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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-12-05 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2227401)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

EMANUEL, UNA REALIDAD ENTRE NOSOTROS

(Extracto)

César Alexander Maturana Pérez, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cinco mil trescientos ochenta y dos, Certifico: Que, con fecha 15 de septiembre de 2018, reducida a escritura pública con fecha 25 de marzo de 2019, ante don Francisco José Hollman Ovalle, Notario Público Titular de San Miguel, bajo el repertorio Nº 255-2019; modificada según acta de modificación de estatutos con fecha 19 de mayo de 2021, reducida a escritura pública con fecha 14 de octubre de 2021, ante don César Maturana Pérez, notario público interino de San Miguel, bajo el repertorio Nº 508-2021; modificada nuevamente según acta de modificación de estatutos con fecha 19 de mayo de 2021, reducida a escritura pública con fecha 15 de noviembre de 2021, ante don César Maturana Pérez, Notario Público Interino de San Miguel, bajo el repertorio Nº 573-2021, la que a la fecha no ha sufrido nuevas modificaciones, se constituyó persona jurídica de derecho público conforme ley Nº 19.638, cuyo extracto es el siguiente: Nombre: "Emanuel, Una Realidad Entre Nosotros". Domicilio: Avenida Maipú Nº 6381, Población Lo Valledor Sur, comuna de San Miguel. Registro Público: Inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el Nº 6789 de fecha 6 diciembre 2021. Constituyentes: Presidente: Pastor Simón Josaphat. Vicepresidente: Jude Pierre Louis. Secretario: Mackenson Dutreil. Tesorero: Jean Robert Vertis. Primer Director: Merlove Perceval. Segundo Director: Jamson Alexandre. Tercer Director: Zafer Pierre. Miembros: Josianne Deshommes; Guerliyne Louigene; Micanes Fredius; Michelle Merzier; Leonard Alexandre. Principios y Doctrinas: Esta entidad tendrá como objeto la difusión del mensaje del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, de acuerdo a lo prescrito en las Sagradas Escrituras, dirigida a una formación cristiana integral de todos sus miembros. También se suma a ello, realizar trabajos sociales de reinscripción en medio de personas adictas a drogas y alcohol, más toda clase de actividades educacionales tanto en favor de sus miembros como a favor de personas ajenas a esta entidad. Todo ello señalado por las características de esta entidad, principalmente fundamentada en las enseñanzas de las Sagradas Escrituras y de la cual también preceden, emanan y sustenta nuestra fe. Órganos de administración y sus atribuciones: Presidente: El Presidente del Directorio lo será también de la Entidad; la representación judicial tendrá las demás atribuciones que señalan los Estatutos, y en especial las siguientes: a) Presidir las sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales, b) Fiscalizar la marcha de la Institución; c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Directorio y de las asambleas Generales, y las disposiciones de los Estatutos y de los Reglamentos; d) Firmar juntamente con el Tesorero los cheques, balances y en general todos los documentos relacionados con el movimiento de fondos de la Corporación; e) Firmar juntamente con el Secretario, toda la correspondencia oficial de la institución; f) Resolver cualquier asunto urgente que se presente y dar cuenta de ello en la primera sesión de Directorio para los efectos de ratificación de lo actuado, y g) Controlar la constitución y funcionamiento de las comisiones de trabajo. Vicepresidente: El Vicepresidente subrogará en su cargo funciones y atribuciones al Presidente en caso de ausencia o impedimento de este, que se acreditará ante terceros por simple certificación del Secretario. Secretario: a) Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones en que le correspondan intervenir y certificar como tal la autenticidad de las resoluciones y acuerdo del Directorio y de la Asamblea General; b) Redactar y despachar, bajo su firma y la del Presidente, toda la correspondencia relacionada con la Corporación; c) Llevar al día el archivo de toda la documentación de la institución, d) Contestar personalmente y dar curso a la correspondencia de mero trámite; e) Tomar las actas de las sesiones del Directorio desde las Asambleas Generales, redactarlas, incorporarlas a los libros respectivos, bajo su firma y certificar la ausencia o impedimento del Presidente para su subrogación. Tesorero: Son deberes y obligaciones del Tesorero como encargado y responsable de la custodia y bienes de la Entidad; a) Rendir Fianza a satisfacción del Directorio al hacerse cargo de sus funciones de conformidad con las disposiciones del Reglamento. Los gastos de constitución de la garantía serán de cargo de la Entidad; b) Llevar al día los libros de Contabilidad de conformidad a lo que dispongan los reglamentos al respecto; c) Mantener depositados en cuenta corriente en la Institución bancaria que acuerde el Directorio, los fondos de la Entidad; d) Efectuar conjuntamente con el Presidente, todos los pagos, cancelaciones relacionadas con la Entidad, debiendo al efecto firmar cheques, giro y demás documentos necesarios; e) Organizar la cobranza de cuotas y de todos los recursos de la Entidad; f) Exhibir a las comisiones correspondientes todos los libros y documentos relacionados a la Tesorería que le sean solicitados para su revisión y control; g) Presentar en forma extraordinaria, cada vez que lo acuerde el Directorio, o la Asamblea General y anualmente a la Asamblea General Ordinaria, un balance general de todo el movimiento de la Entidad durante el período; h) Llevar el inventario de los bienes de la institución. Directores: Revisar e informar los estados extraordinarios de la Tesorería y balance anual que debe presentarse al Tesorero. Demás estipulaciones escrituras extractadas. San Miguel, 18 de noviembre de 2022.






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