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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-11-16 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2216383)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA CONGREGADOS

(Extracto)

Carlos Felipe Urbina Reszczynski, Abogado y Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan José Latorre número dos mil trescientos noventa y ocho certifico: Con fecha 30 de junio 2022, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Congregados y con fecha 14 de octubre 2022, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de asamblea extraordinaria que modificó los estatutos de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Congregados inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia Nº 5966 del 8 de julio de 2022. Constituyentes: Pastor Alejandro Andrés Pimentel Pozo, RUT número dieciséis millones ciento cuarenta y tres mil trescientos setenta y tres guion cero; Pastora Mical Abigaíl Mendoza Concha, RUT número quince millones seiscientos ochenta y un mil cincuenta guion nueve; Osvaldo Eugenio Muñoz Madrid, RUT número nueve millones setecientos veinticinco mil ochocientos veintiocho guion siete; Ángela Cecilia Peña Silva, RUT número trece millones ciento dieciséis mil seiscientos sesenta y ocho guion cero; Giovani Alberto Rojas Castro, RUT número trece millones doscientos veinte mil quinientos noventa y seis guion cinco; Jeliza Andrea Jutronic Ulloa, RUT número trece millones ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y tres guion K; Jaime Armando Medero Canivilo, RUT número nueve millones trescientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro guion dos; Claudia Patricia Zambrano Jaspe, RUT número veintitrés millones cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos cuarenta y uno guion cero; César Antonio Mardones Esparza, RUT número catorce millones noventa y tres mil novecientos treinta y uno guion cinco; Alejandra Andrea Dubos Pineda, RUT número quince millones dieciocho mil treinta y cinco guion K; Enmanuel David Conquista Barreto, RUT número veintiséis millones cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco guion siete. Domicilio: calle Copiapó número quinientos cuarenta y nueve, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. La declaración de fe de la Iglesia Congregados está basada en los siguientes principios: a) Reconciliar al Mundo con Dios; b) Evangelizar con Palabra de Justicia y verdad; c) Enseñar Palabra de Dios en amor y rectitud. Sin perseguir fines de lucro para sus asociados, la Iglesia Congregados tiene por objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; y e) Los demás que determine la Asamblea General. Órganos de Administración: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El Directorio es un órgano colegiado integrado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia Congregados y velar porque se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales anuales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales anuales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros(as) activos; f) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la Iglesia Congregados. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias. Corresponde exclusivamente a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia Congregados; b) De la disolución de la Iglesia Congregados; c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan; d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia Congregados. Antofagasta, 9 de noviembre de 2022.






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