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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-03-10 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2096545)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

PRIMERA ASAMBLEA METODISTA PENTECOSTAL DE ESTUDIOS BÍBLICOS Y AYUDA COMUNITARIA SAN CLEMENTE

(Extracto)

Don Juan Carlos Morales Artus, Notario San Clemente, certifica que: entidad religiosa denominada "Primera Asamblea Metodista Pentecostal de Estudios Bíblicos y Ayuda Comunitaria San Clemente", domicilio en calle Huamachuco número 323, San Clemente, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el número 5696 de fecha 21 de octubre de 2021. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene, según artículo 11 del reglamento del D.S. 303 año 2000 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en manifestar lo siguiente: A) Nombre, "Primera Asamblea Metodista Pentecostal de Estudios Bíblicos y Ayuda Comunitaria San Clemente", pudiendo usar indistintamente "Grupo de Estudios Bíblicos San Clemente"; Domicilio, calle Huamachuco número 323, San Clemente; B) Registro Público de inscripción número 5.696 de fecha 21 de octubre de 2021; C) Nombre de los constituyentes: Pedro Daniel Fuentes Méndez, Julia del Tránsito Jímenez Zapata, Laura Rosa Díaz Sánchez, Florentina de las Rosas Ávila Saldaña, Pedro Isaac Fuentes Díaz, José Aliro Cancino Letelier, Julio César Arroyo Muñoz, José Manuel Fuentes Díaz, Jacob Elías Hormazábal Díaz, Braulio Esteban Hormázabal Lara, Isaac Segundo Faúndez Roa, Juan Cornelio Fuentes Díaz, Pedro Darío Fuentes Jiménez, Rodrigo Antonio Morales Ayala, Custodio Andrés Yáñez Arancibia, Juan Carlos Sobarzo Ramos, Víctor Eliecer González Rojas, María Aravena Valenzuela, Gloria Edith Gómez Valdés, Elizabeth Fuentes Díaz, Manuel Antonio Renato Guerrero Méndez, Melady Maglenny Faúndez Meza. Todos chilenos, mayores de edad; D) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de 54 artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: a) Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; b) Cree en Jesucristo, único Salvador de la Humanidad e Hijo de Dios, no fue concebido por voluntad humana, sino por obra del Espíritu Santo. Murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y en verdad; c) Cree en la resurrección corporal de Cristo y su ascensión al Cielo, y que ahora está sentado a la diestra del Padre; d) Cree que el Espíritu Santo es de la misma sustancia, majestad y gloria con el Padre y el Hijo, y que es verdadero y eterno Dios. Cree que el Espíritu Santo es una persona y es agente ejecutivo de Dios en la dispensación de la gracia, que unge la predicación de la Palabra, convence al mundo incrédulo de pecado, de justicia y de juicio y aplica los beneficios de la expiación. Él es Maestro, Consolador y Guía; e) Cree que la Biblia es la Palabra inspirada, inerrable, y autoritaria de Dios; f) Cree que tenemos vida eterna mediante la fe en Cristo. Cree en la resurrección de los muertos; g) Cree en la eficacia y suficiencia de la sangre derramada de Jesucristo, para perdón de los pecados cometidos en el pasado, para la regeneración de los pecadores arrepentidos, y para la salvación o la liberación del pecado; h) Cree, enseña y firmemente mantiene la doctrina bíblica de la justificación por la fe. No cree que las buenas obras consigan nuestra salvación. Sí cree en las buenas obras como fruto de la salvación. i) Cree que Jesucristo derramó su sangre, no sólo para nuestra justificación y el perdón de las transgresiones actuales, sino también para la limpieza completa del creyente justificado de todo pecado que mora en nosotros y de su contaminación, y esta operación se lleva a cabo con posterioridad a la regeneración. j) Cree en la santificación, que es iniciada en la regeneración y consumada en la glorificación, e incluye una obra definida e instantánea de gracia alcanzado por la fe subsecuente a la regeneración. k) Cree que el bautismo de Pentecostés del Espíritu Santo y

