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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-03-29 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2105166)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA PENTECOSTAL MAILLEN EN CRISTO

(Extracto)

Álvaro Andrés Gajardo Casañas, Notario Público de la cuarta notaría de Puerto Montt, con oficio en calle Urmeneta número quinientos cuarenta y dos, certifico: Con fecha 13/09/2019, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Pentecostal Monte de Sion, Repertorio número 4616-2019; rectificada por escritura de fecha 05/02/2020, Repertorio 656, otorgada ante el notario de Puerto Montt, don Álvaro Gajardo Casañas, posteriormente se rectifica y complementan los estatutos, en el sentido que hubo cambio de nombre, quedando como: Iglesia Pentecostal Maillen en Cristo, según escritura pública de fecha 15/01/2021, repertorio Nº 216, otorgada ante el Notario de Osorno, don Abdallah Hernández Atuez, Inscrita en Registro Público del Ministerio de Justicia Nº 5182, de fecha 10 de diciembre de 2019. Constituyentes: Juan Augusto Mansilla Agüero, RUT: 12.932.589-5; Vanesa del Jesús Marín Uribe, RUN Nº 15.847.162-0; José Eliecer Mansilla Agüero, RUN Nº 12.308.260-5; María Inés Marín Uribe, RUN Nº 14.225.457-3; Jimena del Carmen Marín Uribe, RUN Nº 15.997.455-3; Elio Andrés Cárcamo Mol, RUN Nº 15.904.070-4; María Noelia Miranda Miranda, RUN Nº 16.653.947-1; Lorena del Carmen Uribe Hernández, RUN Nº 16.506.403-8; Manuel Víctor Mansilla Agüero, RUN Nº 12.308.261-3; Víctor Amador Mansilla Agüero, RUN Nº 12.932.590-9; María Beatriz Uribe Reyes, RUN Nº 9.514.491-8; Silvia Ester Uribe Villarroel, RUN Nº 10.019.114-8; Karen Nicole Uribe Tribiños, RUN Nº 18.205.548-4; Edgar Yonatan Marín Uribe, RUN Nº 17.035.366-8; Victoria Huichalaf Ancalef, RUN Nº 6.994.214-8; todos quienes participaron en la constitución de la iglesia y confirieron Mandato especial amplio al señor Patricio Andrés Cisternas Fuentes, cédula nacional de identidad número 16.157.806-1, para que los represente en la reducción a escritura pública de acta de constitución de la iglesia y en todo lo referente a la tramitación de la persona jurídica de derecho público de la Iglesia Pentecostal Maillen en Cristo. Domicilio: Para todos los efectos legales, el domicilio de la Iglesia será Lote Uno A, Sector Puqueldón, Isla Maillen, comuna de Puerto Montt, de la provincia Llanquihue, Décima Región de Los Lagos, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: I. Declaración de fe y principios de la Iglesia: La declaración de fe de la Iglesia Pentecostal Maillen en Cristo, está basada y descansa en los siguientes Principios: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; e) Proclamar y difundir la palabra del Señor Jesucristo, como se encuentra en las Sagradas escrituras, con el fin de que todos los seres humanos la conozcan y la practiquen, alcanzando la vida eterna y su realización personal; f) Promover la superación personal de sus asociados y la solución de los problemas inherentes a su estado y sexo dentro del ámbito vecinal; g) Interpretar y expresar los intereses y aspiraciones de sus asociados, en acciones tendientes a la formación y superación personal de ellas, en los aspectos físicos, intelectuales, culturales, artísticos, sociales y técnicos; h) Promover el sentido de comunidad y solidaridad entre sus asociados, a través de la convivencia y de la realización de acciones comunes; i) Realizar campañas de evangelización, salvación, sanidad divina, derramamiento del Espíritu Santo, bautismo en aguas por inmersión, Santa cena, lavamientos de pies, presentación de infantes, casamientos y demás actividades religiosas evangélicas; j) Lo demás que determine la Asamblea General. II. Fundamentos de la fe de la Iglesia: La Iglesia Pentecostal Maillen en Cristo, está fundamentada en difundir y predicar la palabra de Dios, orar por los enfermos, visitar hogares y familias con problemas y en todo caso la iglesia no persigue ni se propone fines sindicales o de lucro, no pudiendo desarrollar bajo ninguna forma actividades de este carácter. Órganos de Administración: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado integrado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros (as) activos; f) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentarán el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. Puerto Montt, 11 de marzo de 2022.






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