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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-07-07 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2152181)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA BÍBLICA EVANGÉLICA PENTECOSTAL

(Extracto)

Juan Carlos San Martín Molina, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín N° 906, Certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2020 otorgada ante doña Zunilda Vitalia Suazo Castillo, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, calle San Martín N° 906, Repertorio N° 2.794-2020 y rectificada con fecha 18 de mayo de 2022, por escritura pública, otorgada ante don Fernando Celis Urrutia, Notario Público Titular de la 2a Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren N° 2615 comuna de Providencia, se constituyó una entidad religiosa de derecho público, de acuerdo a la Ley N° 19.638, y decreto supremo N° 303 del Ministerio de Justicia, inscrita en el Registro de Entidades Religiosas de Derecho Público del Ministerio de Justicia bajo el número 5514 fecha 23 de marzo de 2021. y cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia Bíblica Evangélica Pentecostal. Constituyentes: Pastor Roberto Exequiel Rojas Rojas, Pastora Janet Elena Arévalo Villarroel, Cristian Eduardo Garrido Torres, Cristian Rodrigo Pérez Williams, Jaime Manuel Rodríguez Valencia, Rosa de las Nieves Urzúa Parra, Juan Ernesto Riquelme Caro. Domicilio: Juan Negrete 196, población René Schneider, comuna Hualpén, Región Bío Bío, sin perjuicio de sedes en otros lugares de la República y fuera de ella. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Es absolutamente apolítica, sin embargo, no se prohibirá la práctica partidista de sus miembros, siempre y cuando esta tenga como propósito principal la defensa del nombre de Dios, del evangelio, de la vida, la familia, los valores cristianos, la libertad de culto y de pensamiento y de cualquier otra defensa atingentes a la misión y visión de esta entidad religiosa. a) Es pentecostal, puesto que se acepta en toda su amplitud la manifestación del Espíritu Santo en Pentecostés, relatada en el libro de Hechos de los Apóstoles 2:1-4, y su aplicación en la actualidad. b) En esta entidad religiosa no habrá discriminación entre hombre y mujer. Esta última podrá predicar el Evangelio de Jesucristo en cualquier lugar y en los cultos, y acceder libremente a los cargos, funciones y dignidades eclesiásticas, si tuviere mérito para ello. c) Esta entidad religiosa considera a la familia como valor fundamental para la sociedad. Demás, consideramos a la familia y el matrimonio como una institución sagrada de origen divino, formada idealmente por un padre, una madre e hijos. No aceptamos la formación familiar compuesta de matrimonios de un mismo sexo, como también de personas que hayan cambiado de manera artificial el sexo con el cual nacieron y que a través de esta intervención se presenten física y legalmente como un hombre y una mujer, por ser contrarios a las enseñanzas de las Escrituras (Génesis 1:27-28), por lo que no se celebrará ni bendecirá matrimonios o bodas de personas del mismo sexo o en la condición citada anteriormente. La fuente doctrinaria de la presente entidad religiosa está constituida única y exclusivamente por las Sagradas Escrituras (Biblia), en su Antiguo y Nuevo Testamento, con el canon judeocristiano con sus 66 libros sagrados, interpretada y aplicada sobre la base de los principios teológicos evangélicos. Esta Entidad Religiosa no acepta otra fuente doctrinaria. En particular, sin que esta enumeración sea exclusiva y excluyente, esta iglesia cree: 1. En un solo Dios y Padre de todos, santo e infinito, vivo, verdadero y eterno, de infinito poder y sabiduría, omnisciente y creador de todo lo que existe. Efesios 4:6.- 2. En el Hijo, unigénito de Dios, que es Verbo del Padre, verdadero y eterno Dios y Hombre concebido por el Espíritu Santo, de su madre María, cuyo nombre es Jesucristo o Emmanuel, quien tiene toda potestad en los cielos y en la tierra, salvador de la humanidad, mediante su sacrificio en la cruz y su resurrección. Juan 1:18.- 3. En el Espíritu Santo. Creemos que procede del Padre y del Hijo compartiendo su misma sustancia, y que es verdadero y eterno Dios, detentando sus mismos atributos, y que, al recibirlo en nuestro ser, como un regalo, conjuntamente con sus dones, consuela, edifica, purifica, santifica y regenera, guiándonos hacia Dios. 1 Corintios 6:19-20.- 4. En la trinidad. Está formada por el Padre, Hijo y Espíritu Santo, todos iguales en cuanto a su perfecta y suprema divinidad. Mateo 28:19-20.-5. En la inspiración de las Santas Escrituras, como la Palabra de Dios, que contiene todo lo necesario para la salvación, en su Antiguo y Nuevo Testamento. 2 Timoteo 3:16- 6. En la Iglesia Universal militante y triunfante, compuesta por todos los creyentes en Cristo Jesús, en la tierra y en los cielos. Hechos 2:46-47.- 7. En la existencia de Satanás y de los demonios, los que provocan el mal a los hombres, y luchan contra la Obra de Dios. Juan 8:44.- 8. En el castigo final de los impíos y un lugar de tormento, llamado infierno, donde serán arrojados el falso profeta, el anticristo, Satanás, los demonios y los incrédulos. Apocalipsis 20:15.