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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-12-07 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2228834)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA CONGREGACIÓN EVANGÉLICA LUZ DIVINA MISIÓN PENTECOSTÉS DE SANA DOCTRINA

(Extracto)

Renata Marcela González Carvallo, abogada, Notario Titular de la Vigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Catedral número 1265, comuna Santiago, certifica: Que con fecha 26 de enero de 2022, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de Entidad Religiosa denominada "Iglesia Congregación Evangélica Luz Divina Misión Pentecostés de Sana Doctrina", escritura que fue modificada, rectificada y complementada con fecha 25 de octubre de 2022 ante el mismo Notario Público, domiciliada en calle Volcán Aconcagua N° 5578, comuna Renca, Región Metropolitana; inscrita bajo el numero N° 5887, de fecha 28 de abril de 2022, del Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. Constituyentes: Edison Hugo Meliman Castro, Manuel Alejandro Soto Castro, María Isolina Curiqueo Levicura, Carol Viviana Urriola Beltrán, Joao Alejandro Castro Herrera, Juan Isaías Pacheco Zúñiga, Alejandra Soledad González Aguirre, Fanny Eliana Camus Domínguez, Génesis Yaritza Gracia Pinto, Edison Jacob Meliman Curiqueo, Marisol del Carmen Chamblas Aroca, Karina Adriana Pinto Mendoza, Alejandra de Lourdes Villarroel Rojas, Margott Lissette Nahuel Azócar, Víctor Manuel Alejandro Meliman Curiqueo, Mauricio Alfredo Fernández Orrego. Los Elementos esenciales que la caracterizan y principios en que se fundamenta la Fe que profesa son: uno) La Santa Biblia es la Palabra de Dios, divinamente inspirada e infalible y, en consecuencia, nuestra única regla de fe y conducta; dos) Dios es Uno, pero se revela en tres, personas distintas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; tres) Cristo, el Hijo de Dios, se encarnó y se ofreció en un único y perfecto sacrificio por el pecado de la humanidad; cuatro) La salvación es por gracia de Dios; cinco) La Iglesia es la comunidad de discípulos de Cristo que se forja por medio de sus enseñanzas; En sus fines está: La práctica, promoción, fomento de la palabra de Jesucristo, y la sana doctrina establecida en las Sagradas Escrituras, la Biblia, proyectándola a la comunidad, servir al prójimo, objetivos descritos ampliamente en el artículo tercero de los estatutos aprobados. Los órganos de administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen, son los siguientes: 1) La Asamblea General, que puede ser Ordinaria o Extraordinaria y una asamblea general anual. Las asambleas generales ordinarias se celebrarán cada seis meses, en dichas asambleas podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la Iglesia, con excepción de los que correspondan exclusivamente a la asamblea general anual y a las asambleas extraordinarias. En la asamblea general anual, que se celebrará en el mes de abril de cada año, se presentará el balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior. Además, en la misma reunión, se aprobarán los presupuestos de administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá, cuando proceda, a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. Las asambleas generales extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas o cada vez que lo soliciten, por escrito, al Presidente del Directorio (un tercio) a lo menos, de los miembros indicando el o los objetivos de la reunión. En las asambleas extraordinarias podrán tratarse únicamente las materias indicadas en el artículo décimo octavo de los estatutos aprobados. Al Directorio corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales de miembros. El Directorio estará constituido por los miembros que determine la asamblea general, actualmente son cinco miembros, un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un director, quienes durarán dos años en sus funciones y podrán ser designados por un nuevo período. La escritura pública de constitución y aprobación de los estatutos se protocolizó con fecha 26 de enero de 2022 y sus modificaciones, rectificaciones y complementaciones se redujeron a escritura pública con fecha 25 de octubre de 2022, ambas escrituras se protocolizaron ante el Notario Público Titular, doña Renata Marcela González Carvallo, de la Vigésima Tercera Notaría de Santiago.- Santiago, 29 noviembre de 2022.






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