GobiernoTransparente


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-05-27 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2133718)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

ACTA CONSTITUTIVA DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA RELIGIOSA DE DERECHO PÚBLICO DE LA ASAMBLEA ESPIRITUAL DE LOS BAHÁ'ÍS DE ÑUÑOA (ARTÍCULO 11 DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 19.638)

(Extracto)

1. El nombre de la entidad es Asamblea Espiritual de los Bahá'ís de Ñuñoa y su domicilio principal está en calle Manuel de Salas Nº 356, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. 2. Por Certificación del Ministerio de Justicia, de fecha 21 de abril de 2022 la entidad está anotada con el Nº 5.775, de fecha 23 de diciembre de 2021, en el Registro de Personas Jurídicas Religiosas de Derecho Público de dicho Ministerio. 3. Los nombres de los constituyentes de la entidad son: Coordinador, María Loreto Jara Barrera; Vice Coordinador, Yindher Llanco Taipe; Secretario de Actas, Trini López Claros; Secretario de Correspondencia, Mogzgan Hajari Astani; Tesorero, José Fontirroig Romanque; y los Vocales, Oscar Araya Ponce, Sandra Lavandero Rodríguez, Bahram Hosseini, y Otto Roeder Romero. 4. Su propósito esencial es la promoción y práctica de las enseñanzas de las Escrituras Sagradas de la Religión Bahá'í, reveladas por Bahá'u'lláh, su Fundador, de Abdu'I-Bahá el Autorizado Intérprete, de Shoghi Effendi, el Guardián y de la Casa Universal de Justicia, la Suprema Autoridad Internacional Bahá'í con sede en Haifa, Israel, todas las cuales tienden a la unidad sobre la base de los siguientes principios: Unidad de Dios, Unidad del Género Humano; y Unidad de las Manifestaciones de Dios. 5. El órgano de administración de la Religión Bahá'í es la Asamblea Espiritual de los Bahá'ís de Ñuñoa, su Autoridad Suprema en la comuna de Ñuñoa, la que está constituida por nueve miembros elegidos en la Reunión Anual por los Bahá'ís mayores de 21 años de edad residentes en Ñuñoa. Los miembros duran en funciones un año y pueden ser reelegidos indefinidamente. Otros órganos administrativos son los comités y departamentos que la entidad estime necesarios. La Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá'ís de Chile, inscrita con el Nº 298 del 6 de agosto de 2002 en el Registro de Personerías Jurídicas Religiosas de Derecho Público, autorizó la formación de la Asamblea Espiritual de los Bahá'ís de Ñuñoa por carta de fecha 29 de septiembre de 2021. Los estatutos de la Asamblea Espiritual de los Bahá'ís de Ñuñoa se ciñen a la Sección Tercera del acta constitutiva de la Asamblea Espiritual Nacional de los Bahá'ís de Chile. Además, la Asamblea Espiritual los Bahá'ís de Ñuñoa puede establecer fundaciones, corporaciones, escuelas, hospitales, orfelinatos, y cualquier otra entidad de servicio social que estime necesarios y que no contravengan las leyes, el orden público y las buenas costumbres. Las atribuciones de estos órganos conciernen a todos los asuntos necesarios para la administración y promoción de los fines de la institución, que se detallan en la Sección Primera, Artículos I al VII y Sección Segunda, Artículos I al XV del acta constitutiva. La Sección Tercera del acta señala los nueve Días Sagrados que están llamados a observar los creyentes de esta Religión. 6. La escritura pública que contiene los estatutos inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia, fue otorgada con fecha 20 de diciembre de 2021, y complementada con fecha 28 de marzo de 2022, ambas extendidas ante don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº835, Piso 18, Santiago.- Extracto redactado por el abogado Jamshi izadeh Popp, C.I.:10.780.372-6.






VolverTamaño de Fuente