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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-12-06 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2228382)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO CRISTIANO SANIDAD Y LIBERACIÓN JÉSED

(Extracto)

Juan Mauricio Araneda Medina, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, Caupolicán 355, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de julio de 2022, Rep. Nº 3983-2022, otorgada en la notaría a mi cargo ante la Suplente doña Jessica Lorena Aguilera Tapia, se redujo a escritura acta de constitución y aprobación de estatutos de la persona jurídica iglesia "Ministerio Cristiano Sanidad y Liberación Jésed", acta constitutiva y estatutos aprobados con fecha 27 de junio de 2022 e inscrita en el Registro Público llevado al efecto por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el Nº 6022, de fecha 18 agosto de 2022, según lo siguiente: nombre de la entidad religiosa "Ministerio Cristiano Sanidad y Liberación Jésed", que podrán usar indistintamente denominación Ministerio Jésed; domicilio, René Schneider Nº 1341, Los Ángeles; Inscripción en el Registro, se encuentra inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el Nº 6022, de fecha 18 agosto 2022; Nombre de los constituyentes: Igor Hernán Garrido Valderrama, Gloria Carmen Valdebenito Godoy, Ettiane Felipe Garrido Valdebenito, Ivette Angélica Ravera Ravera, Margarita Carmen Astroza Flores, Víctor Daniel Acuña Valdebenito, Daniela Nicol Molina Ramírez, Benjamín Esteban Meneses Astroza, Estefanía Vanesa Freire Torres, Berta Ruth Contreras Sepúlveda, Cecilia Benita Hurtado Pérez, y Ana Ivonne Ramírez Cid; Elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, siendo fundamentalmente los siguientes: declarar y propagar libre y públicamente la fe en Dios, Jesús y el Espíritu Santo, y en su obra redentora para todos, esto conforme a las enseñanzas de la Biblia en la cual se encuentra toda la doctrina, enseñanzas y principios morales que esta entidad cree y profesa, tales como el amor y recibir a quienes necesiten consuelo espiritual, la ayuda social en las distintas formas que esta pudiese comprender, el matrimonio entre parejas heterosexuales, la manifestación viva y eficaz del Espíritu Santo en la actualidad, que creer en el sacrificio de Cristo y su resurrección es suficiente para alcanzar perdón de pecados y salvación. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá: ejercitar libremente su ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; la comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; la fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; la creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias para el depósito de diezmos y ofrendas otorgadas por los asistentes; recibir Auxilios prestados por personas naturales o jurídicas, bienes que a cualquier título hayan sido adquiridos o por cualquier concepto ingresen a la entidad, incluyendo donaciones de empresas nacionales o extranjeras, subvenciones que se puedan obtener de entidades públicas o privadas; órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: el Obispo, Directorio General, la Oficina de Recursos y el Representante Legal; el Obispo es elegido en votación secreta, escogido el que tenga mayoría de votos, su duración será de cinco años, adquiriendo la calidad de representante legal, sus funciones son la observancia de las iglesias que componen el Ministerio en general, velando por el correcto funcionamiento de cada una de ellas, tanto con los miembros como con los pastores y su directiva jerárquica que tenga, preocupándose de que cada una de las iglesias enseñe de forma correcta la palabra, su funcionamiento administrativo, su desarrollo espiritual, toma de decisiones generales y específicas dentro del Ministerio, dando directrices para ello. El Directorio General compuesto por 4 miembros, duran 3 años en el cargo. Sus funciones son dirigir las Iglesias y velar por que se cumplan sus Estatutos, administrar los bienes sociales e invertir sus recursos junto a la coordinación de la Oficina de Recursos, citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que lo requiera el asunto a tratar, redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento del Ministerio y las iglesias y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación del Congreso General Anual, rendir cuentas en Asamblea General Anual, tanto de la marcha del Ministerio y las Iglesias en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una cuenta, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de la Asamblea General, preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente del Ministerio Jésed. La Oficina de Recursos compuesta por 5 miembros, duran 3 años en el cargo. Sus funciones se refieren a velar por la correcta distribución de los fondos de la entidad como los ingresos tanto de fondos como bienes a la misma y las salidas de dinero que tenga relación el Ministerio y determinar la inversión de los fondos sociales para el cumplimiento de sus fines. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, a 28 de noviembre 2022.






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