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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-04-09 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2111128)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGÉLICO BUENAS NUEVAS

(Extracto)

Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, Notario Público 4ª Notaría Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de enero de 2022, ante mí, David Gregorio Lagos Medel, chileno, casado, Pastor Asesor Jurídico, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y cinco mil ochenta y tres guion tres, domiciliado en calle Vicuña número doscientos setenta y seis, Población Las Higueras, Talcahuano, debidamente facultado redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos del Ministerio Evangélico Buenas Nuevas, de conformidad al artículo 11 inciso 2º del decreto supremo Nº 303, de 21.Mar.2000, del Ministerio de Justicia, para los efectos de su publicación en el Diario Oficial, y que es del tenor siguiente: A). Del nombre: Ministerio Evangélico Buenas Nuevas. B). Domicilio Principal de la Entidad: Villa Las Américas, Avenida 18 Norte con 6 1/2 Oriente, Nº 2916, comuna de Talca, provincia de Talca, Región del Maule. C). Fecha y número del Registro: 28.Ene.2022, Nº 5811, según Oficio Nº 752, de 11.Mar.2022, del Depto. Personas Jurídicas, Unidad Entidades Religiosas, del Ministerio de Justicia. D). Nombre de los Constituyentes: Directorio Provisorio, integrado por 5 personas: Pastor Presidente, Luis Álvarez Cisterna; Pastora vicepresidenta, Ruth Chandía Molina; Secretaria, Rosa Vergara Mendoza; Tesorero, Luis Álvarez Chandía, y Primer Director, Pablo Álvarez Chandía. Este Directorio Provisorio cumplirá sus funciones hasta que se celebre la Primera Asamblea General Ordinaria, después de que se haya obtenido definitivamente el registro del Ministerio Evangélico Buenas Nuevas, en el Ministerio de Justicia; en la que se elegirá el nuevo Directorio, por el período de cuatro años. Las otras 10 personas constituyentes son: José Jara Jara; Liliana Bravo Rebolledo; Duvann Toro Fuentes; Marta Mendoza Mendoza; Guacolda Carvajal Moya; Sandra Aldana Núñez; Yocelyn Gutiérrez Galdamez; Rodrigo Soto Ramírez; Ricardo Soto Ramírez y María Bravo Rebolledo. E). Los Elementos Esenciales que la caracterizan, son: a) Formar un Ministerio cristiano centrado en Dios; b) Predicar y enseñar el Santo Evangelio de Jesucristo, el Señor de la Iglesia, en: Templos, Institutos, Escuelas y domicilios particulares; c) Realizar talleres, seminarios, retiros y conferencias, para la formación teológica, ética, espiritual e intelectual de sus miembros; d) Propender a la fundación y manutención de Templos, Institutos Teológicos, Escuelas, Hospitales, Clínicas e Instituciones Filantrópicas de beneficencia y de asistencia social y, e) Publicar literatura cristiana, en forma de folletos, revistas, libros y mediante grabaciones u otro sistema de transmisión oral. F). Los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: a) Cree en Dios, quien se ha revelado asimismo como el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo; b) Cree en la muerte, resurrección y ascensión de Jesucristo al cielo; el que se encuentra a la diestra de Dios, su Padre; c) Cree en el señorío de Jesucristo en su Iglesia; d) Cree en la divina inspiración de la Biblia; e) Cree que la tarea de la Iglesia es la evangelización a todo el mundo; f) Cree que la entrada de los miembros a este Ministerio Evangélico Buenas Nuevas, debe ser a través del nuevo nacimiento en el espíritu; g) Cree que los ministerios y dones dados por el Espíritu Santo a la Iglesia, son para su edificación; h) Cree que la Ordenanza del Bautismo en las aguas, debe ser por inmersión, en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Y, en los casos, de personas que tengan alguna imposibilidad física o, por su avanzada edad, dicha Ordenanza bautismal, se llevará a efecto con agua por aspersión; i) Cree que la Santa Cena es una Ordenanza de Jesús, para la Iglesia; j) Cree en el Bautismo del Espíritu Santo; k) Cree que los seres humanos, son justificados y perdonados de sus pecados, por Jesucristo el Señor; l) Cree que la salvación, es por gracia y fe en Jesucristo; m) Cree en la segunda venida personal de Jesucristo a la tierra; n) Cree que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, tal como lo instituyó Dios en el Huerto del Edén; ñ) Cree que los niños deben ser dedicados u/o presentados a Dios, mas no bautizados; haciéndolo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo; o) Cree que los hijos deben estar bajo la potestad de sus padres, tanto dentro como fuera del matrimonio, vinculo éste, entre un hombre y una mujer; p) Cree que la familia debe ser de acuerdo al diseño de Dios y, q) Cree que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo. G). Los Órganos de Administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen: a) Las Asambleas Generales; b) El Directorio y, c) El Pastor Presidente. H). La Asamblea General Ordinaria: Se celebrará entre los meses de enero a mayo de cada año; en la que se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior. Además, cuando corresponda, se procederá a las elecciones determinadas por los Estatutos. Y, cualquier otro asunto relacionado con los intereses sociales de esta Entidad. I). La Asamblea General Extraordinaria: Se celebrará cada vez que el Directorio acuerde convocar a ella, por estimarla necesaria o, cada vez que la soliciten al Pastor Presidente, por escrito, a lo menos, los dos tercios de sus miembros, indicando el objeto de esta convocatoria. En ésta se tratará: a) Las Reformas de los Estatutos y Reglamento Interno; b) La disolución de esta Entidad Religiosa; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio, para hacer efectivas las responsabilidades que, por ley, los estatutos y reglamento interno les correspondan y, d) De las adquisiciones, enajenaciones, hipotecas, y rentas de los bienes de la Entidad. J). El Directorio lo componen 5 miembros: Un Pastor Presidente, quien representa a esta Entidad Religiosa en lo judicial y extrajudicial; Una Pastora vicepresidenta; Un Secretario(a); Un Tesorero(a) y, Un Primer Director(a). Este Directorio tiene la dirección superior de la Entidad, en conformidad a sus Estatutos y Reglamento Interno y durará 4 años en sus funciones. El Pastor Presidente y la Pastora vicepresidenta serán reelegidos las veces que la Asamblea General Ordinaria así lo determine, siempre y cuando, cumplan fielmente con los requerimientos exigidos por los Estatutos y Reglamento Interno. El Secretario(a), Tesorero(a) y Primer Director(a), podrán ser reelegidos en los mismos cargos, solo por un período más. Sin perjuicio del inciso anterior, después de una reelección, en sus cargos, podrán ser elegidos posteriormente, en otros cargos distintos del Directorio. K). En caso de disolución de esta Entidad Religiosa, los bienes se traspasarán a la Congregación Evangelística Aliento de Vida, la que no persigue fines de lucro y que actualmente se encuentra vigente, con Personalidad Jurídica de Derecho Público Nº 3974, de 15.Jul.2016, con domicilio principal, en Avenida 19 Norte, Nº 1202, comuna de Talca, provincia de Talca, Región del Maule. L). Demás estipulaciones en escritura extractada. M. Escritura Pública, de 24.Ene.2022, Repertorio Nº 135-2022, de 25.Ene.2022, extendida por el Notario Público, de la 4ª Notaría Pública de Talcahuano, don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, domiciliado en Autopista 9000, Local 22, Hualpén. Hualpén, 23 de marzo de 2022.






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