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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-05-13 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2126406)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA ASAMBLEA DE DIOS MINISTERIO MISIONERO LEÓN DE JUDÁ

(Extracto)

Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, Notario Público 4ª Notaría Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción-Talcahuano 9000, local 22, Hualpén, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2021, ante mí, David Gregorio Lagos Medel, chileno, casado, Pastor, Asesor Jurídico, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y cinco mil ochenta y tres guión tres, domiciliado en Calle Vicuña número doscientos setenta y seis, Población Las Higueras, Talcahuano, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Constitución y Estatutos de la Iglesia Asamblea de Dios Ministerio Misionero León de Judá, de conformidad al artículo 11 inciso 2º del decreto supremo Nº 303, de 21 Mar. 2000, del Ministerio de Justicia, para los efectos de su publicación en el Diario Oficial, y que es del tenor siguiente: A). Del nombre y el domicilio principal de la Entidad: Iglesia Asamblea de Dios Ministerio Misionero León de Judá, con domicilio en La Victoria, Sitio 37, Las Mariposas, kilómetro 8, comuna de Chillán, Provincia de Diguillín, Región de Ñuble. B). Fecha y número del Registro: 16.Feb.2022, N° 5823, según oficio N° 1198, de 21.Abr.2022, del Depto. Personas Jurídicas, Unidad Entidades Religiosas, del Ministerio de Justicia. C). Nombre de los constituyentes: Directorio Provisorio, integrado por 5 personas: Pastor Presidente, Alvaro Olate Marín; Pastora Vicepresidenta, Mariela Encina Pereda; Secretaria, Karen Vásquez Suvero; Tesorera, Carolina Monsalve Montecinos; Primer Director, Rodolfo Riquelme Astudillo; más el Pastor Consejero, don Christian Riquelme Bernard, quien asesorará a dicho Directorio con derecho a voz, mas no a voto. Este Directorio Provisorio cumplirá sus funciones hasta que se celebre la Primera Asamblea General Ordinaria, después de que se haya obtenido definitivamente el registro de la Iglesia Asamblea de Dios Ministerio Misionero León de Judá, en el Ministerio de Justicia; en la que se elegirá el nuevo Directorio por el período de 4 años. Las otras 17 personas constituyentes son: Mirta Inostroza Caro; Olga Chavarría Bustos; Teresa Figueroa Chavarría; Jorge Arejula Escalona; Juan Troncoso Céspedes; Ada Anabalón Riquelme; Daniela Aedo Vera; Aníbal Ponce Rubio; Hernán Cortés Abranza; Oscar Aguero Pulgar; Nilsa Riquelme Astudillo; Juan Muñoz Araya; Iván Cartes Molina; Juana Sepúlveda Vásquez; Bella Fuentealba Morales; Félix Martínez Guzmán y, Sigisfredo Bravo Monje. D). De los Elementos Esenciales que la caracterizan: a) Formar una Iglesia centrada en Dios; b) Predicar y enseñar el Santo Evangelio de Jesucristo, el Señor de la Iglesia, en: Templos, Institutos, Escuelas y domicilios particulares; c) Realizar talleres, seminarios, retiros y conferencias, para la formación teológica, ética, espiritual e intelectual de sus miembros; d) Propender a la fundación y manutención de Templos, Institutos Teológicos, Escuelas, Hospitales, Clínicas e Instituciones Filantrópicas de beneficencia y de asistencia social y, e) Publicar literatura cristiana, en forma de folletos, revistas, libros y, mediante grabaciones u otro sistema de transmisión oral. Y, los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, son: 1. Creemos en un solo Dios, eternamente subsistente en tres personas: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. 2. Creemos en la Inspiración Verbal de la Biblia Sagrada; única regla infalible de fe, de norma de vida y del carácter cristiano. 3. Creemos en el nacimiento virginal de Jesús, en su muerte vicaria y expiatoria, en su resurrección corporal de entre los muertos y su ascensión victoriosa a los Cielos. 4. Creemos en la pecaminosidad del hombre que lo destituyó de la Gloria de Dios y que solamente el arrepentimiento y fe en la obra expiatoria y redentora de Jesús, y que puede restaurar Dios. 5. Creemos en la necesidad absoluta del nuevo nacimiento por la fe en Cristo y por el poder activo del Espíritu Santo y de la Palabra de Dios, para tornar al hombre digno del Reino de los Cielos. 6. Creemos en el perdón de los pecados, en la salvación presente y perfecta, en la justificación del alma, recibidos gratuitamente de Dios por la fe en el sacrificio efectuado por Jesucristo en nuestro favor. 