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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-11-04 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2209933)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO APASIONADOS POR JESÚS JEREMÍAS 20:7

(Extracto)

Carla Silva Acharán, Abogado, Notario Suplente de la 5ª Notaría de San Miguel, con asiento en La Cisterna, de don Rodrigo Enrique Ortúzar Rodríguez, ambos con oficio en Avenida Goycolea N° 260, La Cisterna, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2019, repertorio N° 1005/2019, ante Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público Titular de este oficio, se redujo Acta de Constitución, rectificada por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2020, repertorio N° 221/2020 ante Evelyn Carolina Sánchez Tapia, a que se redujo Acta de Rectificación; mediante las cuales Alex Rodrigo Villalobos Jara, Manuel Alexis Soto Serrano, Olga Isabel Villacura Alcaíno, Patricio Javier Alexander Moya Ferreira, Pamela Adriana Villalobos Jara, constituyeron persona jurídica de derecho público, cuyos estatutos se extractan. Nombre: Ministerio Apasionados por Jesús Jeremías 20:7. Domicilio: Bulnes N° 768, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, República de Chile. Registro Público N° 5180, de fecha 6 de diciembre del 2019. Fundamentos: Los elementos esenciales que caracterizan al Ministerio Apasionados por Jesús Jeremías 20:7, son principios de la iglesia: uno) la Biblia, inspirada por Dios, como única autoridad doctrinal, constituye una inagotable fuente de enseñanza, corrección y guía de salvación; dos) Dios. Creemos que hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, perfecto en justicia, de infinito poder, sabiduría y bondad, el cual es el hacedor y sustentador de todo cuanto existe; tres) Jesucristo: Creemos que el Dios hijo se manifestó en carne sin dejar de ser Dios y que en Él habitan dos naturalezas. La divina. Con todos sus atributos, y la humana en absoluta perfección, constituyendo una persona indivisible. Creemos en su nacimiento virginal, su vida sin pecado, sus milagros, su muerte y resurrección y su segunda venida en gloria y majestad. Órgano de Administración: La dirección superior de la iglesia estará a cargo de un directorio de cinco personas, presidente: Alex Rodrigo Villalobos Jara; vicepresidente: Manuel Alexis Soto Serrano; secretario: Olga Isabel Villacura Alcaíno; tesorero: Patricio Javier Alexander Moya Ferreira. Primer Director: Pamela Adriana Villalobos Jara. La Asamblea General es la reunión de todos los miembros en plena comunión de la iglesia y son representados por sus respectivos pastores; estará presidida por un directorio elegido por ella misma, el que llevará la dirección superior de la iglesia para todos los efectos legales. Sus acuerdos adoptados, en la forma y con los quórums establecidos por los estatutos, obligan a todos sus miembros presentes y ausentes. Las Asambleas generales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán una vez al año en el mes de abril. En las asambleas generales ordinarias podrán tratarse todos los asuntos relacionados con los intereses de la iglesia, con excepción de aquellos que correspondan exclusivamente a las asambleas generales extraordinarias. Corresponderá especialmente a las asambleas generales la rendición de cuentas del directorio, aprobación o rechazo de ellas, la elección del nuevo directorio, la fijación de cuotas ordinarias y extraordinarias y la aprobación de los presupuestos de administración y de inversión de los fondos presentados por el directorio. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir a la iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos de que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la iglesia y los someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a la asamblea general ordinaria y extraordinaria cuando las estimen necesarias o a petición escrita de un tercio de los miembros de la misión. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la misión. f) Rendir

Cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria correspondiente de las inversiones de los fondos de la iglesia y de su marcha durante el periodo en que se ejerza sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la iglesia, especialmente las religiosas. Otras estipulaciones en escrituras extractadas. La Cisterna, 21 de octubre de 2022. Carla Silva Acharán, Notario Suplente.






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