzuela Nº722, departamento 91, de la comuna de Iquique, Región de Tarapacá; Fecha y Número del Registro: Registro Nº5697, del 21 de octubre de 2021; Nombre de los Constituyentes: Escolástico Silverio Bartolo Carlos; Carlos Manuel Bartolo Castillo; Rodrigo Antonio Amaro Mollo; José Joaquín Segura Ayarza; Jorge Aliro Julio Robles; Nibaldo Antonio Ceballos Carrero; Matías Eugenio Segura Ayarza; Álvaro Daniel Rodríguez Cabrera; Marcos Antonio Bartolo Castillo; Juan Francisco Leiva Barrios; Javier Alejandro Garcia Castillo; Daniel Andrés Nahuelhuen Astorga; Dan Orlando Galicia Pinazo; Leonel Darío Robles Mercado; Cristian Abel Olivares Vargas.- Elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: La principal finalidad de la Comunidad Espiritual Andina de Wiracocha es la recuperación, divulgación, perfeccionamiento, estudio, creación, difusión y enseñanza de la espiritualidad andina e indígena y de la sabiduría de los pueblos originarios. Con los fundamentos de las necesidades actuales de la humanidad, y en desarrollo de esta finalidad puede: Establecer lugares de adoración o de encuentro con fines espirituales (tambos) y que sean respetados su destinación espiritual y su carácter confesional específico. Ejercer libremente sus propios caminos de sabiduría: Designar para los cargos de autoridad espiritual; comunicarse y mantener relaciones, sea en el territorio nacional o en el extranjero, con sus Kuyakas y Jilatas, o con otras confesiones espirituales de similares creencias y tolerancias que tiene la comunidad, independiente y con sus propias organizaciones. Establecer su propia organización, designar a sus correspondientes ministros libremente elegidos, por ellas, con su particular forma de vinculación y permanencia según sus normas internas. Tener y dirigir autónomamente sus propios institutos de formación y de estudios filosóficos, teológicos, artísticos, científicos, espirituales y culturales en los cuales pueden ser libremente recibidos los candidatos a los distintos caminos de sabiduría, que la autoridad espiritual juzgue idóneos. Escribir, publicar, recibir y usar libremente sus libros y otras publicaciones sobre asuntos espirituales. Anunciar, comunicar y difundir de palabra y por escrito sus propias creencias a toda persona y manifestar libremente el valor peculiar de su doctrina para la ordenación de la sociedad y la orientación de la actividad humana. Cumplir actividades de educación, de beneficencia, de asistencia, que permita poner en práctica los preceptos de orden moral. Participar en labores de construcción de paz y postconflicto, bajo las directrices del Gobierno Nacional. Crear y fomentar asociaciones, fundaciones, e instituciones para la realización de sus fines con arreglo a las disposiciones de ordenamiento jurídico. Brindar asistencia social, espiritual y material a aquellas personas que lo necesiten, sean o no miembros de la comunidad. Previo convenio firmado con el Estado chileno, podrá celebrar matrimonios con plenos efectos civiles, siempre que éstos se realicen cumpliendo las normas legales que rigen la materia y con la fiel observancia de la comunidad. La Comunidad Espiritual Andina de Wiracocha, tiene un carácter filosófico artístico, cultural, científico, espiritual, y atávico, de línea ancestral y fundamenta su doctrina en el concepto filosófico andino del Suma Qamaña (buen vivir) y cree en lo siguiente. Que toda comprensión espiritual es la misma, que todo entendimiento humano antiguo es parte fundamental de la comprensión del todo, y de la construcción y deconstrucción del todo, donde ese todo es: a aquel que llamamos Gran Espíritu creador de todo y destructor de todo, de muchos nombres y atributos y que los antiguos llamaron Wiracocha, creemos también en el conocimiento constante y en la constante evolución, que todo está en movimiento como una eterna chacana sideral. Órganos de Administración, sus atribuciones y el número de miembros que lo componen: La Comunidad Espiritual Andina de Wiracocha, se encuentra organizada de la siguiente manera: 1) Antiguo Amauta Achachila (Presidente), quien tiene la representación judicial y extrajudicial de la Comunidad; 2) Anciano Amauta Achachila (Vicepresidente) 3) Actuario Amauta Achachila (Secretario) y, 5) Albacea Amauta Achachila (Tesorero). Funciones: Ejercerán las funciones consagradas en los estatutos, tales como: Constituirse en órgano de apoyo y colaboración para la Ajayunaka, en el desarrollo de los fines de la comunidad. Adelantar el proceso disciplinario contra la membresía de la comunidad según los Estatutos. Supervisar, determinar, planear y organizar los trabajos que emprenda la comunidad a través de sus respectivos caminos de sabiduría y órganos representativos. Crear, dirigir, controlar y vigilar los diversos mecanismos que se pongan en marcha, para el desarrollo eficaz de los fines de la comunidad. Ejecutar las decisiones emanadas en la Ajayunaka de la Comunidad, para el desarrollo de los fines religiosos, filosóficos y espirituales de la misma. Atender y resolver todos los problemas de la comunidad que no requieran intervención de la Ajayunaka, o cuando le sea delegada tal función. Elaborar anualmente el presupuesto de gastos y proyecciones de la comunidad. Aprobar gastos extraordinarios y determinar su financiación teniendo en cuenta el valor mínimo y máximo dado por el Antiguo Amauta Achachila. Crear y administrar los gastos que demande el conveniente desarrollo de la comunidad para el eficaz cumplimiento de sus fines religiosos, filosóficos y espirituales. Presentar a la Ajayunaka, un informe de su gestión y someter a su estudio las cuentas del respectivo periodo. Las demás funciones que le sean atribuidas por la Ajayunaka, el Antiguo Amauta Achachila y necesaria para el eficaz funcionamiento y desarrollo de los fines religiosos, filosóficos y espirituales de la comunidad. Demás estipulaciones en escrituras extractadas.






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