GobiernoTransparente


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-02-23 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2275720)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO DE LA NUEVA IGLESIA DE JESUCRISTO DE CHILE

(Extracto)

Mary Carmen Encina Lorca, Abogado, Notario Público Suplente de doña Susana Belmonte Aguirre, Abogado, Notario Público Titular Undécima Notaría Santiago, oficio Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 20/12/2018, Rep. N° 42312-18, otorgada ante Viviana González Trabol, Notario Público Suplente de esta Notaría, complementada por escritura pública de fecha 28/09/2020, Rep. N° 20658-20, ante Notario Público Titular de esta Notaría, se constituyó entidad religiosa "Ministerio de la Nueva Iglesia de Jesucristo de Chile", Registro Público N° 4783 del 04/01/2019. Domicilio: Pasaje Volcán Llaima número ciento setenta y tres, Villa San Enrique, en la comuna de Quilicura, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de otros domicilios que pueda tener en el País y Extranjero. Constituyentes: Emmanuel Alcenard, Jean Ernst Marcelin, Isemene Alcernard Ladouceur, Andrenour Genelus, Jean Maxene Brutus. Principios de fe: I. Creemos que hay un solo Dios Eterno y Trino; Dios Padre, Dios y Dios Espíritu Santo, estas tres personas en un mismo poder y propósito. II. Creemos que la Santa Biblia es inspirada, y es la única autoridad en materia de conducta, es el libro sagrado y la palabra de Dios aceptándola como: regla infalible de fe para el hombre, ya que esta contiene los principios que conforman el pensamiento cristiano. III. Postulamos que creemos en la deidad de Nuestro Señor Jesucristo, en su nacimiento virginal, su vida inmaculada, en sus milagros, en su muerte expiatoria, en su resurrección, en su ascensión al cielo y en su retorno futuro a Juzgar al mundo. IV. Creemos en la Iglesia como el medio de anunciación de los planes redentores y salvíficos de Nuestro Señor Jesucristo. V. Sustentamos el Ministerio del Espíritu Santo, autorizado y capacitado para que el cristiano viva una vida santa. VI. Creemos en la impartición de los dones que da Espíritu Santo. Elementos esenciales: a) Practicar, difundir y promover el contenido del Evangelio del Señor Jesucristo. B) Promover y desarrollar programas de orientación y asistencia socioeconómica proporcionando ayuda a personas necesitadas tales como huérfanos y viudas, rehabilitando a personas marginadas como drogadictos, alcohólicos, convictos y exconvictos. C) Promover la educación tanto cristiana como secular creando y manteniendo para ello Institutos Bíblicos, Seminarios, e institutos Teológicos y de Formación Cristiana. D) Efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos, de conformidad con las normas legales sobre uso de tales bienes nacionales u ordenanzas vigentes, en establecimientos de salud, de reclusión, de protección de menores o indigentes, llevando el mensaje de nuestro Señor y Salvador Jesucristo y la ayuda al prójimo. E) Promover y practicar la fraternidad y la comunión entre los miembros del Ministerio y de las demás Iglesias evangélicas. F) Adquirir y administrar los bienes inmuebles que fueren indispensables para el desempeño de sus actividades. Administración: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Director. Directorio: Estará a cargo de un Directorio compuesto por 5 personas. Deberes y Atribuciones: a) Dirigir a la Iglesia y administrar sus bienes. b) Cumplir con los acuerdos e instrucciones de las asambleas generales. c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y lo someta a la aprobación de la asamblea general. d) Citar a las asambleas generales o extraordinarias cuando las estime necesarias o a petición escrita por un tercio de los miembros de la Iglesia. e) Someter a la consideración y aprobación de la asamblea todos los asuntos, materias y negocios que estime necesarios para el adecuado funcionamiento y cumplimiento de los fines de la Iglesia. f) Rendir cuentas por escrito ante la asamblea general ordinaria correspondiente a las inversiones de los fondos de la Iglesia y de su marcha en el periodo en que se ejercen sus funciones. g) Asistir y participar activamente en todas las actividades de la Iglesia, especialmente en las religiosas. h) Adquirir y enajenar los bienes inmuebles de la Iglesia y administración de su patrimonio. i) Comprar y vender, para esto estarán facultados el Presidente y el Tesorero de la Iglesia. j) Es el Directorio el que tendrá las facultades que le otorgue la ley para la adquisición y enajenación de los bienes corporales e incorporales, sean raíces o muebles de nuestra Iglesia, delegando en el Presidente y Tesorero las facultades económicas y administrativas de la Iglesia, para dichos efectos, y además conferir y revocar poderes especiales y en general realizar todo acto y convención que sea necesaria para el buen funcionamiento de la iglesia, sin limitación. En lo judicial: Sin perjuicio de la representación del Presidente, el directorio dispondrá de todas las facultades ordinarias y especiales que le otorgue la ley. Comisión revisadora de cuentas, compuesta por tres miembros, los cuales se constituirán con un presidente, un secretario y un Director. Serán atribuciones de la comisión revisadoras de cuentas las siguientes: a) Revisar a lo mínimo semestralmente los libros de contabilidad, de ingresos y egresos que deberá exhibirle el tesorero de la Iglesia. b) Informar al directorio y a las asambleas generales del resultado de su labor, en especial de las irregularidades que pudieren existir o notaren en el manejo de los fondos de la Iglesia, poniendo las medidas correctivas necesarias. c) Requerir al directorio o a la asamblea para que determine el ejercicio de auditoría interna, si la estimaren indispensable. Directorio: Presidente: Emmanuel Alcenard; Vicepresidente: Jean Ernst Marcelin; Secretaria: Isemene Alcernard Ladouceur; Tesorero: Andrenour Genelus; Director: Jean Maxene Brutus. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20/11/2020.






VolverTamaño de Fuente