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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-09-29 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2194296)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO PROFÉTICO PENTECOSTAL JEHOVÁ ISHI

(Extracto)

Diego Alejandro Fernández Soto, Abogado y Notario Público suplente del Titular don Carlos Felipe Urbina Reszczynski, de la Quinta Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan José Latorre número dos mil trescientos noventa y ocho. Certifica: Que por Escritura pública de fecha 7 de septiembre del año 2021, Repertorio N° 4237, Acta Constitutiva y Estatutos, y por Escritura pública de fecha 31 de diciembre del año 2021, Repertorio N° 5677, y sus modificaciones de Estatutos y Reglamento Interno con fecha de 15 de febrero del año 2022, Repertorio N° 533 del Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Antofagasta, don Rodrigo Alonso Gutiérrez García, y además de Escritura Pública, Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos con fecha 23 de mayo del año 2022, Repertorio 1579, del Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Antofagasta, don Carlos Felipe Urbina Reszczynski. La entidad religiosa denominada "Ministerio Profético Pentecostal Jehová Ishi", domicilio Machu Pichu número seis mil trescientos ochenta y tres en la población Pedro Aguirre Cerda, en la comuna y ciudad de Antofagasta, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 5701, de fecha 25 octubre 2021. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Ministerio Profético Pentecostal Jehová Ishi, b) Registro Público de Inscripción N° 5701 de 25 octubre 2021; c) Nombre de los constituyentes: Pedro Enrique Aguilera Acosta, Lorena Melo Vega, Juana Teresa Zamora Jofré, Susana Contreras Jorquera, Ricardo Arancibia Escobar, Ruth Cornejo Olivera, Olga Vega Tello, Gloria Guerrero Pérez, Flor de María Valle Vega, Juan Vásquez Padilla, Jenny Rodríguez Ramírez, Leonardo Reyes Ramos, Yolanda Pereira Vidaurre, Sara Moroso Olivares, Maribel Bórquez Jopia y Katrina Gutiérrez Zamora. Todos mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto por sus artículos permanentes y transitorios, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; cree en el bautismo del Espíritu Santo; cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida del Señor Jesucristo; cree en la justificación por la fe de Jesucristo y no por las obras de la ley. Reconoce al Señor Jesucristo como único Salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo; quien murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y verdad. Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra de Dios, que está constituida en los Libros Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Reconoce y realiza sólo matrimonios entre un hombre y una mujer, entendiéndose por tales los que tengan esa condición al momento de su nacimiento. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá: Realizar conferencias, seminarios, charlas; promover la creación, instauración de institutos bíblicos; sostener, abrir y mantener todo tipo de establecimientos de educación, colegios, institutos profesionales, universidades de conformidad con la ley; crear, de conformidad con los artículos octavo y noveno de la ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, entidades derivadas bajo las normas que establece el título quinto de estos estatutos; promover el establecimiento de canales de televisión, emisoras radiales, en sus diversas frecuencias; producir y comercializar materiales impresos, audiovisuales y de cualquier otro tipo; abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito, solicitar créditos con o sin garantía hipotecaria; recibir donaciones de

instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; adquirir a cualquier título bienes raíces y muebles, gravarlos y enajenarlos; realizar toda actividad que permita el logro de sus fines; e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Pastor Pedro Aguilera Acosta; Pastora: Lorena Melo Vega; Secretaria: Juana Zamora Jofré; Tesorera: Susana Contreras Jorquera; Primer líder: Ricardo Arancibia Escobar; segundo líder: Ruth Cornejo Olivera; tercer líder: Olga Vega Tello. Directiva que se mantendrá en el cargo por 5 años mientras cuente con la confianza del pastor. Son funciones de la Junta directiva: a. Pronunciarse sobre bases administrativas de la iglesia; b. Aprobar o rechazar balances; c. Adoptar acuerdos relacionados con la marcha espiritual y administrativa de la iglesia; d. Acordar reglamentos internos y los otros que esta contempla; f) Fecha escritura pública 7 septiembre 2021, Repertorio 4237-2021 acta constitutiva y estatutos día 31 diciembre 2021 5677-2021 y sus modificaciones de Estatutos y Reglamento Interno con fecha 15 de febrero del año 2022, Repertorio N° 533 del Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Antofagasta, don Rodrigo Alonso Gutiérrez García. Y además de Escritura Pública, Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos, con fecha 23 de mayo del año 2022, Repertorio 1579, del Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Antofagasta, don Carlos Felipe Urbina Reszczynski. Antofagasta, 29 de agosto de 2022.- Diego Alejandro Fernández Soto.






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