- 9. En el cielo como un lugar de gozo y perfección, que será reposo para el cansado, donde todos serán bienaventurados, y habrá eterna felicidad. Juan 14:2-3.- 10. En que todo ser humano ha pecado y se encuentra destituido de la gloria de Dios. Romanos 3:23.- 11. En que la salvación no es por obras, sino por gracia (por méritos, muerte y sangre de nuestro Señor Jesucristo) y por fe (se obtiene gratuitamente al aceptar al señor Jesucristo, como único y suficiente Salvador). Efesios 2:8-9.- 12. En el Espíritu Santo, como promesa cumplida para todos los creyentes en Cristo Jesús (Juan 14:15-21), de su manifestación conforme a la Palabra de Dios en las sanidades obradas por Dios en su amante misericordia, como señales de su amor y bondad. El hablar en lenguas, tener visiones, profetizar o cualquier otro don son evidencias del Espíritu Santo. 1 Corintios 12:7-11.-13. En la celebración de la Santa Cena, como símbolo de muerte cruenta de nuestro Señor Jesucristo, participando el creyente de ambos elementos: pan y vino. 1 Corintios 11:23-27.- 14. En la resurrección de los muertos para la vida eterna a los salvados y eterno castigo para los perdidos. Daniel 12:2.- 15. En el Bautismo por inmersión, de cada creyente, cuya ordenanza es dada en la gran comisión. Mateo 3:16.- 16. En la presentación de los niños a Dios, tal como ocurrió con nuestro Señor Jesucristo. Lucas 2:21-23.- 17. En el arrebatamiento al cielo de la Iglesia y en la segunda venida de Cristo, que regresará a la tierra con poder y gloria, a reinar por mil años y toda la eternidad. 1 Tesalonicenses 4:16.- 17. Órganos de Administración: Uno) La Conferencia Pastoral estará formada por todos los pastores titulares y encargados de obra de la entidad, será siempre presidida por el presidente, y como secretario actuará quien detente dicha calidad en el Directorio. Sus atribuciones serán: a) Elegir a la comisión revisora de cuentas. b) Dar su aprobación o rechazo a todos los acuerdos destinados a gravar o enajenar bienes inmuebles de la entidad. c) Establecer las directrices de crecimiento por las que deberá regirse el Directorio. d) Confirmar a los pastores que ejercerán dicho ministerio en la entidad, a propuesta del Directorio. e) Elegir los miembros del Directorio. f) Conocer de todas las apelaciones que interpongan miembros sancionados por el Directorio. g) Las demás que los estatutos señalen. Dos) La Conferencia General estará integrada por a) todos los pastores de la entidad y sus respectivas esposas, b) Todos los encargados de obra con sus esposas, c) Un designado por cada congregación, elegido por esta última, d) Los presidentes de los departamentos internos de cada congregación, y e) Los asesores conferencistas, maestros y otros invitados por el directorio, y sus atribuciones son: a) ser informada de la marcha de la entidad; b) hacer toda clase de peticiones a la Conferencia Pastoral, al Directorio y al Presidente; c) proponer, individual o colectivamente, todo tipo de proyectos a las autoridades de la entidad religiosa; d) ser capacitada, enseñada, en materias teológicas, bíblicas, administrativas, cívicas, científicas, técnicas, y de todo otro orden, con la finalidad de alcanzar el mayor desarrollo espiritual y personal de los miembros de la entidad religiosa; e) las demás que el presente estatuto señalare. Tres) El Directorio. Estará compuesto de 07 miembros: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, primer director, segundo director y tercer director, y le corresponde la administración y dirección de los recursos materiales y humanos de la "Iglesia" en conformidad a los estatutos. Sus atribuciones son: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos. b) Administrar los bienes de la Iglesia e invertir sus recursos. c) Citar a asambleas anuales Ordinarias y Extraordinarias de miembros en la forma y época que señalan los estatutos. d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de éste. e) Rendir cuentas en la Conferencia General, tanto de la marcha de la iglesia, como de la inversión de sus fondos, mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterá a la aprobación de los miembros. Cuatro) El Presidente. Corresponde especialmente al Presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad religiosa; b) Presidir las Asambleas Anuales y sesiones del Directorio; c) Convocar a Asambleas Anuales, ordinarias y extraordinarias, cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Cumplir los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden al Secretario, Tesorero y otros miembros que designe el Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la entidad, estando facultado para establecer prioridades en su ejecución; f) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la entidad religiosa; g) Nombrar las comisiones de trabajo que estime conveniente; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la entidad religiosa; i) Presentar en la Conferencia General una cuenta de la marcha de la entidad debidamente documentada, copiada, física y digitalmente; j) Las demás atribuciones y obligaciones que determinen estos estatutos o le encomienden el Directorio, la Conferencia Pastoral y la Conferencia General. Demás estipulaciones constan en estatutos. Concepción, junio 17 de 2022.-Doy fe.






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