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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-02-14 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2270717)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA ASAMBLEA DE DIOS AUTÓNOMA DE SAN ANTONIO

(Extracto)

Jenson Aaron Kriman Núñez, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Antonio, con oficio en Avenida Lauro Barros N° 96, de la comuna de San Antonio, certifica: que el 21 de julio de 2022, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio N°2725-2022, el acta de constitución y aprobación de los estatutos de la persona jurídica de derecho público denominada "Iglesia Asamblea de Dios Autónoma de San Antonio" domiciliada en calle Lautaro Nº 2192, comuna de San Antonio, Región de Valparaíso. Con facultad de reunirse en cualquier lugar del país, su duración será indefinida y el número de miembros será ilimitado. Registro público Nº 6045 de fecha 2 de septiembre de 2022. Constituyentes: Herman Carlos Pinol Rojas, Leopoldo Antonio Alvarado Vásquez, David Andrés Pinol Jaque, Lina Agusta Jaque Leighton, Daniela Andrea Muñoz Santibáñez, Alejandra Beatriz Pinol Jaque, Fabiola de la Cruz Zamora Palacio, Richard Paul Arteaga Toala, Leonardo Esteban Reyes Acevedo, Rosa Eliana Valdés Vásquez, Carmen Celia Collao Cabrera, Rosa Concepción Fernández Fernández, Rosa Marina Bustos Silva, Marco Antonio Cornejo Pereira, Damaris Priscilla Aravena Vásquez, Marta Bethel Vásquez Osorio, Leonardo Esteban Reyes Meléndez, María Angélica Valdés Contreras, Verónica de las Mercedes Velásquez Leiva, José Eugenio Acevedo Berríos, Moisés Alejandro Reyes Acevedo, Elizabeth Clotilde Vásquez Osorio, Angélica del Pilar Díaz Merino, Nancy Magaly Aguilera Romero, Valeria Paz Rojas Godoy. Principio de fe y elementos esenciales: I. Creemos en un Dios infinito y perfecto existente en tres personas, denominadas Padre, Hijo y Espíritu Santo; II. Que Jesucristo es verdadero Dios y Hombre, fue concebido por el Espíritu Santo y nació de la virgen María; III. Que Jesucristo murió en la cruz y resucitó entre los muertos según las sagradas escrituras; IV. Que Jesucristo vendrá otra vez para establecer su reino; V. Que el Espíritu Santo fue enviado para morar en el creyente; VI. Que las sagradas escrituras (biblia) son infalibles; VII. Que el hombre fue creado a imagen y semejanza de Dios y cayó por su desobediencia, naciendo pecador y sólo puede ser salvo por la obra de Jesucristo; VIII. Que la Salvación es provista para los que crean en Jesucristo; IX. Que el matrimonio es un pacto vitalicio entre un hombre y una mujer con Dios; X. Que la sanidad divina es consecuencia de la expiación; XI. Que la Iglesia se compone por los creyentes en Jesucristo; XII. Que el arrebatamiento ocurrirá en cualquier momento; XIII. Que la segunda venida del Señor Jesucristo será personal y visible. Objetivos. Promover, difundir y enseñar el Evangelio de Jesucristo, especialmente: I. Realizar cultos de oración y adoración a Dios; II. Mantener unidad y comunión de los miembros de la Iglesia; III. Fundar centros de estudios bíblicos, educacionales, de capacitación, de beneficencia o humanitarias; IV. Crear asociaciones para la realización de sus fines; V. Efectuar obras culturales y de investigación espiritual; VI. Capacitar y sostener misioneros que prediquen el Evangelio; VII. Todo otro objeto que defina la Asamblea General. Órganos de Administración y sus Atribuciones: La Dirección estará compuesta por un directorio de 6 miembros integrado por: I. Pastor presidente que será su representante legal, quien deberá presidir sesiones del directorio y asambleas, velar por cumplimiento estatuto y reglamente citar a reuniones extraordinarias, ejecutar los acuerdos del directorio, resolver situaciones urgentes, abrir cuentas bancarias conjuntamente con el tesorero, solicitar inscripciones en Conservador de Bienes Raíces u organismos que lo requieran, representar judicial y extrajudicialmente a la iglesia; II. Pastor vicepresidente, quien deberá reemplazar al presidente en sus funciones; III. Secretario, quien deberá llevar libros de actas, recibir y redactar correspondencia, llevar registro de miembros, otorgar testimonios de hechos pasados ante él; IV. Pro-secretario, quien deberá reemplazar al secretario; V. Tesorero, quien deberá percibir, custodiar e invertir fondos de la corporación junto con el presidente, girar fondos en cuenta corriente, llevar contabilidad, mantener inventario, presentar balances a comisión revisora de cuentas; VI. Pro-tesorero, quien deberá reemplazar al tesorero. Asimismo, la Asamblea General de miembros es un órgano administrativo que representa la voluntad de la Iglesia de los asuntos sometidos a su conocimiento y se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia, tendrá como atribuciones: I. Elegir el Directorio; II. Aprobar memoria anual; III. Aprobar balance financiero; IV. Dictar reglamentos; V. Conocer y aprobar la determinación del directorio sobre la expulsión de miembros; VI. Elegir comisión revisora de cuentas; VII. Pronunciarse sobre reformas de estatutos; VIII. Pronunciarse sobre materias extraordinarias que asamblea presente. Existirán pastores presbíteros propuestos a la Asamblea por el pastor presidente para su elección y estarán encargados de gobernar, enseñar, predicar y administrar la iglesia. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. San Antonio, 4 de febrero de 2023.






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