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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-07-18 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2156003)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

CENTRO DE ADORACIÓN FAMILIAR DE LA IGLESIA APOSTÓLICA DE JESUCRISTO

(Extracto)

Juan Carlos San Martín Molina, abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, certifica: Por escritura pública de 25 de septiembre de 2020, repertorio N° 1960, modificada y complementada por escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2021, repertorio N° 2583, ambas ante Notario Público Interino de Concepción, doña Zunilda Suazo Castillo, y rectificada por escritura pública de fecha 20 de junio de 2022, repertorio N° 1638, ante mí, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia, y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Centro de Adoración Familiar de la Iglesia Apostólica de Jesucristo. Domicilio Principal: Calle Puerto Octay N° 8242, Lan-C, comuna de Hualpén, Región del Biobío. Registro Público: Inscrita bajo el N° 5408, de fecha 24 de noviembre de 2020. Constituyentes: Jorge Alex Basaur Fernández, Héctor Isaac Fernández Morales, Hugo Orlando Gacitúa Ulloa, Patricio Orlando Stuardo Carmona, Francisco Silvano Collao Ramírez, José Daniel Luengo Araneda. Elementos esenciales: a) no persigue fines de lucro, políticos, sindicales o de otra especie que no sean los señalados en el artículo siguiente y solamente se abocará al logro de tales objetivos; b) La entidad religiosa, y sus miembros son cristianos y evangélicos; c) La autoridad eclesiástica y administrativa es de origen y generación episcopal, recayendo en el obispo y los pastores; d) Propiciará la fraternidad entre las iglesias y entidades religiosas, tanto a nivel nacional como internacional. f) Esta entidad considera como valor fundamental para la sociedad a la familia. Además, consideramos a la familia y el matrimonio como una institución sagrada de origen divino, formada idealmente por un padre, una madre e hijos. No aceptamos la formación familiar compuesta de matrimonios de un mismo sexo, por ser contrarias a las enseñanzas de las Escrituras, por lo que no se celebrará ni bendecirá matrimonios o bodas de personas del mismo sexo. Principios de fe: Cree: 1. En la Biblia es la Palabra de Dios y única norma de Fe, Conducta y Doctrina; 2. En la existencia de Dios Único y Personal, Creador y Sustentador de todo; 3. En que Dios se ha manifestado en carne: Jesús de Nazaret (Profeta, Sumo Sacerdote y Rey); 4. En que todos los seres humanos nacen en pecado y necesitan la Salvación; 5. En el Sacrificio Expiatorio, Redencional y Sustitutivo de Cristo a nuestro favor; 6. En la Salvación por la Gracia y recibida mediante la Fe previo acto de Arrepentimiento; 7. En el Bautismo por Inmersión en el Nombre del Señor Jesucristo y en la Cena del Señor como acto de conmemoración del Sacrificio de Cristo en la Cruz del Calvario; 8. En el establecimiento de la Iglesia como Cuerpo de Cristo y como el lugar establecido por Dios para el Crecimiento espiritual, Adoración, Oración y escucha de la Palabra de Dios; 9. En que las Buenas Obras son el resultado de una Fe genuina; 10. En el Ministerio Ordenado y válidamente constituido bajo consentimiento de la Iglesia Local; 11. En la Manifestación de los Dones Espirituales según 1° de Corintios 12, Efesios 4 y Romanos 12; 12. En el Retorno Personal, Visible y Glorioso de nuestro Señor Jesucristo. Órganos de administración: La Conferencia Anual estará formada por todos los pastores y Encargados de Obra de la entidad; por todos los miembros del Directorio; por todos los que tuvieren la calidad de miembros de esta entidad religiosa, y no estuvieren sancionados; y por todos aquellos miembros, conferencistas, maestros y asesores que sean invitados por el Directorio. Será Ordinaria y Extraordinaria. La Ordinaria se celebrará una vez al año, en los días de Semana Santa. Atribuciones: a) Ser informada de la marcha de la entidad religiosa; b) Hacer todo tipo de peticiones al directorio, pudiendo éste aprobarlas o rechazarlas; c) Recibir información bíblica y

de crecimiento espiritual. La extraordinaria se efectuarán a requerimiento del Directorio, o al menos el 50% de los miembros de la entidad. Podrán adoptarse acuerdos relacionados con los asuntos indicados en la citación, entre ellos, Reforma de los Estatutos, y la disolución de la entidad religiosa. Directorio. Estará formado por 6 miembros: el presidente (obispo de la entidad), vicepresidente, secretario, tesorero, 1° director y el 2° director. Atribuciones: a) Dirigir la entidad y velar por que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la entidad; c) Citar a Conferencias Anuales Ordinarias y Extraordinarias; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios; e) Cumplir los acuerdos del Presbiterio Nacional; f) Rendir cuentas en la Conferencia Anual y presbiterio nacional. Presbiterio Nacional. Formado por todos los pastores que diriján una congregación local. Sus sesiones 3 veces en el año. Atribuciones: a) Dar su aprobación o rechazo a los acuerdos destinados a adquirir, gravar o enajenar bienes de la entidad, y bienes muebles de alto valor; b) Establecer las directrices de crecimiento; c) Aprobar o rechazar el nombramiento de pastores; d) Identificar las necesidades socioeconómicas existentes en los Pastores y los Miembros; e) Resolver toda cuestión o asunto que no estuviere entregado a otro organismo.- Concepción, julio 6 de 2022.- Doy fe.






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