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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-09-30 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2195019)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA CASA DE DIOS LA FRONTERA

(Extracto)

Antonieta Marina Rojas Pontigo, Notario Interino de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifico: por escritura pública de fecha 24 agosto de 2022, repertorio Nº 9977-2022, ante mí, Que, por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2022, cuyo repertorio es el número 5.607-2022, se constituyó entidad religiosa de derecho público reducida ante notario público don Roberto Antonio Cifuentes Allel, complementada por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2022, cuyo repertorio es el número 9.977-2022, reducida ante notario público Interino doña Antonieta Marina Rojas Pontigo y con arreglo a la ley 19.638 y su reglamento, denominada "Iglesia Casa de Dios La Frontera", inscrita en el Registro Público de entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el número 5942, de fecha 13 de junio de 2022. El domicilio principal de la entidad religiosa será Icalma 05718, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. La entidad religiosa será indefinida y el número de sus miembros ilimitados. Son fundamentos y principios de fe. A) Que la Biblia es la Palabra de Dios, inspirada por el Espíritu Santo, la única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, aprendizaje, corrección y guía de salvación para todos los hombres. B) Cree en un solo Dios que es espíritu, creador y conservador de todas las cosas, así visibles como invisibles. C) La Trinidad de Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo. D) En el nacimiento virginal de Jesús. E) Que Jesús es el Unigénito Hijo de Dios, que murió en la cruz y resucitó al tercer día para perdón de pecados de todo el mundo por su sangre. F) Que reconoce a la Familia o Matrimonio compuesta por un hombre y una mujer, como núcleo central de la sociedad, conforme a las enseñanzas de la Sagrada Biblia, como lo establece el artículo ciento dos del Código Civil, de la República de Chile. G) y todos los demás principios de fe inspiradores de las sagradas escrituras. La entidad religiosa consecuente con los principios que la inspiran, será eminentemente espiritual, benéfica y apolítica. Jamás podrá abanderizarse o comprometerse con doctrinas agnósticas, organizaciones sindicales, partidos políticos o cualquier otro tipo de ideas contrarias al Evangelio de Jesucristo. Objeto: Principalmente predicar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo, difundiendo sus enseñanzas contempladas en las Sagradas Escrituras a todo el mundo. Difundiendo la fe cristiana y realizar cultos de adoración a Dios en lugares públicos y privados conforme a la ley 19.638. Las actividades de la Iglesia y sus poderes serán dirigidos bajo la administración de un Directorio, el que estará compuesto por cuatro personas: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. Por un periodo de dos años, pudiendo ser reelegidos por otro periodo igual, siempre dejando constancia en acta en las Asambleas Generales. El presidente del Directorio será también el representante legal de la Iglesia, y ningún director, oficial, Pastor, concilio de Iglesias locales o empleados de cualquier entidad interna, tendrá funciones de representación legal sin la autorización escrita del Directorio, con la excepción de aquellos actos expresamente autorizados por el presente estatuto. En este acto se nombra al directorio fundador de esta entidad; Presidenta y representante legal: Cynthia Margarita Puga Correa. Vicepresidente: Guillermo Eduardo Bustamante Ulloa. Secretario: José Marcos Huircan Caniucura. Tesorero: Daise Lissete Puga Correa. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la entidad religiosa y velar por que se cumplan sus estatutos y acuerdos tomados en las asambleas. b) Administrar los bienes de la Iglesia. c) Citar a las asambleas generales. d) Redactar los reglamentos internos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad religiosa. e) Informar sobre los acuerdos tomados por el Directorio en las asambleas generales. f) Rendir cuenta por escrito ante la asamblea general de las

inversiones de los fondos de la Iglesia y correspondientes células y de la marcha de la obra durante el período correspondiente. g) Emplear personal de acuerdo a las necesidades, objetivos y propósitos de la Iglesia. h) Deberá sesionar a lo menos una vez al mes y sus actas serán confeccionadas siguiendo el mismo procedimiento de las actas de asamblea. h) El Directorio (la totalidad de sus miembros) será quien responda civil y penalmente ante los tribunales de justicia competentes por irregularidades financieras, administrativas o de otra índole que sean contrarias a la ley, ética y buenas costumbres. i) Adquirir toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, ya sea a título gratuito u oneroso, con el propósito de atender a los fines de la iglesia; j) Acordar los gastos e invertir los fondos de la iglesia, debiendo rendir cuenta de sus inversiones anualmente; k) Acordar la adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento o gravamen de bienes raíces o muebles y celebrar cualquier acto o contrato que estime necesario o conveniente para los fines de la Iglesia; l) Todos los Directores tendrán los mismos derechos y privilegios, incluyendo el de votar en todos los asuntos presentados en el Directorio, salvo en los casos en que haya conflicto de intereses; ll) Suplir la vacante de Directorio que se produjere en su seno, por el tiempo que falte hasta la expiración del mandato conferido al miembro que reemplaza; Una vacante en el Directorio se producirá en el caso de muerte, renuncia, remoción de uno de los directores; m) Aceptar donaciones que se hagan a la Iglesia y abrir suscripciones. Constituyentes. Cynthia Margarita Puga Correa - Guillermo Eduardo Bustamante Ulloa - José Marcos Huircan Caniucura - Daise Lissete Puga Correa - Jorge Alberto Nadal Rodríguez - Marjorie Alejandra Quintero Ortega - Nicole Evelyn Riquelme Ojeda - Olga Maritza González Ortiz - Angélica María Fuentes Martínez - Nathaly Sylvia González Ortiz - Alex Moisés Hasbún Rozas -Valentina Milena Pávez Vásquez - Diego Aníbal Salgado Aránguiz - Daniela Jacqueline Muñoz Gajardo - Joselyn Gricel Bacho Zamora - Ceciah Jemima Vásquez Marambio. Todas las demás precisiones respecto a la fe, a las funciones y/o tareas necesarias para su funcionamiento, las formas de incorporación, desvinculación y los deberes y derechos de sus miembros se encuentran recogidas en las escrituras de fecha 20 de mayo de 2022 y 24 de septiembre de 2022, ya señaladas. Santiago, 23 de septiembre de 2022.






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