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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-09-23 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2189874)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

"PRIMERA IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA DE OVALLE, VICTORIA EN CRISTO"

(Extracto)

Olaya Ferrada Garrido, Notario Público de Concepción, con oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, certifico: 1. En Coronel, República de Chile, a 23 de noviembre de 2001, se efectuó la asamblea constitutiva de la persona jurídica de derecho público "Primera Iglesia Evangélica Bautista de Ovalle, Victoria en Cristo", en adelante simplemente "la Iglesia". 2. El domicilio principal de la entidad es Victoria 147, comuna de Ovalle. 3. El 12 de mayo de 2022, el Ministerio de Justicia asignó a la "Primera Iglesia Evangélica Bautista de Ovalle, Victoria en Cristo" el Nº 5903 del Registro Público de Iglesias, confesiones e instituciones religiosas. 4. Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron al final del acta respectiva: Derlina Miranda Miranda, Ligia Jorquera Olivares, Henock Reyes Leal, Dámaris Reyes Sandoval, Franklin Gallardo Araya, Camilo Zepeda Gallardo, Marcia Dubó Órdenes, Damaris Zepeda Reyes, Evelyn Reyes Rojas y Elisa Guerrero Mundaca. 5. Son Principios o Artículos de Fe de la Primera Iglesia Evangélica Bautista de Ovalle, Victoria en Cristo los siguientes: uno) La Santa Biblia es la Palabra de Dios, divinamente inspirada e infalible y, en consecuencia, nuestra única regla de fe y conducta; dos) Dios es Uno, pero se revela en tres personas distintas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; tres) Cristo, el Hijo de Dios, se encarnó y se ofreció en un único y perfecto sacrificio por el pecado de la humanidad; cuatro) La salvación es por gracia de Dios y se recibe únicamente por fe en la persona y obra redentora de Cristo; cinco) El Espíritu Santo convence al hombre de pecado y mora sobrenaturalmente en cada creyente desde el momento de su conversión, dotándole de dones y capacidades espirituales en el proceso de santificación y para la edificación de la Iglesia; seis) Cada creyente es un sacerdote y goza de libre acceso directo al Padre a través de Cristo; siete) Los hombres son pecadores por naturaleza y por sus propias acciones; sin embargo, como seres creados por Dios, gozan de absoluta dignidad y derechos, tales como, la vida, la libertad individual, la libertad de expresión y de conciencia, y de proveerse medios de subsistencia básica; ocho) La Iglesia es la comunidad de discípulos de Cristo que se forja por medio de sus enseñanzas; nueve) el Bautismo y la Cena del Señor son ordenanzas simbólicas, expresiones de fe y obediencia a Cristo; diez) La iglesia y el Estado deben existir absolutamente separados; el gobierno civil ha sido puesto para el bienestar y orden de la sociedad; y once) Cristo vendrá por segunda vez para juzgar a todos los hombres, sea para salvación, sea para condenación eterna. 6. Órganos de administración: a. Las Asambleas Generales. Son la primera autoridad de la Iglesia y representan al conjunto de sus miembros, cuyo número es variable. Hay asambleas generales ordinarias, extraordinarias y una asamblea general anual. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán cada tres meses y en ellas podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la Iglesia. En la asamblea general anual, que se celebrará en el mes de marzo de cada año, se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior; se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá, cuando proceda, a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas, por estimarlas necesarias para la marcha de la Iglesia, o cada vez que lo soliciten, por escrito, al Presidente del Directorio, un tercio, a lo menos, de los miembros, indicando él o los objetivos de la reunión. b. El Directorio. A este órgano corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales. El Directorio Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero, quienes durarán tres años en sus funciones y podrán ser designados por un nuevo período. c.

Comisión Revisora de Cuentas. Está compuesta por tres miembros designados por la asamblea general anual. Sus obligaciones y atribuciones son: a) Revisar trimestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingresos; b) Informar al Directorio sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas; c) Elevar a la asamblea general anual un informe escrito sobre las finanzas de la entidad; y d) Comprobar la exactitud del inventario. 7. El acta de constitución de la Primera Iglesia Evangélica Bautista de Ovalle, Victoria en Cristo, fue reducida a escritura pública, otorgada ante el Notario de Concepción, don Ramón García Carrasco, el 14 de abril de 2022. Ante el mismo Notario se otorgó escritura de modificación de acta de constitución y estatutos, por escritura pública de fecha 28 de julio de 2022.- Concepción, septiembre 6 de 2022.






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