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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-07-20 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2158254)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELÍSTICO SOCIAL Y CULTURAL REVELACIÓN ANDINA

(Extracto)

Humberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Público Titular, de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo Nº 3196, Las Condes, Santiago, Chile, certifico: que por escritura pública de fecha 21-09-2020, Rep. N° 5.372/2020, Rectificada mediante escritura pública de fecha 30-09-2020, se constituyó la entidad religiosa: "Ministerio Evangelístico Social y Cultural Revelación Andina", Registro Público N° 5374 09-10-2020. Domicilio: En la calle Quizapu Nº 0401 con Avenida San Enrique en la comuna de Quilicura, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener a lo largo del País y en el Extranjero. Constituyentes: Luis Alberto Huanchicay Barcos, José Luis Alberto Huanchicay Flores, Elena de las Mercedes Flores Muñoz, Abigaíl Betsabé Huanchicay Flores. Principios de Fe: I. Creemos en un solo Dios Trino, Divino y Eterno en el Padre Creador, Hijo Redentor y Espíritu Santo Guiado. II. Creemos en la Biblia como libro Sagrado que contiene la Palabra inspirada de Dios, aceptándola como regla infalible de fe y conducta moral para el hombre, ya que esta contiene los principios que conforman el pensamiento Cristiano. III. Creemos en la Divinidad de Nuestro Señor Jesucristo en su nacimiento virginal, en su vida inmaculada, en sus milagros, en su muerte expiatoria, en su resurrección y ascensión al cielo y en su retorno futuro a buscar a su Iglesia. IV. Creemos en la Iglesia como medio de anunciación de los planes redentores y salvíficos de Nuestro Señor Jesucristo. Elementos Esenciales: A) Practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Señor Jesucristo. B) Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socioeconómica proporcionando ayuda a personas necesitadas tales como huérfanos y viudas, rehabilitando a personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y exconvictos. C) Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo para ello Institutos Bíblicos, Jardines Infantiles, colegios de enseñanza Básica, Media y Superior. D) Efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos de conformidad con las normas legales sobre uso de tales bienes nacionales u ordenanzas vigentes, en establecimientos de salud, de reclusión, de protección de menores o indigentes llevando el mensaje de nuestro Señor y Salvador Jesucristo y la ayuda al prójimo. E) Promover y practicar la fraternidad y la comunión entre los miembros del Ministerio y de las demás Iglesias evangélicas. F) Adquirir y administrar los bienes inmuebles que fueren indispensables para el desempeño de sus actividades. Administración: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 4 personas. Directorio: Obispo Presidente Vitalicio: Luis Alberto Huanchicay Barcos; Secretaria: Elena de las Mercedes Flores Muñoz; Vicepresidente: José Luis Alberto Huanchicay Flores; Tesorera: Abigaíl Betsabé Huanchicay Flores. Demás estipulaciones escritura extractada. Atribuciones y Deberes Directorio: a) Dirigir a Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar reglamentos que estimen necesarios para mejor funcionamiento de Iglesia y lo someta a la aprobación de asamblea general. d) Citar a asambleas generales o extraordinarias cuando estime necesario o a petición escrita por un tercio de miembros de la Iglesia. e) Someter a consideración y aprobación de asamblea los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para adecuado funcionamiento y cumplimiento de fines de Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante asamblea general ordinaria correspondiente a inversiones de fondos de la Iglesia y de su marcha en período que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia, especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender; para esto estarán facultados el Presidente y la Tesorera de la Iglesia, además estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2022.- Humberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Público, 26ª Notaría de Santiago.






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