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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-01-20 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2256057)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA BÍBLICA DEL SEÑOR JESUCRISTO VIDA NUEVA SANA DOCTRINA

(Extracto)

Felipe Andrés Jopia Navarro, Notario Público Interino de Iquique, certifica: entidad religiosa denominada religiosa "Iglesia Bíblica del Señor Jesucristo Vida Nueva Sana Doctrina", domicilio Pasaje San Lorenzo N° 173, de Sector El Boro, Comuna de Alto Hospicio, Iquique, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 6034 de fecha 26 de agosto de 2022. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303 año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: "Iglesia Bíblica del Señor Jesucristo Nueva Vida Sana Doctrina"; Domicilio: Pasaje San Lorenzo N° 173 de Sector El Boro Comuna de Alto Hospicio, Iquique, primera región de Tarapacá; b) Registro Público de Inscripción N° 6034 de fecha 26 de agosto de 2022; c) Nombre de los constituyentes: Alex Ángel López Muyurico, Antonio Choque Puquimia, Betty Jhannette Sánchez Chambi, Brayan Jhobani García Chambi, Cergio Mamani Canaviri, Cilberia Choque Aguilar, Diego Alconz Calle, Dilma Andrade Guzmán, Dylan Luis Sánchez Tapia, Edelmira Choque Puquimia, Eliza Edumia Mamani Viza, Elizabeth Juaniquina Huallata, Eudocia Choque Aguirre, Felipa Benicia Cruz Cruz, Francy Ramos Condori, Franz Jacinto Alconz Mollo, Giovana Gricelda Fernández, Helifonsa Eugenia Mamani García, Inocencia Choque Aguirre, Iver Hurtado Castellón, Javier Antonio Torres Salazar, Judith Emperatriz León Flores, Loida Chambi Mamani, María Ester Ascencio Medina, María Juana Villca Mamani, Maridza Sonia Gutiérrez Mamani, Marlys Karenn Alconz Mamani, Miguel Antonio Ramírez Mamani, Mitzy Jakelin Torres León, Mónica Salomé Alcocer Páez, Néstor Fabián Quezada Gutiérrez, Olea Bethy Sabedra Mamani Flores, Rodolfo Flores Colque, Segundo Eduardo Vásquez Arévalo, Valentina Contreras Condori. Todos ellos mayores de edad y cédula de identidad al día; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de cuarenta y cinco artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en las Sagradas y Santas Escrituras. Cree en un Dios Único que se presenta como Padre, Hijo y Espíritu Santo; Cree en que el hombre fue creado a imagen y semejanza de Dios. Cree en el nuevo nacimiento al aceptar a Cristo de todo corazón; Cree en el Bautismo por Inmersión. Cree en el bautismo del Espíritu Santo. Cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida del Señor Jesucristo; Cree en la justificación por la fe de Jesucristo y no por las obras de la ley. Reconoce al Señor Jesucristo como único Salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo; quien murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y verdad. Cree en la autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra de Dios que está constituida en los Libros Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis. Cree que el matrimonio es un sacramento en obediencia a Dios, donde el hombre y la mujer pasan a ser una sola carne ante los ojos de Dios y la Sociedad. Cree en la Cena del Señor anunciando la Muerte y Resurrección de Jesús y recordando el glorioso Advenimiento. Cree en el Ayuno, la Vigilia y la Oración como armas para combatir las asechanzas del enemigo en el día a día del Cristiano. e) Los Órganos de la Administración, atribuciones y número de miembros: Art. 10 Título Tercero; Administrará principalmente el Directorio Nacional de Pastores y Ancianos D.N.P.A. quien para el cumplimiento de sus fines, en representación de la Iglesia podrá: Conforme a sus atribuciones, adquirir toda clase de Bienes, ya sean muebles o inmuebles, realizar inversiones, conferencias, seminarios, charlas; promover la creación, instauración de institutos bíblicos; sostener, abrir y mantener todo tipo de establecimientos de educación, colegios, institutos profesionales, universidades de conformidad con la ley; crear, de conformidad con los artículos octavo y noveno de la ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, entidades derivadas bajo las normas que establece el título Tercero en adelante de estos estatutos, producir y comercializar materiales impresos, audiovisuales y de cualquier otro tipo; abrir, mantener y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito, solicitar créditos con o sin garantía hipotecarias; recibir donaciones de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; adquirir a cualquier título bienes raíces y muebles, gravarlos y enajenarlos; realizar toda actividad que permita el logro de sus fines; y el número de miembros que los componen son los siguientes: cinco elegidos por la asamblea general para el D.N.P.A. dirigido por su Pastor Presidente único representante legal de la Iglesia Art. 11 Título Tercero, más cuatro Pastores y/o Ancianos, quienes durarán cinco años en sus funciones, más dos Directores Asignados, uno Asesor y otro Supervisor General, los que durarán cuatro años en sus funciones, cuyas atribuciones se detallan en el Art. 13 en delante de estos estatutos. Son funciones del Asesor y Supervisor General nombrar Asesores y Supervisores en las diferentes filiales de la Iglesia. El Directorio Nacional de Pastores y Ancianos son los llamados a: 1) Pronunciarse sobre bases administrativas de la iglesia; 2) Aprobar o rechazar balances; 3) Adoptar acuerdos relacionados con la marcha espiritual y administrativa de la iglesia; 4) Acordar reglamentos internos y los otros que este estatuto contempla. f) Fecha escritura pública 16 agosto 2022, Repertorio N° 1.409-2022 acta constitutiva y estatutos día 30 julio 2022, Notario Público Interino de Iquique, Felipe Andrés Jopia Navarro, 2ª Notaría, Serrano N° 191, Iquique.






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