7. Creemos en el bautismo bíblico efectuado por inmersión del cuerpo entero de una sola vez en las aguas, en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo, conforme a lo que el Señor Jesucristo determinó. 8. Creemos en la necesidad y posibilidad que tenemos de vivir una vida santa mediante la obra expiatoria y redentora de Jesús en el Calvario, a través del poder regenerador, inspirador y santificador del Espíritu Santo, que nos capacita para vivir como fieles testigos de Cristo. 9. Creemos en el bautismo bíblico en el Espíritu Santo que nos es dado por Dios mediante la intercesión de Cristo, con la evidencia inicial de hablar en otras lenguas, conforme a su voluntad. 10. Creemos en la actualidad de los dones espirituales distribuidos por el Espíritu Santo a la Iglesia, para su edificación, conforme a su soberana y perfecta voluntad. 11. Creemos en la segunda venida de Cristo, en dos fases distintas: Primera, invisible al mundo, para arrebatar a su iglesia fiel de la tierra, antes de la Gran Tribulación; Segunda, visible y corporal, con su Iglesia glorificada, para reinar sobre el mundo durante mil años. 12. Creemos que todos los cristianos comparecerán ante el Tribunal de Cristo, para recibir la recompensa de sus hechos a favor de la causa de Cristo en la tierra. 13. Creemos en el juicio venidero que justificará a los fieles y condenará a los infieles. 14. Creemos en la vida eterna de gozo y felicidad para los salvos y de tristeza y tormento para los perdidos. 15. Creemos que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer y, 16. Creemos en el diseño original de la familia, según lo establecido por nuestro Dios, según la Biblia. E) De los órganos de administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen: a) Las Asambleas Generales; b) El Directorio y, c) el Pastor Presidente. 1. En cuanto a la Asamblea General Ordinaria: Se celebrará entre los meses de enero a abril de cada año; en la que se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior. Además, cuando corresponda, se procederá a las elecciones determinadas por los Estatutos. Y, cualquier otro asunto relacionado con los intereses sociales de esta Entidad. 2. En cuanto a la Asamblea General Extraordinaria: Se celebrará cada vez que el Directorio acuerde convocar a ella, por estimarla necesaria o, cada vez que la soliciten al Pastor Presidente, por escrito, a lo menos, los dos tercios de sus miembros, indicando el objeto de esta convocatoria. En ésta se tratará: a) Las Reformas de los Estatutos y Reglamento Interno; b) La disolución de esta Entidad Religiosa; c) Las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio, para hacer efectivas las responsabilidades que, por ley, los estatutos y reglamento interno les correspondan y, d) Las adquisiciones, enajenaciones, hipotecas, y rentas de los bienes de la Entidad. 3. En cuanto al Directorio: Lo componen 5 miembros: Un Pastor Presidente, quien representa a esta Entidad Religiosa en lo judicial y extrajudicial; Una Pastora Vicepresidenta; Un Pastor Secretario; Un Pastor Tesorero y, Un Pastor Primer Director. Este Directorio tiene la dirección superior de la Entidad, en conformidad a sus Estatutos y Reglamento Interno y, durará 4 años en sus funciones. El Pastor Presidente y la Pastora Vicepresidenta serán reelegidos las veces que la Asamblea General Ordinaria así lo estime conveniente, siempre y cuando, cumplan fielmente con los requerimientos exigidos por los Estatutos y Reglamento Interno. El Pastor Secretario, Pastor Tesorero y, Pastor Primer Director, podrán ser reelegidos en los mismos cargos, solo por un período más. Sin perjuicio del inciso anterior, después de una reelección, en sus cargos, podrán ser elegidos posteriormente, en otros cargos distintos del Directorio. 4. En caso de disolución de esta Entidad Religiosa, los bienes se traspasarán a la Iglesia Asamblea de Dios Manantial, la que no persigue fines de lucro y que actualmente se encuentra vigente, con Personalidad Jurídica de Derecho Público N° 849, de 30.Dic.2004, RUT N° 65.635.230-2 con domicilio principal, en Avenida Los Mohicanos N° 437, Michaihue, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Biobío. 5. Demás estipulaciones en Escritura extractada. F) Fecha de la Escritura Pública: 30.Dic.2021, Repertorio N° 2278-2021, de 30.Dic.2021, extendida por el Notario Público, de la 4ta. Notaría Talcahuano, don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, con domicilio en: Autopista 9000, Local 22, Hualpén.- Hualpén, 29 de abril de 2022.






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