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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-07-14 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2155567)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA PENTECOSTAL VALLE DE ELAH

(Extracto)

Juan Mauricio Araneda Medina, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, certifica: La entidad religiosa denominada "Iglesia Pentecostal Valle de Elah", domiciliada Lote A 12, Parcela 6, Sector Los Aromos de Los Ángeles, se encuentra inscrita en el Registro Público de entidades Religiosas a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República de Chile bajo el Nº 5869 de fecha 6 abril de 2022 de esa Secretaría de Estado. Para efectos de la publicación del extracto en el Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, viene en extractar de sus estatutos lo siguiente: a) Nombre: Iglesia Pentecostal Valle de Elah, que podrá usar indistintamente el nombre de Ministerio Pentecostal de Restauración Valle de Elah; Domicilio: Lote A 12, Parcela 6 Sector Los Aromos de la ciudad de Los Ángeles; b) Registro Público de Inscripción Nº 5869 de 6 abril de 2022; c) Nombre de los constituyentes: Luis Andrés Arriagada Nahuelhuen, Mario Hugo Pérez Sepúlveda, Ricardo Alexis Rubilar Cáceres, Viviana Pamela Uribe Baeza, Jerson José Soto Molina, Hugo Hernán Arancibia Zúñiga, Juan Carlos Nahuelhuen Isla, Juana Rosa Pino Sepúlveda, Rubén Alexis Gutiérrez Vergara, María José Díaz Acevedo, Williams Jean Pierre Arriagada Uribe, Francisca Catalina Romero Romero. Todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que la Iglesia profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de treinta y ocho artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Creemos en un Dios Trino, tal como la Biblia lo revela y nos lo da a conocer: Padre, Hijo y Espíritu Santo; único Dios verdadero y eterno, Santo Justo, Todopoderoso, Omnisciente, Omnipresente, Creador de la Vida y todo lo que existe, lleno de amor y misericordia, dispuesto a perdonar y recibir a quienes lo buscan de corazón; al declarar que creemos en la existencia de Dios, creemos también en lo que la Biblia enseña acerca de Él y aún más, creemos en todo lo que Dios dice por medio de la Biblia. Aceptamos como válida y verdadera toda la palabra de la Biblia desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Reconoce y realiza sólo matrimonios entre un hombre y una mujer, entendiéndose por tales los que tengan esa condición al momento de su nacimiento. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá: Crear, fundar y sostener: templos, casas pastorales, salones sociales, bibliotecas, fundaciones, salas cunas, jardines infantiles, comedores y centros abiertos, escuelas y colegios, institutos teológicos, centros de educación técnica, clubes deportivos, hospederías, Hogares de acogida a niños(as) y adolescentes, Centros de acogida para víctimas de delincuencia, y en general todo tipo de organización de desarrollo social de conformidad a la ley. Realizar conferencias, seminarios; crear, de conformidad con los artículos octavo y noveno de la ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, entidades derivadas bajo las normas que establece el título quinto de estos estatutos; promover el establecimiento de canales de televisión, emisoras radiales, en sus diversas frecuencias; producir y comercializar materiales impresos, audiovisuales y de cualquier otro tipo; abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito, solicitar créditos con o sin garantía hipotecarias; recibir donaciones de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; adquirir a cualquier título bienes raíces y muebles, gravarlos y enajenarlos; realizar toda actividad que permita el logro de sus fines; e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Staff Pastoral, Staff Ancianos, Equipo Ministerial, Equipo Administrativo y Finanzas del Staff Pastoral. Pastor Principal: su cargo es indefinido y representará a la iglesia. Pastora Principal: Esposa del Pastor Principal. Lidera ministerio de mujeres de la congregación y su cargo es

indefinido. Pastores Asociados: Son Pastores y Pastoras colaboradores de la labor pastoral ministerial dentro de la Iglesia, la duración en su cargo es indefinida. Staff de Ancianos: Su cargo es indefinido, y colaboran al Pastor Principal en dirigir cultos, Santa Cena, Bautismos, Funerales, Matrimonios entre otras actividades. Equipo Ministerial y Equipo Administrativo: El equipo Ministerial y Administrativo tiene como objetivo ejecutar el plan de trabajo de la iglesia a través de la dirección de los distintos ministerios que existen en la Iglesia, y su función se encuentra en sujeción al staff pastoral. El staff de Ancianos y el Equipo ministerial y Equipo Administrativo, estará compuesto por 6 miembros, duran 5 años en el cargo y mientras cuenten con la confianza del Pastor Principal. Son funciones del Staff de Ancianos: a) Pronunciarse sobre bases administrativas de la iglesia; b) Aprobar o rechazar balances; c) Adoptar acuerdos relacionados con la marcha espiritual y administrativa de la iglesia; d) Acordar reglamentos internos y los otros que el estatuto no contempla; f) Fecha de escritura pública de constitución: 29 diciembre 2021, Repertorio 5140-2021, y rectificada por escritura pública de fecha 9 de junio 2022, Repertorio 3008-2022. Notario Público de Los Ángeles, 4ª Notaría Juan Mauricio Araneda Medina, Caupolicán 355, Los Ángeles, 7 de julio 2022.






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