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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-10-29 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2209133)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

CENTRO EVANGELÍSTICO PALABRA DE VIDA Y VERDAD

(Extracto)

Gilda Elizabeth Miranda Córdova, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Colina, con asiento en Lampa, Panamericana Norte 16950, comuna de Lampa, certifico: Que con fecha 14 abril 2022, Repertorio 342-2022 se constituyó y de fecha 9 septiembre 2022, Repertorio 835-2022, se rectificó y complementó en este oficio, la entidad religiosa denominada "Centro Evangelístico Palabra de Vida y Verdad", domicilio Raúl Montt número 1186, Recoleta, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el Nº 5898 de fecha 11 mayo 2022. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Centro Evangelístico Palabra de Vida y Verdad; Domicilio: Raúl Montt 1186, Recoleta, Santiago; b) Registro Público de Inscripción Nº 5898 de 11 mayo 2022; c) Nombre de los constituyentes: Christian Luis Rodríguez Castro; Gloria Angélica López Matus; Cristopher Alejandro Rodríguez López; Abigail Lucero Rodríguez López; Juan Manuel Badilla Gárate; Stephanie Roberta Moore Contreras; Luis Alberto Cordero Bastías; Gladys Cecilia Meza Valenzuela; Ana María Aguiluz Díaz; Iván Óscar González Mora; José Manuel González Hernández; Freddy Alexis Molina Chihuaihuen; María Rosa Matus Pulgar; Cristian Alejandro Amaya Barros; Jocelyn del Carmen Quiroga Contreras; María Luisa Chihuaihuen Huenuqueo. Todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de veintitrés artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en Las Sagradas Escrituras; cree en La Eterna Trinidad; Cree que Dios es Trino, Padre, Hijo y Espíritu Santo; cree La Caída del Hombre; cree que el hombre fue creado a la imagen de Dios; cree El Plan de Redención; cree Cristo murió por nosotros, dando el perdón; cree Salvación por Gracia; cree en la justicia de Cristo y no la humana; cree Arrepentimiento y Aceptación; cree El Nuevo Nacimiento; cree en la Conversión verdadera; cree en Vida Cristiana Diaria; cree que la santificación es diaria; cree Bautismo y Cena del Señor; cree en el bautismo; cree en la Cena del Señor; cree en Bautismo del Espíritu Santo; cree La Vida Llena del Espíritu; Cree Los Dones y Fruto del Espíritu; cree Sanidad Divina; cree La Segunda Venida de Cristo; cree la relación con la Iglesia; cree en Gobierno Civil; cree en El Juicio Final; Cree en el Cielo; Cree en el Infierno; cree en el Evangelismo; cree en los Diezmos y Ofrendas; cree en Matrimonio entre hombre, nacido hombre, y mujer, nacida mujer. El órgano de administración que regula su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que lo componen son los siguientes: El Directorio Administrativo Nacional, compuesto por Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, supervisor general, supervisores de distritos, superintendentes de sectores y directores de departamentos, formado por un mínimo de 5 ministros. Son funciones del Directorio Administrativo Nacional: a. Pronunciarse sobre bases administrativas de la iglesia; b. aprobar o rechazar balances; c. adoptar acuerdos relacionados con la marcha espiritual y administrativa de la iglesia; d. acordar reglamentos internos y los otros que el estatuto contempla.- Lampa, a 14 de octubre de 2022.






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