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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-10-19 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2202660)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA MISIÓN EVANGÉLICOS DE JESUCRISTO

(Extracto)

Alejandro Andrés Pardo Kuschel, abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces de Comercio y Minas, de las comunas de Peumo y Las Cabras, con domicilio en esta ciudad, en calle Vicuña Mackenna ochenta, certifico: Por escritura pública otorgada ante el Notario Suplente don Luis Arturo Zúñiga Tapia, de fecha 20 de abril del año 2022, rectificación y complementación de fecha 14 de julio del año 2022 y rectificación de fecha 9 de agosto del año 2022, doña María Teresa Irarrázabal Blanco, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos sesenta y ocho mil trescientos dos guion cuatro, redujo a escritura pública Acta de Constitución y estatutos de la entidad religiosa evangélica "Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo" número de registro púbico 5890 de fecha 3 de mayo del año 2022, otorgado por el Ministerio de Justicia, de cuyos estatutos extracto: Nombre; "Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo", Domicilio: El Carmen sin número, comuna de Las Cabras, Sexta Región, constituida por Makendy Michel, Oriano Mercure, Martha Estama, y Fabiola Fleurimond. Los artículos de fe en los que se funda la Doctrina de la Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo, son los siguientes: a. Creemos en el nacimiento, vida y muerte y ascensión de Cristo al cielo. b. En Jesucristo. C. Bautismo del Espíritu Santo como don de Dios. d. En el hablar en lenguas. e. En los sacramentos de la Iglesia. f. Bautismo en agua para perdón de pecados. g. Mandamientos. h. Santa Cena. i. Lavado de pies. j. Pentecostés. k. Ayuno congregacional. l. Presentación de niños. m. En el matrimonio instituido por Dios. n. Ungimiento a pastores. ñ. Plan financiero de Dios. o. La justificación. p. En el infierno. q. La transformación de nuestro cuerpo. r. En el arrebatamiento de la Iglesia. s. En el lago de fuego. t. La eternidad. u. La Trinidad (Padre, Hijo y Espíritu Santo). La Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo, será dirigida y administrada por el Directorio, el que estará compuesto por cuatro miembros: Un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero, cuyas atribuciones son: a. Colaborar con el presidente en la dirección superior de la Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo, velando por su afianzamiento, desarrollo y perfeccionamiento, ajustándose a normas que al efecto fije la asamblea ordinaria, b. Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo, acordando normas generales del caso, pero en sus relaciones con terceros, tendrá la representación el presidente, quien procederá conforme a los acuerdos del Directorio. Sin perjuicio de ello, el presidente podrá delegar sus facultades en otro miembro del Directorio otorgándole un poder especial para tal efecto, c. Exigir a los pastores de Iglesia local que tuvieran a su cargo bienes pertenecientes a la Iglesia, un inventario general de todos ellos, con dos copias. De todo lo que se haya adquirido en transcurso de cada año se presentará un informe a la asamblea ordinaria respectiva, firmado por el pastor de su Iglesia, quedando uno en poder de los miembros (personas naturales) de la Iglesia local. d. Organizar todo lo relacionado con la situación económica y financiera de la Iglesia a nivel nacional, e. Aceptar donaciones de entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras, f. Acordar erogaciones ordinarias o extraordinarias de sus miembros y hacer depósitos de los mismos en cuentas corrientes bancarias, asimismo disponer en beneficio de la Iglesia los fondos que estarán a plazo o en cuentas corrientes en alguna Institución financiera, abrir cuentas corrientes bancarias, girar y sobre girar en ellas, endosar y cancelar cheques, acordar la compra de bienes raíces, muebles o valores mobiliarios a nombre de la entidad religiosa, y en general, resolver acerca de la inversión que deben darse a dichos fondos. También acordar préstamos a favor de los pastores de las Iglesias locales para beneficio de la iglesia y sus miembros (personas naturales) y fijar condiciones y plazo de los mismos. g. El Directorio podrá otorgar, de acuerdo a la situación

económica de la Iglesia Misión Evangélicos de Jesucristo, ayuda económica a los pastores ancianos, cuya Iglesia local no pueda sustentar y a viudas necesitadas de pastores, h. Exigir al tesorero una cuenta o informe documentado de la tesorería o situación de la caja de la Iglesia y demás antecedentes que se estimen necesarios, i. Redactar un reglamento en que se regulen los pormenores de régimen interno, administrativo y financiero de la Iglesia la cual será sometido a la asamblea ordinaria para su aprobación. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Peumo, 27 de septiembre de 2022.






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