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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-09-09 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2183986)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA DE JESÚS RECONCILIACIÓN, RESTAURACIÓN Y UNIDAD

(Extracto)

Juan Carlos San Martín Molina, Notario Público de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en San Martín 906, Concepción, certifica: Que, con fecha 3 de septiembre de 2021, Repertorio N°2.357-2021, ante doña Zunilda Vitalia Suazo Castillo, Notaria Pública Interina, con oficio en San Martín 906, Concepción, doña María Jesús Hernández Crorkan, chilena, soltera, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, CI Nº19.331.652-2, domiciliada en calle Pedro Aguirre Cerda Nº1825, comuna de San Pedro de la Paz, debidamente facultada, redujo a escritura pública el Acta de Constitución y Estatutos de la entidad religiosa que indica. Nombre: Iglesia de Jesús Reconciliación, Restauración y Unidad. Domicilio: calle 3 Norte, número 855, casa 99, comuna San Pedro de la Paz, Octava Región, sin perjuicio de la habitación en sedes en otros lugares de la República que Directorio pueda acordar. Dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público bajo el N°5645 del Departamento de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con fecha 9 de septiembre de 2021. Para efectos de publicación en el Diario Oficial, la entidad viene a manifestar lo siguiente: a) Nombre de los constituyentes: Karin Mathews Mathews, David Villarroel García, Iris Mathews Spielman, Bernardita Olate Cuadra, Ashley Villarroel García, Ana García Ramírez, Pablo Villarroel Henríquez, Sergio Villarroel García, Andrea López Mathews, Mauricio López Arriagada, Danilo Ulloa Rodríguez, Samuel Contreras Cerna, Vilma Mathews Spielman, Ignacio Contreras Mathews, Jerson Contreras Mathews, Claudia Olivares Fritis, Tamara Soto Quevedo, Cristian Coloma Umaña y Miguel Vega, todos chilenos mayores de edad. b) Son sus elementos esenciales: creemos que la Biblia Cristiana Protestante es la Palabra de Dios inspirada divinamente; creemos en la Eterna Trinidad a que se refiere 1° Juan 5:7, creemos que el hombre fue creado a la imagen de Dios conforme a Romanos 5:12, creemos que siendo aun pecadores Cristo murió por nosotros dando perdón a todos los que creemos en Él, creemos que la Salvación es por Gracia conforme a Efesios 2:8, creemos en el arrepentimiento del hombre y en la aceptación de Cristo conforme a 1° Juan 1:9, creemos en el Nuevo Nacimiento de los que aceptan a Cristo, conforme a Juan 3:3, creemos que la voluntad de Dios es que seamos santificados diariamente conforme a Lucas 9:23, creemos que el bautismo por inmersión es un acto simbólico de arrepentimiento y reconocimiento público de la fe en Dios y en la conmemoración de la Cena del Señor; creemos en el Bautismo del Espíritu Santo conforme a Hechos 2:4 y 9:17-18, creemos en una vida llena del Espíritu Santo conforme Gálatas 5:16-25; creemos en los Dones y Frutos del Espíritu Santo conforme a 1° de Corintios 21:1-11; creemos en la Sanidad divina de Dios conforme a Santiago 5:14-16; creemos que es inminente la Segunda venida de Cristo conforme a Apocalipsis 1:7; creemos que la iglesia tiene un rol reconciliador entre la humanidad y Dios conforme 2° Corintios 5:18-20; creemos en la Unidad de la iglesia conforme a Juan 17:21-23; creemos que debemos someternos a las autoridades del país, excepto en las leyes, decretos u ordenanzas que contradigan los principios de la palabra de Dios conforme a Romanos 12:1-5, creemos que conforme a 2° de Corintios 5:10 todos compareceremos delante de Dios en el Día del Juicio; creemos que el Cielo es la gloriosa morada de Dios y que el infierno es un lugar de tormento eterno para todos aquellos que rehúsan creer en Cristo; creemos que ganar almas es el asunto más importante de la iglesia en la tierra, conforme a Santiago 5:20; creemos que el método ordenado de Dios para el mantenimiento de la Iglesia es a través de diezmos y ofrendas conforme a 2° de Corintios 9:7; creemos que conforme a Génesis 2:23-24 el matrimonio es entre un hombre y una mujer creador por Dios en su diseño genético e inmutable; creemos conforme a Efesios 4:11 que Dios establece ministerios y órdenes dentro de la iglesia para edificarla. C) De los órganos de administración, sus atributos y el

número de miembros que los componen: El Directorio general es la primera Autoridad de la iglesia, y se compone de cuatro miembros activos: un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero. El cargo de presidente del Directorio recaerá en la Pastora Karin Estefanía Mathews Mathews y en quien en un futuro detente dicho puesto. Son atribuciones exclusivas del presidente del Directorio: representar judicial y extrajudicialmente a la iglesia, presidir las reuniones del directorio y las asambleas generales, convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias, según corresponda; ejecutar los acuerdos del directorio, organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la iglesia, firmar los documentos propios de su cargo, dar cuenta anualmente en las Asambleas generales de la marcha de la iglesia y del estado financiero de la misma. La Asamblea General es la reunión de todos los miembros de la congregación, quienes se han integrado a ésta conforme a los estatutos. Los acuerdos tomados en la asamblea obligan a todos sus miembros, siempre que éstos hayan sido aprobados en conformidad a los presentes Estatutos y no fueren contrarios a las leyes, a las Sagradas Escrituras ni a los Estatutos y Reglamentos válidamente declarados por la congregación. Las Asambleas Ordinarias deberán celebrarse en el mes de marzo de cada año. Las Asambleas Extraordinarias podrán celebrarse en cualquier época del año. Corresponderá exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria tratar las siguientes materias: reforma de los estatutos de la iglesia, disolución de la iglesia, de la Corporación sin fines de lucro a la cual destinarán los bienes en caso de disolución, de la adquisición, enajenación, hipoteca y renta de los bienes de la iglesia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, agosto 30 de 2022. Doy fe.






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