fuego puede ser obtenido por un acto definido de fe apropiadora de parte del creyente plenamente purificado. Las Sagradas Escrituras nos están diciendo que, para recibir el bautismo del Espíritu Santo, la persona debe tener una vida y corazón limpio como requisito previo para esta gran bendición. l) Cree en la sanidad divina revelada en la Biblia. Jesucristo es revelado en las Escrituras como sanador y Él, es el mismo ayer, hoy y por los siglos. m) Cree en la inminente, segunda, personal, premilenial, venida de nuestro Señor Jesucristo. Inminente significa que la Segunda Venida de Cristo está cerca y, que puede presentarse en cualquier momento. Personal significa "el Señor mismo" volverá. Premilenial significa que Él vendrá antes del milenio en el que los "bienaventurados y santos" de la "primera resurrección" vivirán y reinarán con Cristo "mil años". La Segunda Venida de Cristo se realizará en dos etapas: la primera con el objeto de tomar a sus santos que están preparados para el Rapto antes de la Gran Tribulación, y el segundo al final de la Gran Tribulación, cuando venga de nuevo con sus santos para destruir a los ejércitos del anticristo, para juzgar a las naciones del mundo, y la inauguración del reinado milenial. n) La Gran Comisión fue la última orden de nuestro Señor en la tierra para entregar a cada creyente la responsabilidad de llevar el evangelio a todas las naciones. Debemos participar activamente en la difusión del Evangelio a las demás personas, hasta los confines de la tierra. ñ) Reconoce solo matrimonios entre un hombre y una mujer. o) Cree que la iglesia es el cuerpo de Cristo, donde Él es la cabeza, y está formada por todos los creyentes en Jesucristo desde el día de Pentecostés hasta el arrebato de la Iglesia. Para el cumplimiento de sus fines, la Institución podrá: Crear entidades derivadas. Promover la creación de canales de televisión, emisoras radiales en sus distintas frecuencias, páginas web y de redes sociales. Producir y comercializar materiales impresos, audiovisuales y de cualquier otro tipo. Abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito, solicitar créditos con o sin garantía hipotecaria. Recibir donaciones de instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras. Adquirir a cualquier título bienes raíces y muebles, gravarlos y enajenarlos. Realizar ventas de productos alimenticios, rifas y otras actividades que permitan obtener recursos para el pago de los servicios básicos y de las obligaciones contraídas por el Directorio en beneficio de la Institución, mantención de las instalaciones, asistencia a encuentros, ayudas sociales y otras actividades propias del ejercicio ministerial. Realizar toda actividad que permita el logro de los fines. E) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: a) Asamblea General, es la primera autoridad de la institución y representa al conjunto de sus miembros y se compone por la totalidad de ellos. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, se fijarán los objetivos del año que comienza y podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la congregación, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán cada vez que sean requeridas conforme a los estatutos de la Iglesia. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: de las reformas de los Estatutos de la Entidad; de su disolución; de las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; y de las adquisiciones, gravámenes, rentas y enajenaciones de los bienes de la Entidad. Sus atribuciones son elegir a los miembros del Directorio; aprobar reglamentos internos; aprobar balances, memoria e inventario; designar comisión revisora de cuentas; elegir miembros Comisión Ética y Disciplina; confeccionar procedimientos para soluciones amigables entre los miembros con ocasión de la aplicación de estos estatutos y reglamentos; aprobar adquisiciones, enajenaciones, hipotecas, prendas y rentas de bienes inmuebles y muebles de la institución; modificar estatutos de la institución; y disolver la entidad según el procedimiento establecido en el Estatuto. b) Directorio, le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, y estará formado por un Presidente; un secretario y un tesorero. Sus atribuciones y deberes son: dirigir la Institución y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; citar a Asambleas Generales a los miembros; redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Institución y someterlos a la aprobación de las Asambleas Generales; recibir copia de los informes de la Comisión Revisora de Finanzas, y disponer a la organización que corresponda, se subsanen los reparos que hubieren; rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, de la marcha de la Institución en lo material, de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; preocuparse de la organización y dirección administrativa de cada sede de la Institución; y, dictar los reglamentos internos de los grupos internos, con acuerdo y aprobación de la Asamblea General. c) Coordinador General. Para el cumplimiento de la labor espiritual y de ayuda a la comunidad de nuestra Institución se nombrará un Coordinador General, designado por el Presidente del

Directorio. Sus atribuciones y deberes serán dirigir los cultos, estudios bíblicos, charlas, seminarios, actividades recreativas y actividades de vinculación con la comunidad externa a nuestra institución. Para el cumplimiento de sus funciones podrá nombrar ayudantes y diseñará planes de trabajo. d) Comisión electoral. Estará compuesta por tres miembros que serán elegidos por una Asamblea General Extraordinaria. Sus atribuciones serán organizar y dirigir las elecciones internas y coordinar la inscripción de los candidatos para el Directorio. También será Ministro de Fe durante el cambio de Directorios y certificará el estado en que el Directorio saliente hace entrega al que se instala de la documentación, antecedentes, inventario y todo cuanto diga relación con valores o bienes de la Asociación. e) Comisión revisora de cuentas. Estará compuesta por tres miembros elegidos en la Asamblea General Ordinaria. Sus obligaciones y atribuciones serán: Revisar cuatrimestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingresos que el Tesorero debe exhibirle; informar al Directorio en sesión Ordinaria y Extraordinaria, sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas y dar cuenta de cualquier irregularidad que notare; elevar a la Asamblea General en su Sesión Ordinaria, un informe escrito sobre las finanzas de la Institución, sobre la forma en que se ha llevado la Tesorería durante el año y sobre el Balance que el Tesorero confeccione del ejercicio anual, recomendando a la Asamblea la aprobación o rechazo total del mismo; y, comprobar la exactitud del inventario. f) Comisión de ética y disciplina. Estará compuesta por tres miembros sorteados por el Directorio, cada vez que exista acusación por conductas indebidas en contra de alguno de los miembros activos. El funcionamiento, organización y atribuciones se contendrán en un reglamento especial que será aprobado por una Asamblea Extraordinaria citada al efecto. Tendrá como atribuciones: conocer de las faltas disciplinarias de los miembros de la institución, elevar los recursos ante el Directorio, y aplicar las sanciones que sean procedentes según la gravedad, extensión y complejidad de la infracción. F) Fecha escritura pública 18 de octubre de 2021, Repertorio 750-2021, acta constitutiva y estatutos de fecha 11 de octubre de 2021, Notario Público Sexta Notaría de Talca, con asiento en San Clemente, Gunther Kreither Feliú, Notario Suplente del Titular, Juan Carlos Morales Artus, domiciliado en calle Huamachuco 841, San Clemente.






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