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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-09-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2180208)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO CRISTIANO BAJO EL ABRIGO DEL ALTÍSIMO

(Extracto)

Juan Eugenio del Real Armas, Notario Público Titular 1ra Notaría de Ñuñoa, Santiago, con oficio en Avenida Irarrázaval 1745, Ñuñoa, Certifica: entidad religiosa denominada "Ministerio Cristiano Bajo El Abrigo Del Altísimo", domicilio en calle Río Orinoco número 1977, San Ramón, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el Nº 5726 de fecha 15 de noviembre de 2021. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Ministerio Cristiano Bajo El Abrigo Del Altísimo; Domicilio: Calle Río Orinoco número 1977, San Ramón, Santiago; b) Registro Público de Inscripción Nº 5726 de fecha 15 de noviembre de 2021; c) Nombre de los constituyentes: Rodrigo Gabriel Gacitúa Mellado, Juan Francisco Lawrence Camus, Zulema de las Nieves Taía Torres, Luis Máximo Leiva Navarro, Claudio Daniel Martínez Acevedo, Katherine Ross Godoy Villarroel, Carolina Magdalena Torres Fernández, Karen Angélica Beroiza Romero. Todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de veintisiete artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; cree en el bautismo del Espíritu Santo; cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida del Señor Jesucristo; cree en la justificación por la fe de Jesucristo y no por las obras de la ley. Reconoce al Señor Jesucristo como único Salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo; quien murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y verdad. Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra de Dios que está constituida en los Libros Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Reconoce y realiza sólo matrimonios entre un hombre y una mujer, entendiéndose por tales los que tengan esa condición al momento de su nacimiento. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá: Realizar conferencias, seminarios, charlas; promover la creación, instauración de institutos bíblicos; sostener, abrir y mantener todo tipo de establecimientos de educación, colegios, institutos profesionales, universidades de conformidad con la ley; crear, de conformidad con los artículos octavo y noveno de la ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, entidades derivadas bajo las normas que establece el título cuarto de estos estatutos; abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito, solicitar créditos con o sin garantía hipotecarias; recibir donaciones de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; adquirir a cualquier título bienes raíces y muebles, gravarlos y enajenarlos; realizar toda actividad que permita el logro de sus fines; e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Presidente, Vicepresidente, secretario, tesorero, Comité de Ética, Directorio. El Presidente es elegido con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del directorio, su cargo es vitalicio y representará a la iglesia. El Directorio estará compuesto por nueve miembros, duran 5 años en el cargo y mientras cuenten con la confianza del Presidente. Son funciones del directorio: a. Pronunciarse sobre bases administrativas de la iglesia; b. aprobar o rechazar balances; c. adoptar acuerdos relacionados con la marcha espiritual y administrativa de la iglesia; d. acordar reglamentos internos y los otros que el estatuto contempla; f) Fecha escritura pública 29 octubre 2021, Repertorio 2008-2021 acta constitutiva y estatutos día 11

diciembre 2020, Notario Público de Ñuñoa, 1ª Notaría, Juan Eugenio del Real Armas, Av. Irarrázaval 1745, local B, Ñuñoa; g) Fecha escrituras 11 enero 2022, Repertorio 45-2022 y fecha de escritura 7 marzo 2022, repertorio 343-2022 ambas rectificación nombre entidad Notario Público de Ñuñoa, 1ª Notaría, Juan Eugenio del Real Armas, Av. Irarrázaval 1745, local B, Ñuñoa. Santiago, 3 agosto 2022.






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