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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-08-11 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2169447)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA MINISTERIO AVIVAMIENTO ESPIRITUAL A LAS NACIONES

(Extracto)

María Lidia Díaz Díaz, Abogado, Notario Público Titular de Río Bueno, E. Libertador N° 1059, Río Bueno, certifica: Por escritura pública otorgada ante doña Karin Elisabeth Von Conta Exss, Notario Público Suplente de este oficio con fecha 11 enero 2022 en que se redujo el Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de la persona jurídica de derecho público celebrada el 15 diciembre 2021, rectificada y complementada mediante Acta celebrada el 30 de mayo de 2022 y reducida a escritura pública ante mí con fecha 7 junio 2022, se constituyó entidad religiosa. Nombre: "Iglesia Ministerio Avivamiento Espiritual a las Naciones". Domicilio: calle Ejército Libertador número 2447, Río Bueno. Fecha y número de registro: inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia Gobierno de Chile, bajo el N° 5854 de fecha 21 de marzo de 2022. Nombre de los constituyentes: Dina Elcira Lingay Flores, Mariela del Carmen Cárdenas Anchil, Sandra Olivett Aguilar Alvarado, Juan Arturo Quezada Nahuelpan, María Elvira Reyes Carrasco, Patricia del Carmen Calderón Valerio, Esteban Camilo Galaz Queulo y Juana Antonia Queulo Huenulaf. Los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: Adoptar los principios y prácticas de las sendas antiguas en Jeremías capítulos seis versículos dieciséis, porque todos sus líderes creen y predican la doctrina apostólica evangélica, siguiendo el modelo básico de las iglesias antiguas pentecostales. Nuestro ministerio se guiará por la palabra de Dios instruyendo a la membresía en la doctrina de Jesucristo, se harán himnos y alabanzas en adoración a Dios a través de coros instrumentales y voces. También se harán ayunos de congregación, escuela dominical, estudios bíblicos, vigilias de oración, vigilias de culto, manifestaciones de los dones del Espíritu Santo, predicación en las calles, campañas evangelísticas al aire libre, liberación de endemoniados, milagros, sanidades, danzas y hablar en lenguas proféticas y postura apostólica, predicando un mensaje de arrepentimiento, sanidad y absolutamente Cristo céntrico. El "Ministerio Avivamiento Espiritual a las Naciones" se regirá según la Biblia con el bautismo por inmersión, como acto introducido a la fe cristiana y símbolo de la incorporación al cuerpo de Jesucristo. Hechos capítulo octavo versículos treinta y seis al treinta y ocho. Los harán solamente los pastores encargados de obra y apóstoles u obispo del ministerio. También nos regiremos por el sacramento instituido por nuestro Señor Jesucristo que simboliza su muerte redentora en la cual participa el creyente de los elementos del pan y del vino, este acto se llama Santa Cena. Uno de Corintios capítulo once versículos veinticinco y veintiséis, lo harán los pastores apóstoles y diáconos del Ministerio Avivamiento Espiritual a las Naciones. Declaración de fe: Su declaración de fe está fundamentada en las sagradas escrituras según lo establece el señor Jesucristo estructuradas en los siguientes principios. Uno: Creemos en Dios Trino, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Todos iguales en cuanto a su perfecta y suprema divinidad. En un solo Dios y Padre de todos. Santo, infinito, vivo, verdadero, eterno, de infinito poder y sabiduría, lleno de amor y bondad, misericordia. Omnipresente, omnipotente, omnisciente e inmutable, perfecto, justo, creador de todas las cosas visibles o invisibles. Dos: Creemos en Jesucristo como Dios Padre. Verdadero hombre, concebido por el Espíritu Santo en el vientre de la Virgen María y que según las escrituras le ha sido dada toda potestad en el cielo y en la tierra y que está a la diestra de Dios Padre. Colocado sobre todo nombre que se nombra no solo en este siglo sino en el siglo venidero y que todas las cosas están bajo sus pies y que él es la cabeza de la iglesia, Él es nuestro Señor, salvador y redentor que resucitó de entre los muertos y ascendió a los cielos. Él es el único intercesor entre Dios y los hombres. Tres: Creemos en el Espíritu Santo que procede y es de una misma sustancia del padre, del hijo, que es verdadero y eterno, omnipresente, omnipotente y

omnisciente, que consuela, enseña y santifica. Cuatro: Creemos en la iglesia universal compuesta por todos los creyentes. Que han aceptado a Cristo Jesús salvador y redentor de sus vidas, según lo establecen las Sagradas Escrituras. Cinco: Creemos en la inspiración divina de la Sagradas Escrituras. La aceptamos como la palabra infalible de Dios y que contiene en el Antiguo Testamento, en sus treinta y nueve libros y en el Nuevo Testamento en sus veintisiete libros. Todas las enseñanzas necesarias para la salvación de la humanidad. Seis: Creemos que hemos pecado y estábamos destituidos de la gloria de Dios. Y que el único medio para alcanzar la paz con Dios y la salvación es con los méritos, muerte y resurrección de nuestro Señor Jesucristo. Siete: Creemos en el bautismo del Espíritu Santo. Como una genuina y promesa para todos los creyentes en Cristo Jesús, acompañadas de diversas manifestaciones expresadas en los dones del Espíritu Santo que producen un afecto regenerador y transformador de la vida del creyente conforme está establecida en las sagradas escrituras. Ocho: Creemos en la segunda venida de Jesucristo. En forma visible y personal donde todo ojo humano le verá, y creemos en la resurrección de los cuerpos para vida eterna de todos los salvados en Cristo Jesús. La declaración de fe del "Ministerio Avivamiento Espiritual a las Naciones" es una identidad sin fines de lucro y está basada en los siguientes principios: Uno) Promover el conocimiento, estudio, práctica y difusión de la fe cristiana evangélica; Dos) Velar por el mejoramiento moral, intelectual, social, y el bienestar de sus miembros y simpatizantes; Tres) Fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarios; Cuatro) Promover charlas, sermones, estudios bíblicos, por medio de las alabanzas, oración, adoración y culto a Dios; Cinco) Se realizarán vigilias, campañas, cruzadas evangélicas en lugares públicos o privados donde se predique el Evangelio de nuestro Dios; Seis) Los días culto serán de martes a domingo; Siete) Se realizarán, comedores cristianos dirigidos a niños, jóvenes, adultos mayores de riesgo social; y Ocho) Todos los demás que determine la Asamblea General. Órganos de administración, atribuciones y el número de miembros que los componen: Directorio, le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad de los Estatutos. Estará formado por siete miembros activos y será presidido por la Pastora de la Iglesia. Los directores durarán 2 años en sus funciones. Son atribuciones y deberes del Directorio: Dirigir la Iglesia y velar por que cumplan sus Estatutos y finalidades, administrar los bienes sociales e invertir sus recursos, citar a Asambleas Generales de miembros activos, tantos Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos. Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales. Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual como la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus cargos. Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la iglesia. Dictar los Reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. Demás estipulaciones constan en escrituras extractadas.- Río Bueno, 25 de julio de 2022.






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